Norma Legal Oficial del día 13 de Enero del año 2002 (13/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

Li a,dom i 13 de ener de 2002 m ngo o

N O R M A S LEGA LES

P ag. 215585

- entrenamiento de personal nacional; - provision de equipos especiales y suministros; - capacitacion para las campanas de toma de conciencia por parte de la poblacion civil del peligro de esos artefactos; - asistencia a las victimas; - rehabilitacion de la capacidad productiva de las tierras desminadas; y - gestiones para obtener cooperacion internacional. La Junta Interamericana de Defensa (JID) prestara apoyo tecnico a la SG/OEA durante la ejecucion de las actividades contempladas. Inicialmente, esta asistencia se llevara a cabo conforme a la disponibilidad de fondos y de acuerdo con el presupuesto contenido en el Anexo I, convenido por las partes involucradas y disenado para la ejecucion del Programa en la frontera norte del MORDAZA, mediante cuatro modulos de operacion, de seis meses de duracion cada uno. II. ENMIENDAS La SG/OEA y el GOBIERNO podran acordar, sujeto a la disponibilidad de fondos, la ejecucion de nuevos modulos de operaciones, que deban desarrollarse dentro del MORDAZA general de este Acuerdo, mediante el intercambio de notas escritas, fechadas y firmadas por sus representantes, las que entraran en vigencia de conformidad con el Derecho interno peruano. Dichas notas se agregaran como Anexos numerados del presente Acuerdo y pasaran a formar parte del mismo. III. RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES Las responsabilidades que asumen las Partes en virtud de este Acuerdo son las que se indican en el Anexo II, documento titulado "Programa de Asistencia de la Organizacion de los Estados Americanos a la Accion Integral Contra las Minas Antipersonal en el Peru: Responsabilidades de los Participantes". IV. RESPONSABILIDADES DE OTROS PARTICIPANTES Las responsabilidades que para la ejecucion de este Acuerdo puedan asumir la JID, los Paises Contribuyentes de Personal y/o los Paises Donantes seran establecidas en los acuerdos que celebren con la SG/OEA para tal efecto, tomando como referencia las particularidades de cada caso, tal como se indica en el Anexo II. V. DEFINICIONES Las definiciones contenidas en el Anexo II se utilizaran para la interpretacion de los terminos empleados y relacionados con la ejecucion del presente Acuerdo. Dicho documento forma parte integrante de este Acuerdo. VI. REPRESENTANTES DEL GOBIERNO Y DE LA SG/OEA La coordinacion de las actividades nacionales relacionadas con la ejecucion de este Acuerdo sera responsabilidad del Grupo de Trabajo Cancilleria-Defensa sobre Minas Antipersonal, en tanto se cree el Centro Peruano de Accion contra las Minas Antipersonal, que actuara para ello, como representante del GOBIERNO. La SG/OEA estara representada por el Coordinador general y por el Coordinador local del Programa de Asistencia a la Accion Integral Contra las Minas Antipersonal en el Peru, de conformidad con el Anexo II. VII. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES Los privilegios e inmunidades de la Mision y sus miembros son los establecidos por las Partes en el Anexo III, documento titulado: "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Secretaria General de la Organizacion de los Estados Americanos relativo a los Privilegios e Inmunidades de la Mision Encargada del Programa de Asistencia a la Accion Integral Contra las Minas Antipersonal en el Peru". Ninguna disposicion en ese Acuerdo se entendera como una renuncia o limitacion a los privilegios e inmunidades de los que gozan la OEA, su Secretaria General, su personal y sus bienes, conforme a la Carta de la OEA, a los acuerdos suscritos por el GOBIERNO que MORDAZA pertinentes y a los principios y practicas del derecho internacional. VIII. SOLUCION DE CONTROVERSIAS Las Partes procuraran resolver de comun acuerdo los conflictos que entre ellas pudieran presentarse con relacion a la interpretacion y ejecucion de este Acuerdo. Si no fuera

