Norma Legal Oficial del día 06 de Diciembre del año 2003 (06/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, sabado 6 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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MORDAZA de seleccion Nº 002 - MORDAZA Convocatoria para la contratacion de los servicios de consultoria para la elaboracion del "Plan Turistico Regional Concertado Huanuco", donde presentaron sus propuestas el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA llegando al puntaje de 59 puntos y el Econ. MORDAZA Caicedo MORDAZA llegando al puntaje de 36 puntos, no logrando ninguno de los dos postores el puntaje requerido que es de 80 puntos; Que, mediante Informe Nº 007-2003-GRH/CADSCS, el Comite de Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion de Servicios de Consultoria, informa que para la adjudicacion directa selectiva Nº 002 - MORDAZA Convocatoria ha quedado desierta y analizados los motivos se advierte que la dificultad es el Valor Referencial por un error en el estudio de MORDAZA y determinacion de este, para lo cual adjunta MORDAZA de cartas presentadas por los postores, asi mismo como consecuencia de lo expuesto solicita a la Presidencia la nulidad de Oficio del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Selectiva mediante Resolucion, por las razones expuestas; En uso de las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 005-2003-GRH; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR, la Nulidad de Oficio, de todo lo actuado en el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2003-GRH/GRDE, para la "Elaboracion del Plan Turistico Regional Concertado Huanuco", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de Ley, bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Miembros Integrantes del Comite de Adjudicacion Directa Selectiva senalado y demas Organos Estructurales del Gobierno Regional. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidenta 22519

Aprueban exonerar del MORDAZA de Seleccion la adquisicion del software Arcview 8.3 a la empresa Telematica
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 721-2003-GRH/PR MORDAZA, 28 de noviembre de 2003 VISTO: Los Informes Nº 188-2003-GRH/ORAJ, de la Direccion de Asesoria Juridica, Nº 235-2003-G.R.HUANUCO/DRA, de la Direccion Regional de Administracion, Memorandum Nº 2632003-GRH/GRPPAT, de la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Memorandum Nº 554-2003-GRH/GGR, de fecha 27 de noviembre del 2003, de la Gerencia General Regional, que sustentan la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion del Software Arcview 8.3; CONSIDERANDO:

tar servicios publicos sujetos a tarifas cuando estas MORDAZA unicas; Que, de los documentos de cotizacion via fax, se advierte que la Empresa TELEMATICA, es el representante y distribuidor unico en Software de Sistemas de Informacion Geografica (GIS) en el Peru y estando a la necesidad del Gobierno Regional de MORDAZA, la adquisicion de un SOFTWARE ARCVIEW 8.3, resulta viable la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, para su adquisicion, por estar sujeta a tarifa unica, teniendo en consideracion que la Empresa TELEMATICA, es el unico distribuidor del SOFTWARE ARCVIEW 8.3. en el Peru; Que, mediante Informe Nº 235-2003-G.R.HUANUCO/ DRA, de fecha 27 de noviembre del 2003, de la Direccion Regional de Administracion y el Memorandum Nº 554-2003GRH, de la Gerencia General Regional, se sustenta y autoriza la adquisicion directa del Software Arcview 8.0, exonerandose del MORDAZA de adjudicacion por la causal de contar con una tarifa unica, como es el caso de la COTIZACION CO / S 2003-367 de la Empresa TELEMATICA, por un monto $ 1,905.00 - Mil Novecientos Cinco Dolares Americanos, de conformidad a lo dispuesto por los incisos b) del Art. 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2003-PCM, acompanando al informe la documentacion correspondiente; Que, las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica y Concurso Publico o Adjudicacion Directa se encuentran establecidos en el Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, donde para cumplir con la formalidad, se debe de emitir Resolucion por el titular del pliego del Gobierno Regional, aprobando la exoneracion, la misma que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, posteriormente MORDAZA de la Resolucion y el informe que lo sustenta deben de remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del pliego, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, por otra parte, la exoneracion de un Concurso Publico y/o Adjudicacion Directa requieren obligatoriamente de un Informe Tecnico-Legal previo, segun el Art. 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM; Que, la Oficina Regional de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 188-2003-GRH/ORAJ, de fecha 27 de noviembre del 2003, emite el Informe Tecnico-Legal, sobre Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion Directa del Software Arcview 8.3, opinando se apruebe la exoneracion; De conformidad con lo establecido en el inciso b) del articulo 19º y articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y en uso de las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion del SOFTWARE ARCVIEW 8.3 a la Empresa TELEMATICA, en merito a los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional el cumplimiento de la presente Resolucion, debiendo tener presente lo establecido en la Ley y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- DISPONER, que la Secretaria General, cumpla con remitir MORDAZA de la misma y de los Informes Tecnicos y Legales sustentatorios, a la Contraloria General de la Republica; asi como su publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su Art. 19º inciso b) establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, para contra-

MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidenta 22520

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