Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2002 (29/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 29 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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exoneraciones o contrataciones que se autoricen conforme a ley, se realizaran mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº 013-2001-PCM y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001- CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion, del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica y autorizase a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, el servicio de publicacion de los espacios publicitarios MORDAZA cintillo, en los diarios "Correo", "El Trome", "Liberacion" y "La Republica" y de un spot radial en "Radio Programas del Peru", por un valor referencial de S/ 100 000.00 (Cien Mil y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- Realicese a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion, la contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, bajo responsabilidad del Titular aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- El egreso que irrogue la contratacion de la exoneracion a que se refieren los articulos precedentes, sera con cargo a la cadena funcional: Fuente de Financiamiento 00; Funcion 03, Administracion y Planeamiento; Programa 006, Planeamiento Gubernamental; Subprograma 0005, Supervision y Coordinacion Superior; Actividad 100110, Conduccion y Orientacion Superior; Componente 31292, Supervision y Asesoramiento (Correlativo de Cadena 0064); de la Unidad Ejecutora 024; del Pliego 010 - Ministerio de Educacion. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario, siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 9568

Autorizan contratar suministro de combustible para la flota vehicular de la Sede Central del Ministerio mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 311-2002-ED MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, dispone que estan exoneradas de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia, declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el Informe Tecnico elaborado por la Jefa de la Unidad de Abastecimientos del Ministerio de Educacion, senala que como consecuencia de haberse declarado dos veces desierto el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 0012002-ED, para el suministro del combustible para la flota vehicular de la sede central del Ministerio de Educacion, y encontrandose actualmente en marcha el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, se presenta para el Ministerio de Educacion la posibilidad de ausencia de combustible y teniendo en cuenta la gran demanda de movilidad que se suscita en el Sector Educacion requerida para el cumplimiento de los objetivos institucionales, con-

viene efectuar una medida de urgencia y necesidad, a efectos de cubrir, mientras se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, el suministro del combustible; Que, mediante Oficio Nº 618-2002-ME/SG-OA la Oficina de Administracion pone en conocimiento de la Secretaria General, la situacion de urgencia presentada en la Entidad por el posible desabastecimiento de combustible, y en consecuencia solicita la autorizacion correspondiente para que se exonere al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion correspondiente y se le autorice a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el numeral 2 del Articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en concordancia con el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisan como situacion de urgencia, los casos que se configuran, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales; ademas, la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida para adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, de conformidad con el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que lo sustenta deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, con Hoja de Coordinacion Interna Nº 070-2002ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolucion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal a traves del Informe Nº 522-2002-ME/SG-OAJ, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia el suministro de combustible para la Flota Vehicular de la sede central del Ministerio de Educacion, por el breve termino requerido hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº 013-2001-PCM y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001- CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion, del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, y autorizase a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, el suministro de combustible para la Flota Vehicular de la sede central del Ministerio de Educacion, por un valor referencial de S/. 60 000,00 (Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- El egreso que irrogue el suministro a que se refiere los articulos precedentes, sera con cargo a la cadena funcional: Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios; Funcion 09; Programa 003; Subprograma 0006; Actividad 100267; Componente 30693; de la Unidad Ejecutora 024, del Pliego 010 - Ministerio de Educacion.

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