Norma Legal Oficial del día 02 de Marzo del año 2002 (02/03/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 96

Pag. 218654

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de marzo de 2002

Indice de reajuste diario a que se refiere el Art. 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros correspondiente al mes de marzo de 2002
CIRCULAR Nº 008-2002-EF/90
MORDAZA, 1 de marzo de 2002 El indice de reajuste diario, a que se refiere el Articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes de marzo es el siguiente: DIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 INDICE 5,67643 5,67635 5,67628 5,67621 5,67613 5,67606 5,67598 5,67591 5,67584 5,67576 5,67569 5,67562 5,67554 5,67547 5,67540 5,67532 5,67525 5,67517 5,67510 5,67503 5,67495 5,67488 5,67481 5,67473 5,67466 5,67459 5,67451 5,67444 5,67436 5,67429 5,67422

mologa la Contraloria General de la Republica de Colombia, de fechas 5 y 15 de febrero de 2002, respectivamente, y la Hoja de Recomendacion Nº 01-2002-CG/CT de la Gerencia de Cooperacion Tecnica, de fecha 25 de febrero de 2002; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica de Colombia dentro del MORDAZA de Fortalecimiento Institucional y Modernizacion Tecnologica, se encuentra desarrollando una serie de procedimientos y sistemas de informacion que constituyen herramientas para facilitar procesos de investigacion, planificacion, ejecucion, asi como construccion de indicadores que faciliten el cumplimiento del rol de control en dicho pais; Que, conforme se da cuenta en los documentos de vistos, acorde con los principios de solidaridad, cooperacion, reciprocidad y asistencia mutua que unen a las Entidades Fiscalizadoras Superiores de la Region, la Contraloria General de la Republica de Colombia recibira a profesionales de este Organismo Superior de Control para que participen en una Pasantia; Que, en tal sentido, con la finalidad de intercambiar experiencias y entrenamiento tecnico en procedimientos, sistemas de informacion y estandarizacion de metodologias de Auditoria Gubernamental, que coadyuvaran a la modernizacion de los procesos de control de nuestra Institucion, se ha considerado necesaria la participacion del Ing. MORDAZA MORDAZA Lamas, Gerente de Tecnologias y Sistemas de Informacion y de la Abog. MORDAZA MORDAZA Antonioli Delucchi, Profesional de la Gerencia de Sector Economico de la Contraloria General de la Republica del Peru en dicha Pasantia, a realizarse del 4 al 8 de marzo de 2002, en la MORDAZA de Bogota, Colombia; Que, el financiamiento de los gastos que irrogue el viaje de las citadas personas se efectuara con cargo a los recursos de la Contraloria General de la Republica del Peru; De conformidad con las facultades conferidas por los Articulos 24º y 40º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje en comision de servicios del ING. MORDAZA MORDAZA LAMAS, Gerente de Tecnologias y Sistemas de Informacion y de la ABOG. MORDAZA MORDAZA ANTONIOLI DELUCCHI, Profesional de la Gerencia del Sector Economico de la Contraloria General de la Republica del Peru, a la MORDAZA de Bogota, Colombia, del 4 al 8 de marzo de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje de las personas a que se refiere el articulo precedente seran con cargo al Presupuesto del Pliego 019: Contraloria General, conforme al siguiente detalle: ING. MORDAZA MORDAZA LAMAS

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el Articulo 1235º del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion judicial (Articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MORDAZA MORDAZA Gerente General 4248

Pasajes aereos Tarifa CORPAC Viaticos

US$ US$ US$

442,00 25,00 1 200,00

ABOG. MORDAZA MORDAZA ANTONIOLI DELUCCHI Pasajes aereos Tarifa CORPAC Viaticos US$ US$ US$ 442,00 25,00 1 200,00

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan viaje de funcionario y profesional de la Contraloria General para participar en pasantia organizada por la Contraloria General de la Republica de Colombia
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 034-2002-CG
MORDAZA, 27 de febrero de 2002 VISTOS; el Oficio Nº 0204-2002-CG/DC de la Contraloria General de la Republica del Peru y la comunicacion de su ho-

Articulo Tercero.- Las citadas personas presentaran al Contralor General un informe sobre los resultados de la pasantia que permitan contribuir en la gestion de la Institucion, asi como un ejemplar de los materiales tecnicos obtenidos, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje. Asimismo, asumen el compromiso de difundir los conocimientos adquiridos en los cursos que programe la Escuela Nacional de Control. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion a favor de las personas cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 4222

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.