Norma Legal Oficial del día 27 de Abril del año 2004 (27/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2004 PROCEDIMIENTO EN MORDAZA

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- Durante el operativo de control en el MORDAZA, el efectivo policial detendra el vehiculo de transporte regular de pasajeros, solicitando al conductor la tarjeta de circulacion, certificado de poliza (SOAT) vigente, carne de educacion vial, licencia de conducir, credencial y tarjeta de propiedad. Articulo 6º.- El inspector municipal de transporte procedera a realizar la verificacion del vehiculo y en caso de que este no mantenga el estado con el que aprobo la constatacion de caracteristicas, procedera a retener la tarjeta de circulacion, en los casos que corresponda, y llenara la Hoja de Verificacion de MORDAZA, que sera firmada por el inspector municipal de transporte, asi como por el conductor intervenido. Si este se negara, el inspector dejara MORDAZA de esta circunstancia, sin que ello invalide la accion ejecutada. Articulo 7º.- Se retendra la tarjeta de circulacion ante las siguientes observaciones verificadas en campo: 1. Cuando se MORDAZA habilitado el asiento posterior al respaldar del conductor en los vehiculos de MORDAZA O-3 (camionetas rurales). 2. Cuando los vidrios de seguridad no MORDAZA los reglamentarios o esten deteriorados, oscurecidos o polarizados. 3. Cuando el vehiculo no cuente con los MORDAZA caracteristicos de la persona juridica concesionaria o autorizada o el codigo de ruta otorgada en concesion o autorizacion. 4. Cuando la tarjeta de circulacion se encuentre caduca por vencimiento de su plazo de vigencia o anulada (por haber sido retirado el vehiculo del padron vehicular de la persona juridica concesionaria o autorizada u otra circunstancia). 5. Cuando la poliza de seguros no se encuentra vigente. En los demas casos, el inspector municipal de transporte procedera a extender la Hoja de Verificacion de MORDAZA, sin retener la tarjeta de circulacion, pero notificando igualmente para una verificacion de constatacion de caracteristicas en la sede de la Direccion Municipal de Transporte Urbano. Articulo 8º.- Acto seguido, el inspector municipal de transporte entregara al conductor intervenido, una MORDAZA de la Hoja de Verificacion de MORDAZA correspondiente, con la que se hace de su conocimiento que el vehiculo no mantiene el estado con el que aprobo la constatacion de caracteristicas, por lo que debera ser presentarse a levantar las observaciones detectadas por el inspector municipal de transporte y senaladas en la Hoja de Verificacion de MORDAZA, en un plazo MORDAZA de 72 horas siguientes a la fecha y hora de la verificacion en campo.