posible, someteran la cuestion a decision arbitral, de acuerdo a las normas y al procedimiento que al efecto convengan. IX. MODIFICACIONES Las Partes de comun acuerdo, expresado por escrito, podran introducir modificaciones al presente instrumento. Las modificaciones que asi se introduzcan deberan agregarse como Anexos numerados al presente Acuerdo y pasaran a formar parte del mismo. X. ENTRADA EN MORDAZA Y TERMINACION Este Acuerdo entrara en MORDAZA de conformidad con las disposiciones del Derecho interno peruano y se MORDAZA por terminado una vez que la Mision Encargada del Programa de Asistencia a la Accion Integral Contra las Minas Antipersonal en el Peru concluya sus labores. No obstante, cualquiera de las Partes podran solicitar la terminacion del Acuerdo, mediante una nota presentada a la otra Parte, con una antelacion no menor a treinta dias a la fecha en que pretenda que se haga efectiva dicha terminacion. En ratificacion de todo lo expuesto, los representantes del Gobierno de la Republica del Peru y de la Secretaria General de la Organizacion de los Estados Americanos MORDAZA dos ejemplares iguales en la MORDAZA de MORDAZA, D.C., a los 17 dias del mes de MORDAZA de 2001. POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU: Emb. MORDAZA MORDAZA Representante Permanente de Peru ante la Organizacion de los Estados Americanos POR LA SECRETARIA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS: Dr. MORDAZA Gaviria Secretario General Organizacion de los Estados Americanos ANEXO I ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS ACCION INTEGRAL CONTRA LAS MINAS ANTIPERSONAL "PERU" "CORDILLERA DEL CONDOR" UNA UNIDAD DE 140 ZAPADORES
US$
1. EQUIPO: a. Equipos de Ingenieria/ Proteccion/ Instruccion b. Explosivos/ Capsulas detonantes/ Cordon detonante Subtotal 2.GASTOS DE PERSONAL: a. MRE b. c. d. e. (Raciones de Campana) Alimentos Frescos Zapadores Estipendio Zapadores Nacionales Seguro (Vida y Accidentes Zapadores) Instructores y Asistencia Tecnica i. Estipendios (2 x $250.00 x 24 meses) ii. Viajes y Misiones Especiales (Instructores Internacionales) iii. Seguros Instructores Transporte Nacional de Zapadores Subtotal $ 1,000,000.00 $ 500,000.00 --------------------$ 1,500,000.00 $ $ $ $ $ $ 150,000.00 204,400.00 336,000.00 182,000.00 12,000.00 20,000.00

f.

$ 10,220.00 $ 20,000.00 --------------------$ 934,620.00

3. EMERGENCIA, MORDAZA DE PREVENCION / REHABILITACION: a. Rehabilitacion de Victimas $ 100,000.00 b. MORDAZA de Informacion Publica y Preventiva $ 100,000.00 --------------------Subtotal $ 200,000.00 4. COMPONENTE LOGISTICO: a. Combustible y Lubricantes (Administrativo) b. Mantenimiento de Vehiculos c. Seguro de Vehiculos d. Sistema Movil de Comunicaciones (Adquisicion /re-instalacion y mantenimiento) e. Equipos de MORDAZA (Carpas / generadores electricos / equipos cartograficos / otros) f. Equipos de Computo y Sistema de Informacion Geografica (GIS-CAD) g. Combustible Aereo y Mantenimiento (Combustible/ Mantenimiento) h. Primeros Auxilios y Medicamentos i. Evacuaciones Aereas j. Construccion de Depositos y Almacenes k. Elaboracion de Cartas Especiales de la MORDAZA de trabajo $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ 100,000.00 50,000.00 18,000.00 300,000.00 300,000.00 100,000.00 400,000.00 80,000.00 100,000.00 50,000.00 100,000.00

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