Norma Legal Oficial del día 09 de Enero del año 2003 (09/01/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, jueves 9 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 236793

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27913
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

PODER EJECUTIVO PCM
Exceptuan a la Secretaria de Comunicaciones de disposicion del D.U. Nº 0302002 para su aplicacion en adquisicion y distribucion de informativos y en impresion y publicidad
RESOLUCION SUPREMA Nº 566-2002-PCM
MORDAZA, 30 de diciembre de 2002 VISTO: El Memorandum Nº 210-2002-PCM/SC de la Secretaria de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se aprobaron las medidas complementarias de austeridad y racionalidad del gasto publico para el ano fiscal 2002; Que, por Decreto de Urgencia Nº 033-2002, se dictaron normas para la aprobacion de excepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano 2002, a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Que, de acuerdo con el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM, la Secretaria de Comunicaciones tiene por objeto actuar como organo de comunicacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, siendo responsable de mantener MORDAZA de informacion entre el Poder Ejecutivo y la sociedad, teniendo como uno de sus objetivos el dar a conocer a la opinion publica los avances del gobierno en todos los sectores; Que, para el adecuado cumplimiento de sus funciones, resulta pertinente la adquisicion y distribucion a nivel nacional del informativo "QUINCE", producto informativo, de periodicidad quincenal orientado a dar a conocer los logros y las noticias mas trascendentes relativos a los proyectos que desarrolla el gobierno en los diversos sectores, como son educacion, salud, energia, vivienda, agricultura, entre otros. Esta publicacion esta dirigida a los sectores publicos, privados y academicos; Que, en el mismo sentido, es necesaria la adquisicion y distribucion a nivel nacional del informativo "BITACORA", reporte economico, que tiene por objetivo poner a disposicion de los sectores publico y privado, y del MORDAZA especializado y academico, un compendio que muestre la evolucion y los resultados de las principales variables macroeconomicas, que refleje con objetividad y certeza la situacion de la economia peruana. Busca de forma didactica dar a conocer y explicar los avances en el MORDAZA de economia; Que, en tal sentido, resulta pertinente aprobar excepciones en materia de publicaciones, en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 033-2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002, Decreto Supremo Nº 083-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Exceptuar a la Secretaria de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros del cumplimiento de la MORDAZA a que se contrae el acapite 3.4 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, para su aplicacion especifica en la adquisicion y distribucion de los informativos "QUINCE" y "BITACORA". Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00395

LEY QUE DELEGA FACULTADES LEGISLATIVAS AL PODER EJECUTIVO PARA LEGISLAR EN MATERIA DE TERRORISMO
Articulo 1º.- Aprueba delegar facultades legislativas Delegase facultades legislativas en el Poder Ejecutivo por el plazo de treinta dias habiles para que mediante decretos legislativos reemplace la legislacion correspondiente a fin de concordar el regimen juridico de la cadena MORDAZA con lo expuesto en la sentencia del Tribunal Constitucional (Expediente Nº 010-2002-AI/TC), establecer los limites maximos de las penas de los delitos regulados por los articulos 2º, 3º incisos b) y c), 4º, 5º y 9º del Decreto Ley Nº 25475, y finalmente a regular la forma y modo como se tramitaran las peticiones de nuevos procesos y los procesos mismos a que se refiere la MORDAZA citada sentencia, asi como ordenar la legislacion sobre terrorismo que mantiene vigencia, y legislar sobre derecho penal material, procesal penal, ejecucion penal y defensa judicial del Estado relacionados con terrorismo. Articulo 2º.- Conformacion de Comision Para los fines a que se refiere el articulo anterior, el Poder Ejecutivo creara una Comision encargada de elaborar las propuestas correspondientes, a la que se integraran dos representantes de la Comision de Justicia del Congreso de la Republica. Mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Justicia, se establecera el numero de miembros de la Comision y su organizacion interna. Articulo 3º.- Control de la legislacion delegada Encargase a la Comision de Justicia la revision de los decretos legislativos que el Poder Ejecutivo promulgue al MORDAZA de la presente ley. El Presidente de dicha comision sustentara ante el Pleno en la primera sesion de la MORDAZA legislatura el informe correspondiente. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de enero de dos mil tres. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de enero del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 00392

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.