Norma Legal Oficial del día 09 de Enero del año 2003 (09/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de enero de 2003

ponde a la Contraloria General de la Republica proceder conforme a sus atribuciones; Que, conforme a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de MORDAZA de 2002, el MORDAZA integral de control iniciado MORDAZA de la entrada en MORDAZA de esta ley, se regira por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con el articulo 22º inciso d), de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendose para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00321

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales por presunto dano economico ocasionado a la Municipalidad Provincial de MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 344-2002-CG
MORDAZA, 30 de diciembre del 2002 VISTO, el Informe Especial Nº 229-2002-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1999 al 30 de junio de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, a raiz de la accion de control efectuada, se ha determinado que los niveles de decision de la Municipalidad Provincial de MORDAZA no han actuado con la transparencia necesaria en el manejo de los recursos destinados a inversiones; Que, en efecto, mediante Acuerdo de Concejo de 19.ENE.99, con el proposito de equilibrar el presupuesto del citado ejercicio, se aprobo la obtencion de creditos bancarios "para refinanciar las deudas de capital, evitando el pago de intereses, liberando el Fondo de Compensacion Municipal y los posibles incrementos del Fondo de Privatizacion". En MORDAZA con esta decision, en ese mismo Acuerdo se aprobo la obtencion de un prestamo del Banco de la Nacion por S/. 11'689,400 en virtud del cual el banco citado abono a la Municipalidad la suma de S/. 10'063,000 de cuyo monto S/. 10'000,000 fueron utilizados como garantia, a traves de un deposito a plazo fijo por siete meses constituyendo garantia de otras operaciones que la Municipalidad mantenia con una entidad financiera privada; Que, sin embargo, para la obtencion del referido emprestito se preciso tanto en el Acuerdo de Concejo como en la comunicacion cursada al Banco de la Nacion que dichos recursos serian utilizados para la ejecucion de obras, es decir para el supuesto cumplimiento de la Directiva Nº 004-98-EF/76.01 aprobada por Resolucion Directoral Nº

036-98-EF/76.01, cuyo articulo 9º inciso f) dispone que las operaciones de credito interno se destinaran unicamente, bajo responsabilidad, a la ejecucion de obras o servicios publicos que los motivan y no a gastos corrientes; sin tener en consideracion que no se contaba con el Programa de Inversiones de la entidad MORDAZA que recien fue aprobado el 30.JUN.99, cinco meses despues de haberse aprobado el financiamiento, lo que confirma que dicha operacion tuvo como unico proposito refinanciar los adeudos que la Municipalidad tenia con un Banco privado, MORDAZA si en el presupuesto de apertura para el rubro de inversiones solo se incluyo el importe de S/. 2,123.00; Que, dichas acciones ademas de vulnerar la normativa vigente, generaron que la entidad incurra en mayores costos por S/. 288,536.72, resultante de la diferencia del costo del prestamo menos los importes ganados por el deposito a plazo fijo. Asimismo, no obstante que el Banco de la Nacion dio a conocer oportunamente el cronograma de pagos del citado prestamo, la Administracion Municipal no negocio o gestiono el pago de las amortizaciones mensuales acorde con la disponibilidad de fondos para su cumplimiento, lo que ha generado gastos financieros adicionales por intereses por sobregiros bancarios por S/. 74,999.08; ocasionando con estas operaciones un perjuicio economico total de S/. 363,535.80, monto que debe ser resarcido de conformidad a lo establecido en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, conforme a lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de MORDAZA del 2002, el MORDAZA integral de control iniciado MORDAZA de la entrada en MORDAZA de esta Ley, se regira por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con el articulo 22º inciso d), de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendose para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00322

JNE
Confirman actas de proclamacion correspondientes a la provincia de General MORDAZA Cerro y a los distritos de Palcazu, Pocsi y MORDAZA Rica
RESOLUCION Nº 1166-2002-JNE
Exp. Nº 2134-2002-NULIDAD MORDAZA, 31 de diciembre de 2002 VISTO: El recurso interpuesto por el personero legal del Movimiento Independiente Concertacion en la Region para la Descentralizacion - COREDE para que se declare la nuli-

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