Norma Legal Oficial del día 28 de Febrero del año 2003 (28/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de febrero de 2003

Informe Nº 601-2003-FONCODES/GG MORDAZA senalado y Terminos de Referencia adjuntos al mismo; Que, mediante Informe Nº 25-2003-FONCODES/ GPyS del Vistos, la Gerencia de Planeamiento y Sistemas emite su informe de disponibilidad presupuestaria para la contratacion de los servicios del Secretario Ejecutivo de la Comision de Transparencia, Etica y Probidad Institucional de FONCODES por un monto de S/. 42,000.00; Que, mediante Informe Legal MORDAZA Nº 010-2003-FONCODES/GAL del Vistos, la Gerencia de Asesoria Legal opina que procede la tramitacion para la contratacion bajo la causal de exoneracion por servicios personalisimos, siempre y cuando se cuente con la justificacion tecnica correspondiente, disponibilidad presupuestal y demas documentos requeridos y dentro de los limites del MORDAZA legal previstos en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, y normas presupuestarias vigentes; Que, para la contratacion materia de la presente Resolucion, se han cumplido con todos los requisitos previstos por la normatividad vigente; Que, de acuerdo a los considerandos MORDAZA senalados, procede autorizar y exonerar del MORDAZA correspondiente, la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA Ambia MORDAZA bajo la causal de servicios personalisimos; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administracion y Finanzas y Gerencia de Asesoria Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 34º, 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, numeral 11.5 del Articulo 11º y numerales 13.1 y 13.2 del Articulo 13º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, Ley Nº 27879, numerales 3.2 y 3.3 del Articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 005-2003-EF/76.01, y literal n) del Articulo 24º del Estatuto de FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar como servicios personalisimos la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA Ambia MORDAZA, para la prestacion de los servicios a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, por un valor referencial hasta S/. 42,000.00 Nuevos Soles, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y por el periodo del 1 de marzo al 30 de junio de 2003, sujeto a la comunicacion oportuna a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, de acuerdo a lo previsto en el numeral 11.5 del Articulo 11º de Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, Ley Nº 27879, concordado con los numerales 3.2 y 3.3 del Articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 005-2003-EF/76.01. Articulo 2º.- Exonerar la contratacion a que se refiere el articulo anterior del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, autorizando al Comite Especial Permanente designado mediante el Articulo 2º de la Resolucion Gerencial Nº 010-2003-FONCODES/GG de fecha 8 de enero de 2003 a realizar la contratacion de los servicios a que se refiere la presente Resolucion mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, y de acuerdo a lo previsto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas efectuar la comunicacion a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de la Subgerencia de Logistica, efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su emision, y asimismo, remita una MORDAZA de la misma y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su emision, conforme lo establece el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº

012-2001-PCM, y el Articulo 115º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LICERAS Director Ejecutivo 03770

INACC
Asignan montos recaudados por pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros y de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros, de enero de 2003
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 0445-2003-INACC/J MORDAZA, 21 de febrero de 2003 Visto, el Informe Nº 444-2003-INACC-DGDV de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 20 de febrero del 2003, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de enero del 2003; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 058-2003-EM/DGM la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a los que se refiere el articulo 57º de la Ley, de acuerdo a lo dispuesto en el tercer parrafo del articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2002-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modificado por la Ley Nº 27341, Decreto de Urgencia Nº 003-2001 y Decreto Legislativo Nº 913, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, modificado por Decreto Supremo Nº 010-2002-EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 4442003-INACC-DGDV ha determinado que por el mes de enero del 2003, el monto total a distribuir es de US $ 346,528.60 (Trescientos Cuarenta y Seis Mil Quinientos Veintiocho y 60/100 Dolares Americanos) efectuandose ajustes por montos que ascienden a US $ 22,570.88 (Veintidos Mil Quinientos Setenta y 88/100 Dolares Americanos) resultando un importe neto a distribuir de US $ 323,957.72 (Trescientos Veintitres Mil Novecientos Cincuenta y Siete y 72/ 100 Dolares Americanos. Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 109 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros, correspondiente al mes de enero del 2003, de la siguiente manera:

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