Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2002 (26/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Legal, mediante los Informes Nºs. 251-2002-MTC/ 15.15.03 y 108-2002-MTC/15.15.al, respectivamente, la citada Empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1002001-MTC/15.15, Modificada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa SHANBRA EIRLTDA., la Licencia Nº 012-2002-MTC/15.15-SAN, para que preste Servicio de Avituallamiento a Naves en MORDAZA y Terminal Portuario del CALLAO; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- La Licencia que se otorga por el articulo precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte. Articulo 3º.- La Licencia de Servicio de Avituallamiento a Naves que se otorga por el Articulo 1º de la presente Resolucion Directoral implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos SA., y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 5º.- La Presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FARROMEQUE MORDAZA Director General (e) Direccion General Transporte Acuatico 12332

mediante los Informes Nºs. 251-2002-MTC/15.15.03 y 108-2002-MTC/15.15.al, respectivamente, la citada empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/ 15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1002001-MTC/15.15, modificada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa SHANBRA EIRLTDA., la Licencia Nº 004-2002-MTC/15.15-SRR, para que preste Servicio de Recojo de Residuos Oleosos en el Terminal Portuario del CALLAO; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Recojo de Residuos a que se refiere el articulo precedente sera prestado a traves de tres Camiones Cisternas de la Empresa. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el Articulo 1º precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte. Articulo 4º.- La Licencia de Servicio de Recojo de Residuos Oleosos que se otorga por el Articulo 1º de la presente Resolucion implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A., y a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- La Presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FARROMEQUE MORDAZA Director General (e) Direccion General Transporte Acuatico 12333

Otorgan licencia a empresa para prestar servicio de recojo de residuos oleosos en el Terminal Portuario del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 108-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 4 de junio de 2002 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-004577) presentada por la empresa SHANBRA EIRLTDA., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Recojo de Residuos Oleosos en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15 (28.FEB.2001), se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal,

Otorgan permiso de operacion a SERVIVENSA para prestar servicio de transporte aereo regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 129-2002-MTC/15.16 MORDAZA, 14 de junio del 2002 Vista la solicitud de SERVICIOS AEREOS AVENSA S.A. - SERVIVENSA, sobre Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro Nº 2001-005788 del 8 de junio del 2001, SERVICIOS AEREOS AVENSA S.A.SERVIVENSA requiere el otorgamiento de un Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 2142001-MTC/15.16.02 emitido por la Oficina de Asesoria Legal; Memorandum Nº 672-2002-MTC/15.16.06 y Memorandum Nº 562-2002-MTC/15.16.05.2 emitidos por la Subdireccion de Operaciones Aereas y Subdireccion de Aeronavegabilidad, respectivamente; y, Memorandum Nº 247-2002-MTC/15.16.03 emitido por la Oficina de Ase-

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