cion Directoral Municipal Nº 607-2000-MML/DMTU y las disposiciones que emita la Direccion Municipal de Transporte Urbano. 2. En el caso de retencion de la tarjeta de circulacion por vencimiento de la poliza de seguros, la observacion sera levantada documentariamente, sin necesidad de pasar una verificacion de constatacion de caracteristicas, mediante la MORDAZA de la respectiva poliza que cubra el plazo de vigencia de la tarjeta. 3. En el caso de retencion de la tarjeta de circulacion por estar caduca o anulada, la persona juridica debera indicar si va renovar o no la tarjeta. El silencio debera interpretarse en sentido negativo y no podra disponerse el inicio de procedimiento de sancion contra la persona juridica, por esta razon. En caso que opte por la renovacion, debera presentar el vehiculo a la constatacion de caracteristicas y aprobar la misma. Articulo 11º.- Se incurrira en reincidencia cuando la misma observacion sea detectada en el mismo vehiculo en un plazo de 12 meses a contarse desde el dia siguiente a la verificacion de la primera observacion y en ambos casos, dicha observacion no sea subsanada. 1. En el caso de la primer reincidencia, la DEAR suspendera por 15 dias la tarjeta de circulacion. 2. En el caso de la MORDAZA reincidencia, la DEAR anulara la tarjeta de circulacion. Articulo 12º.- Vencido el plazo para levantar las observaciones, el Area de Autorizaciones de la DEAR informara al Director de la DEAR lo siguiente: 1. La relacion de vehiculos que cumplieron con subsanar las observaciones detectadas con las Hojas de Verificacion de MORDAZA, dentro del plazo: En este caso, dispondra la devolucion de la tarjeta, el registro de la fecha, hora y numero de Hoja de Constatacion de Caracteristicas con la que se realizo la subsanacion, asi como del numero y fecha del informe del Area de Autorizaciones e informara a la DSCS. En el caso de retencion de la tarjeta de circulacion por vencimiento de la poliza de seguros, el registro del levantamiento de la observacion se MORDAZA con el numero y fecha del escrito con el que la persona juridica presenta la poliza que cubre el plazo de vigencia de la tarjeta. 2. La relacion de vehiculos que no cumplieron con subsanar las observaciones detectadas con las Hojas de Verificacion de Campo: En este caso, dispondra el registro de la falta de subsanacion, con indicacion del numero y fecha del informe del Area de Autorizaciones e informara a la DSCS. 3. La relacion de vehiculos a los que se ha detectado en primera reincidencia: En este caso, expedira la resolucion de suspension de la tarjeta de circulacion, disponiendo el registro de la medida y su notificacion a la persona juridica concesionaria o autorizada e informara a la DSCS. 4. La relacion de vehiculos a los que se ha detectado en MORDAZA reincidencia: En este caso, expedira la resolucion de anulacion de la tarjeta de circulacion, disponiendo el registro de la medida y su notificacion a la persona juridica concesionaria o autorizada e informara a la DSCS. Articulo 13º.- Con la informacion recibida, la DSCS procedera a: 1. Archivar todos los casos en que MORDAZA sido subsanada la observacion, comunicando a la persona juridica concesionaria o autorizada. 2. Disponer el inicio de un procedimiento administrativo de sancion contra la persona juridica concesionaria o autorizada, en todos los demas casos, por el concepto: Incumplimiento de los reglamentos y las demas disposiciones de la Direccion Municipal de Transporte Urbano. 3. Disponer el control y fiscalizacion en MORDAZA de los vehiculos cuyas tarjetas de circulacion fueron suspendidas o anuladas, a fin de que se impongan las sanciones a que MORDAZA lugar, de conformidad con la Ordenanza Nº 104. Articulo 14º.- Cuando, de conformidad con el articulo anterior, se disponga el inicio de un procedimiento administrativo de sancion, se seguiran los siguientes parametros: 1. Se podran acumular en un solo procedimiento todos los casos de vehiculos que formen parte de la flota vehicu-

PROCEDIMIENTO EN SEDE
Articulo 9º.- La Direccion de Supervision, Control y Sanciones (DSCS) recibira las tarjetas de circulacion retenidas y las Hojas de Verificacion de MORDAZA emitidas por los inspectores municipales de transporte. Acto seguido, derivara a la Division de Investigacion y Sanciones (DIS) para que elabore: 1. El proyecto de oficio a la persona juridica concesionaria o autorizada cuyo vehiculo fue verificado en campo. De encontrarlo conforme, la DSCS lo remitira a la persona juridica, adjuntando MORDAZA de la Hoja de Verificacion de MORDAZA, senalando si la tarjeta de circulacion fue o no retenida, a fin de que MORDAZA conocimiento de las acciones efectuadas y cumpla con levantar las observaciones dentro del plazo establecido, debiendo para ello, presentar el vehiculo a la verificacion de constatacion de caracteristicas en la sede de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA dentro del plazo concedido. 2. El proyecto de Memorandum, remitiendo el original de las Hojas de Verificacion de MORDAZA y de las tarjetas de circulacion retenidas, a la Direccion de Estudios, Autorizaciones y Registros (DEAR). De encontrarlo conforme, la DSCS lo remitira a la DEAR, adjuntando los documentos mencionados para que proceda a su registro y control del levantamiento de las observaciones, informando a la DSCS. Articulo 10º.- El levantamiento de las observaciones se realizara de la siguiente manera: 1. Los vehiculos deberan ser presentados por la persona juridica concesionaria o autorizada ante la DEAR dentro del plazo establecido, a fin de levantar las observaciones conforme a los parametros establecidos en la Resolu-

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