Norma Legal Oficial del día 09 de Enero del año 2003 (09/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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4.2 Subdireccion de Policia Municipal

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de enero de 2003

Articulo Segundo.- Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en el presente Edicto. Articulo Tercero.- Delegar en el Despacho de Alcaldia la facultad de aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones, Cuadro para Asignacion de Personal y Manual de Organizacion y Funciones. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Secretaria General, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Edicto. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 00312

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Disponen mantener durante el ejercicio 2003 montos de dietas de regidores y remuneracion del MORDAZA distrital percibidos durante el ano 2002
ACUERDO DE CONCEJO Nº 03
Miraflores, 7 de enero del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; Visto el pedido realizado en la Sesion de la fecha respecto a la necesidad de que el Concejo, mediante Acuerdo, determine para el presente ejercicio presupuestal la remuneracion mensual que percibira el MORDAZA y la retribucion por concepto de dieta que percibiran los Regidores; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, modificada por la Ley Nº 26317, el cargo de los Alcaldes y Regidores son rentados, conforme lo permite su presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad, previo Acuerdo del Concejo Municipal; Que, corresponde a los Alcaldes percibir remuneracion mensual por el ejercicio de su funcion y a los Regidores, percibir dietas por Sesiones de Concejo; Que, a tenor del articulo 2º de la Ley Nº 26317, la percepcion de la dieta esta condicionada a la asistencia efectiva del Regidor a las correspondientes Sesiones de Concejo; Que, el monto de las referidas dietas y remuneracion se encuentra previsto en el Presupuesto Institucional de Apertura para el ano 2003, de la Municipalidad de Miraflores; De conformidad con lo establecido en los articulos 21º, 36º inciso 15), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo por Unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- Mantener, durante el ejercicio 2003, las dietas fijadas para los Regidores y el MORDAZA del senor MORDAZA en los mismos terminos tenidos durante el ano 2002. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00366

Establecen monto por concepto de dieta que percibiran regidores por asistencia efectiva a sesiones de concejo en el ejercicio presupuestal 2003
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-03-CDB
Barranco, 1 de enero de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el articulo 21º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26317, los Alcaldes y Regidores son rentados conforme lo permita el Presupuesto y la disponibilidad de recursos propios de cada municipio y previo acuerdo del respectivo Concejo Municipal, adoptado una vez al ano, hasta el 31 de marzo de cada ejercicio Presupuestal; Que, la percepcion de la dieta esta condicionada a la asistencia efectiva de los Regidores a las Sesiones de Concejo, quienes adicionalmente cumplen labores en apoyo a la Municipalidad y a la comunidad en general, directamente o a traves de las comisiones que integran, lo que les demanda mayor tiempo de trabajo; Que, es pertinente aprobar el monto de las Dietas correspondientes a los Regidores, para el ejercicio presupuestal 2003; Que, el monto por concepto de dietas y remuneracion del MORDAZA se encuentra previsto en el Presupuesto 2003 de la Municipalidad Distrital de Barranco, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 055-2002-CDB, de fecha 12 de diciembre del 2002; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime de sus miembros; ACUERDA: Articulo Primero.- Establecer en S/. 2,500 (DOS MIL QUINIENTOS Y 0/100 NUEVOS SOLES), el monto que por concepto de DIETA percibiran los senores Regidores del Concejo Distrital de Barranco, por su asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, durante el Ejercicio Presupuestal 2003, y precisar que unicamente 2 (Dos) Sesiones de Concejo al mes seran rentadas, pudiendose efectuar un numero mayor de Sesiones para tratar temas especificos de funcionamiento administrativo de la Municipalidad. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General y a la Oficina de Administracion y Finanzas, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. POR TANTO: Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 00313

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Ratifican para el ejercicio 2003 monto de dietas de regidores y remuneracion de MORDAZA distrital
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2003-MSB-C
San MORDAZA, 8 de enero de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO, en su I-2003 Sesion Ordinaria de fecha 8.1.2003, el Informe Nº 003-2003-MSB-GE de la Gerencia de Eco-

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