Norma Legal Oficial del día 18 de Octubre del año 2002 (18/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de octubre de 2002

Directoral Nº 236-2002-PE/DNEPP, en razon de su condicion de asociante, segun el Contrato de Asociacion en Participacion celebrado; solicitando ademas se modifique las caracteristicas de la embarcacion cuyo incremento de flota fue otorgado por las resoluciones directorales MORDAZA indicadas, para ser ejecutada en la embarcacion pesquera denominada ILENA II, de 300 m3 de capacidad de bodega, con sistema RSW y 225 m3 de carga MORDAZA, reservandose un saldo de 22 m3 de carga MORDAZA y por el plazo que la Ley lo determina a favor de CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A.; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que mediante el Acta de Inspeccion Nº 013-2002 de fecha 24 de septiembre del 2002, se acredita que la embarcacion ILENA II tiene un avance de construccion de 85%, cumpliendo con lo dispuesto en el numeral 37.3 del articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca vigente; Que en tal sentido, considerando que procede aceptarse el DESISTIMIENTO mencionado en el tercer considerando y que PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A, cuenta con facultades concedidas por el contrato de ASOCIACION EN PARTICIPACION celebrado con CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A, para ejecutar la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 322-98-PE/DNE modificada por la Resolucion Directoral Nº 236-2002-PE/DNEPP, mediante la construccion de una embarcacion pesquera a denominarse ILENA II, de 300 m3 de capacidad de bodega y 225 m3 de carga MORDAZA, corresponde declarar procedente lo solicitado y, como consecuencia de ello, modificar la resolucion autoritativa condicionando que debera ejecutarse en el mismo plazo establecido en las Resoluciones Directorales Nºs. 322-98-PE/DNE y 236-2002-PE/DNEPP, asi como que debe reservarse los 22 m3 de carga MORDAZA restantes a favor de CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 037-2002PRODUCE/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad, con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; y, En uso de las facultades, conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar el DESISTIMIENTO presentado por CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A. y el senor MORDAZA FERRADAS MORDAZA, referente a la solicitud de construccion de 2 embarcaciones pesqueras, haciendo uso de los incrementos de flota otorgados por las Resoluciones Directorales Nºs. 322-98-PE/DNE, 236-2002-PE/DNEPP y 235-2002-PE/DNEPP, respectivamente y dar por concluido el procedimiento. Articulo 2º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 322-98-PE/DNE, el mismo que tendra el siguiente texto: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A., el incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega para la construccion de una (01) embarcacion pesquera a denominarse ILENA II, de 300 m3 de capacidad de bodega y 225 m3 de carga MORDAZA con sistema de conservacion a bordo R.S.W., equipada con redes de cerco de ½" pulgada (13 mm.) y 1 ½" pulgada (38 mm.), de tamano de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto. Articulo 3º.- Reservar el saldo de 22 m3 de carga MORDAZA, como resultado de la diferencia existente entre la carga MORDAZA establecida en la Resolucion Directoral Nº 322-98-PE/ DNE y la consignada en el articulo anterior para construir la embarcacion ILENA II, a favor de la empresa CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A.

Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la autorizacion de incremento de flota modificado por el articulo 2º de la presente resolucion, sera la establecida en el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 236-2002-PE/DNEPP. Articulo 5º.- La utilizacion del saldo reservado a favor de Consorcio Pesquero MORDAZA S.A., solo podra solicitarse dentro del plazo de noventa (90) dias calendario contado a partir de la publicacion de la presente resolucion. Vencido dicho plazo, el derecho de utilizacion del saldo caducara de pleno derecho. Articulo 6º.- Incluir la presente resolucion en el anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE, asi como el MORDAZA titular de la autorizacion de incremento de flota otorgado, y el MORDAZA nombre y capacidad de bodega de la embarcacion a construir. Asimismo excluir a Consorcio Pesquero MORDAZA S.A. como titular de la autorizacion de incremento de flota, asi como el nombre y capacidad de la embarcacion, otorgada inicialmente, dispuesto a traves de la Resolucion Directoral Nº 236-2002-PE/DNEPP. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 18420 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 079-2002-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 14 de octubre del 2002 Vistos los escritos de registro Nº 01859003, del 20 de septiembre y 4 de octubre del 2002, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA FERRADAS MORDAZA e MORDAZA DE ONS S.A., respectivamente. CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de la Produccion, en funcion a la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; tratandose de embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto; solo se otorgara siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente; Que por Resolucion Directoral Nº 235-2002-PE/ DNEPP de fecha 26 de junio del 2002, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA FERRADAS MORDAZA, en su condicion de asociante en el contrato de asociacion en participacion celebrado con INVERSIONES MORDAZA S.A.C., titular del derecho de sustitucion de la embarcacion MARANATHA con matricula Nº CE-10409-PM y 202.12 m3 de volumen de bodega, autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega de la mencionada embarcacion, para la adquisicion de una embarcacion pesquera de 202.12 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½" pulgada (13 mm.) y 1 ½" pulgada (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que mediante el primer escrito del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA FERRADAS MORDAZA solicitan se consigne a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como titular de la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral Nº 235-2002-PE/DNEPP, en razon de su condicion de asociante, segun el Contrato de Asociacion en Participacion celebrado; solicitando ademas se modifique las caracteristicas de la embarcacion cuyo incremento de flota fue otorgado por la resolucion directoral

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