Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2002 (26/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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2. PROCEDIMIENTO

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

2.1. Esta legitimada para presentar la solicitud de Permuta cualquier persona natural o persona juridica de derecho privado, observando para ello el Formato de Solicitud que como Anexo 1 se aprueba con la presente Directiva. La solicitud debera presentarse : · Ante la SBN, cuando le corresponda a esta la administracion del predio. Si se trata de predios que no se encuentren bajo su administracion directa, la SBN comunicara este hecho a la entidad propietaria del predio para que esta emita la opinion correspondiente. · Ante la entidad propietaria a cuyo favor se encuentre inscrito el predio, quien la remitira a la SBN, previa opinion favorable de su Titular. 2.2. Presentada la solicitud, corresponde a la SBN la evaluacion y calificacion pertinente. La evaluacion y calificacion sera comunicada por la Alta Direccion, en un plazo no mayor de 10 dias calendario, con total independencia de que la misma resulte positiva o negativa. El procedimiento a que se refiere la presente Directiva se inicia cuando la solicitud ha sido calificada positivamente. En tal caso, la SBN a traves de la Jefatura de Adjudicaciones podra solicitar a los recurrentes, los documentos que estime necesarios. 2.3. Con la opinion de la Alta Direccion respecto de la procedencia del tramite, la Jefatura de Adjudicaciones organizara el expediente administrativo, el cual contendra, sin perjuicio de la documentacion adicional que se considere pertinente, los siguientes documentos: a) Solicitud de permuta. b) Opinion favorable de la entidad a cuyo favor se encuentre inscrito el predio a permutar.

c) Certificado Registral Inmobiliario (CRI) o, en su defecto, una MORDAZA literal de dominio y el certificado de gravamenes expedido por el Registro Publico correspondiente, con una antiguedad no mayor de 30 dias de la fecha de expedicion. d) Tasacion del valor comercial de los predios, efectuado por el CONATA. e) Plano perimetrico de los predios en coordenadas UTM a escala 1/100, 1/200 o 1/500, con la indicacion del area de terreno, los linderos, los angulos y las medidas perimetricas y las caracteristicas de la edificacion, de ser el caso. f) Plano de ubicacion de los predios a escala 1/1000 o 1/5000. g) Memoria descriptiva de los predios indicando la ubicacion, el area, el perimetro, los linderos, las medidas perimetricas, la zonificacion y las observaciones que se consideren pertinentes, segun el formato que se aprueba con la presente Directiva (Anexo 2). h) El Informe Tecnico-Legal, segun el formato que se aprueba con la presente Directiva (Anexo 3) sustentado por los respectivos profesionales. 2.4. La Jefatura de Adjudicaciones emitira la Resolucion aprobando la Permuta y teniendo en cuenta al momento de su emision el Certificado vigente de Gravamenes de ambos predios. 2.5. Si la permuta es de un predio no administrado por la SBN, los titulares registrales suscribiran la minuta y la escritura publica correspondiente, debiendo remitir un testimonio de dicha escritura con la correspondiente anotacion registral a la SBN. 2.6. Recibido el testimonio a que se refiere el numeral anterior con la anotacion registral, se procedera a la respectiva incorporacion y baja administrativa de los predios permutados en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP.

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos en la Separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas que ingresaran al Diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a tres (3) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de diskette. 4.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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