Norma Legal Oficial del día 21 de Noviembre del año 2004 (21/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de noviembre de 2004

formuladas para dicho fin no adjuntaron informacion o documentacion que respalde la causal invocada, permitiendo con ello que se dejen de aplicar penalidades por concepto de MORDAZA ascendentes a S/.35,899.55, ocasionando perjuicio economico a la entidad, que es necesario resarcir conforme al Art. 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22° de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que durante la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de Visto; De conformidad con el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru y el D.L. Nº 17537 y sus modificatorias, y la Resolucion de Contraloria Nº 444-2004-CG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General de la Republica (e) 21116

diante Resolucion del Presidente de la Comision de Orden y Gestion se dispuso su devolucion, encontrandose pendiente de restitucion la suma de S/. 9 274,00; Que, asimismo se ha determinado que entre los meses de octubre 2002 y agosto 2003, se otorgo a los miembros de las Comisiones Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios y de la Comision del Comite Electoral Especial Universitario MORDAZA, viaticos por un importe total de S/. 80 468,60, que por decision de las autoridades universitarias fueron considerados de libre disponibilidad, por tanto no sujetos a rendicion de cuentas; habiendose autorizado al Contador General de la universidad a transferir al gasto en los estados financieros del ejercicio 2003 dicho importe; Que, los hechos expuestos en los considerandos precedentes, han causado un perjuicio economico a la entidad por el importe total de S/. 89 742,60 que debe ser resarcido, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1321° del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 22° literal d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en los Informes de Vistos y; De conformidad con el articulo 22° inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley N° 27785 y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en los Informes de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General Contralora General de la Republica (e) 21117

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales por presunto perjuicio economico detectado en examen especial practicado a la Universidad Nacional de San MORDAZA - Tarapoto
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 469-2004-CG

MORDAZA, 19 de noviembre de 2004 VISTOS, los Informes Especiales N°s 220 y 221-2004CG/EA resultantes del Examen Especial practicado en la Universidad Nacional de San MORDAZA - UNSM, periodo enero 2000 - diciembre 2001, sin perjuicio de las operaciones anteriores y posteriores al periodo examinado; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Contraloria N° 337-2004CG de 27.AGO.2004, se autorizo al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General, a interponer acciones judiciales contra los presuntos responsables del perjuicio economico causado a la Universidad Nacional de San MORDAZA ­ Tarapoto, al haberse determinado que la suma de S/. 333 348,65 correspondiente a viaticos percibidos y no rendidos por los miembros de las Comisiones de Orden y Gestion y de Reorganizacion y Gobierno de la universidad, fue transferida al gasto en los estados financieros del ejercicio 2003; Que, en adicion a los viaticos percibidos y no rendidos a que se refiere el considerando precedente, los mismos funcionarios, en el periodo marzo a agosto del 2002 generaron gastos por concepto de alojamiento, por un monto ascendente a S/. 23 493,20 que fueron asumidos indebidamente por la universidad; por lo que me-

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscal a MORDAZA para participar en la XIII Asamblea General Ordinaria de la Asociacion MORDAZA Americana de Ministerios Publicos
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1623-2004-MP-FN

MORDAZA, 19 de noviembre de 2004. VISTOS: El Oficio N° 18665-2004-MP-FN-SEGFIN, de la Secretaria General de la Fiscalia de la Nacion y la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 1555 -2004-MP-FN, y; CONSIDERANDO: Que, el Capitulo VI ­ Normas Generales, Numeral 7), inciso a), primer parrafo, de la Directiva N° 001-2004-

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