Norma Legal Oficial del día 03 de Junio del año 2004 (03/06/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

Pag. 269652

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de junio de 2004

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 266-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2004 Visto, Oficio Nº 3624-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Informes Nºs. 314, 358 y 275-2003-ADRIA/DP/GP, y el Informe Nº 526-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 19 de MORDAZA del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELESPURU o MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELESPURU, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA NAKANO MORDAZA, en atencion del MORDAZA de veracidad de las declaraciones y dada la simplificacion administrativa para el procedimiento registral, solicitaron ante el Registro tramites de duplicado y rectificacion de sus respectivas inscripciones, las mismas que fueron materia de enmienda en forma fraudulenta, realizadas sin contar con el sustento de ley, haciendo introducir de esta forma datos falsos en instrumento publico, con la intencion de obtener el Documento Nacional de Identidad conteniendo informacion falsa; Que, dada la forma y circunstancias como se han presentado los hechos, se establece la presuncion razonada de la actuacion dolosa de algunos servidores del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, por cuanto los archivos magneticos son de uso exclusivo del personal conformante del Registro, los mismos que habrian incurrido en la comision de los Delitos Informaticos senalados en los articulos 207º-A, 207º-B y 207º-C del Codigo Penal vigente, asimismo el comportamiento realizado por los ciudadanos, mencionados en el considerando anterior, constituye indicio razonable de la comision del presunto Delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELESPURU o MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELESPURU, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA NAKANO MORDAZA y LOS QUE RESULTEN RESPONSABLES; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELESPURU o MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELESPURU, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA NAKANO MORDAZA y LOS QUE RESULTEN RESPONSABLES, por presunto Delito contra la Fe Publica,

en la modalidad de Falsedad Ideologica y Delitos Informaticos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 10441 RESOLUCION JEFATURAL Nº 267-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2004 Visto, Oficio Nº 2422-2004-GO/RENIEC, el Informe Nº 579-2004-GO-SGREC/RENIEC, y el Informe Nº 527-2004GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 19 de MORDAZA del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora informa que con fecha 4 de febrero del ano 2004, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se presenta ante las Oficinas del Registro de Estado Civil de la Municipalidad del Distrito de MORDAZA MORDAZA - MORDAZA, solicitando la Inscripcion Extemporanea de Nacimiento de la menor MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMPUERO, tramite en el que adjunta el Certificado de Nacimiento ocurrido el dia 20 de octubre de 1988 en el Hospital Rebagliati Martins; Que, en razon de las evidentes enmiendas existentes en el documento de sustento presentado, se solicita a la Division de Registros Medicos y Archivos de Historias Clinicas de ESSALUD la verificacion del mismo, quienes mediante carta Nº 102-DIV.REG.MED.HERM.ESSALUD2004, informan que el certificado adjunto no corresponde al nacimiento que registra la historia clinica de la MORDAZA, obrando solo el Certificado de Nacimiento que suscribe el nacimiento de un MORDAZA nacido el 2 de febrero de 1991; Que, el comportamiento realizado por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber presentado documento presuntamente adulterado como si fuese legitimo ante el Registro, con la finalidad de obtener la inscripcion de nacimiento extemporanea de la menor MORDAZA MORDAZA, insertando datos que no se ajustan a la realidad, constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en su modalidad de Falsificacion de Documento (falsedad impropia) y Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documento (falsedad impropia) y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.