Norma Legal Oficial del día 06 de Diciembre del año 2003 (06/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES
ANEXO 1

Pag. 256615

Vistos, la carta de fecha 28 de noviembre de 2003 del Hogar Clinica San MORDAZA de MORDAZA, y el Memorandum Nº 050 2003-VIVIENDA/CGP del Comite de Gestion Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27779 se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funciones de los Ministerios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA de 2002; Que por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones, del Viceministerio de Infraestructura, del programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privadas; Que por Decretos de Urgencia Nº 009-97, Nº 111-96, Nº 041-94, Nº 59-96 y Decreto Supremo Extraordinario Nº 215-93-PCM se adquiere equipos de mecanica automotriz, articulos de cuero y mecanica de produccion respectivamente; parte de los cuales son objeto de la presente donacion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, los bienes muebles no patrimoniales, asumidos por el Ministerio de la Presidencia o mediante normas especiales podran ser transferidos a entidades publicas o privadas de acuerdo a los procedimientos en MORDAZA establecidos; Que, mediante Carta de Vistos, el Hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo del Hogar Clinica San MORDAZA de MORDAZA, solicita la donacion de modulos de confeccion para capacitacion de los jovenes discapacitados. Que, mediante los informes Tecnicos Nº 060-2003/VIVIENDA-VMCS y Nº 062-2003/VIVIENDA-VMCS, el Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM ha considerado procedente la donacion de modulos de confeccion cuyas caracteristicas se describen en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, ya que contribuye con los objetivos del Hogar Clinica San MORDAZA de Dios; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de modulos de confeccion que se describen en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, valorizados en S/. 8.065.14 (Ocho Mil Sesenta y Cinco y 14/100 Nuevos Soles), a favor del Hogar Clinica San MORDAZA de Dios. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

MAQUICENTRO A LA CLINICA SAN MORDAZA DE MORDAZA
MAQUICENTRO DE CONFECCIONES

Descripcion de Maquinarias Remalladora c/motor incorporado Cortadora de Tela Mesa Succionadora de vapor Generador de Vapor Plancha de Vapor TOTAL

Modelo FN2-4 ZC160-M XF-D DZQ-4.5 QZ-A

Cantidad 5 1 1 1 1 9

N/Soles 133,01 1,446,82 2,607,56 3,043,21 302,50

Total 665,05 1,446,82 2,607,56 3,043,21 302,50 S/. 8,065,14

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Aprueban donacion efectuada a favor de congregacion religiosa a fin de implementar un taller de zapateria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 261-2003-VIVIENDA MORDAZA, 4 de diciembre de 2003 Vistos, la Carta s/n de fecha 1 de octubre de 2003 de la Congregacion Hijas del Crucificado, el Memorandum Nº 365-2003/VIVIENDA-VMCS-PREBAM del Jefe del Programa de Equipamiento Basico Municipal y el Memorandum Nº 031-2003-VIVIENDA/CGP del Comite de Gestion Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se asigno, en vias de regularizacion, al Ministerio de la Presidencia, la suma de US$ 6 299 868.00 (Seis millones doscientos noventa y nueve mil ochocientos sesenta y ocho con 00/100 Dolares USA) de los recursos de Linea de Credito de la Republica Popular China, a que se refieren las Resoluciones Supremas Nº 042-91-EF, Nº 054-94-EF, Nº 15794-EF y Nº 036-96-EF, para que sea destinada a la adquisicion directa de maquinas para la industria del calzado, de confeccion y de tejido, para equipar a pequenos y microempresarios, segun contrato celebrado con la Corporacion de Importacion y Exportacion de los productos de la industria ligera de Shangai; Que, mediante Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funciones de los Ministerios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se ha constituido el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones, del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privadas;

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