Norma Legal Oficial del día 28 de Febrero del año 2003 (28/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de febrero de 2003

Articulo Segundo.- FIJAR la Remuneracion Mensual total del Vicepresidente del Gobierno de la Region MORDAZA, en la suma de TRECE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13,900.00), con vigencia a partir del 1 de enero del 2003, sujeta a los descuentos de ley. Articulo Tercero.- FIJAR la dieta mensual de los senores consejeros del Consejo Regional de la Region MORDAZA, en la suma de CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4,650.00), con vigencia a partir del 1 de enero del 2003, sujeta a los descuentos de ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional de la Region MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de febrero del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA GASTELUMENDI Presidente Regional 03872

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica a los diecisiete dias del mes de Febrero del dos mil tres. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica 03864

Aprueban Estructura Organica del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2003-GR-HVCA EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la siguiente Ordenanza Regional:

GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA
Aprueban Reglamento Interno del Consejo Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2003-GR-HVCA.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Huancavelica; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680: Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, los Gobiernos Regionales tienen autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con lo previsto en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales Articulos 13º y 15º inc. "e" y su modificatoria Ley Nº 27902, el Consejo Regional como Organo Normativo del Gobierno Regional, tiene la atribucion de aprobar su Reglamento Interno, mediante Ordenanza Regional; Que, a efectos de cumplir con su labor normativa y fiscalizadora el Consejo Regional de Huancavelica, en uso de sus facultades conferidas; ORDENA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Huancavelica, el cual consta de ocho (08) Titulos, seis (06) Capitulos, ochenta (80) Articulos y tres (03) Disposiciones Transitorias. Articulo Segundo.- Publicar el presente Reglamento Interno del Consejo Regional conforme a lo dispuesto en el Articulo 42º de la Ley Nº 27867. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica, para su promulgacion. En Huancavelica a los diez dias del mes de Febrero de dos mil tres. POR TANTO: Mando se publique y cumpla

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680; Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; los Gobiernos Regionales tienen autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con lo previsto en la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 Ley Organica de los Gobiernos Regionales Articulos 15º y 38º, el Consejo Regional como Organo Normativo del Gobierno Regional, tiene la atribucion de aprobar la Organizacion del Gobierno Regional, mediante Ordenanza Regional; Que, los Articulos 11º y 12º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, establece la Organizacion de los Gobiernos Regionales, cuya Estructura Organica Basica lo constituye: el Consejo Regional, Presidencia Regional y Consejo de Coordinacion Regional; del mismo modo, en Gerencias Regionales, dirigidas por una Gerencia General, complementandose con Organos de Linea, Apoyo, Asesoramiento y Control; Que, a efectos de cumplir con lo establecido en la primera disposicion transitoria, complementaria y final de la Ley Nº 27867, el Consejo de Gobierno Regional de Huancavelica ha aprobado la Estructura Organica de su Gobierno Regional, y en uso de sus facultades conferidas por el Articulo 21º, Inc. "o", de la Ley Nº 27867; ORDENA: Articulo Primero.- Aprobar la Estructura Organica del Gobierno Regional de Huancavelica, el mismo que se adjunta como anexo. Articulo Segundo.- Publicar la presente Estructura Organica Regional conforme a lo dispuesto en el Articulo 42º de la Ley Nº 27867. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En la MORDAZA de Huancavelica a los diez dias del mes de febrero de dos mil tres. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica a los diecisiete dias del mes de febrero del dos mil tres. MORDAZA C. MORDAZA HUAROCC Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica

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