Norma Legal Oficial del día 21 de Noviembre del año 2004 (21/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, MORDAZA 21 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 280849

San MORDAZA, que realicen pagos al contado el total de los montos insolutos pendientes, por impuestos, tasas, arbitrios, Multas Tributarias; de cualquier periodo y cuota; los mismos que incluyen a las deudas en estado coactivo, y las cuotas vencidas de fraccionamiento. Los contribuyentes que tengan a la fecha, suscrito Convenios de Fraccionamiento, quedan exentos de los intereses moratorios, siempre y cuando cancelen al contado el total de los montos insolutos. Estos beneficios otorgados, no alcanzan a los contribuyentes que durante el periodo, suscriban nuevos Convenios de Fraccionamiento. Articulo Tercero.- CONDONAR en el 90% del monto de las multas tributarias, siempre que el deudor infractor, cumpla con declarar la deuda tributaria omitida y que esta no MORDAZA sido requerida por la administracion; y en un 70% en los casos que se encuentren con el requerimiento de la administracion o en cobranza coactiva. Articulo Cuarto.- CONDONAR el 60% de todas las Multas Administrativas, en el estado en que se encuentren, que MORDAZA canceladas al contado, hasta la fecha de culminacion del presente Beneficio Tributario. Articulo Quinto.- PRECISAR, que para acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza; el contribuyente que MORDAZA interpuesto reclamacion, y/o impugnacion en tramite en la municipalidad, debera presentar, desestimiento de acuerdo a las normas de procedimiento administrativo. Articulo Sexto.- Los contribuyentes acogidos al presente Beneficio, reconocen expresamente sus obligaciones pendientes de pago, por lo que no procederan las posibles futuras reclamaciones, respecto a las deudas incluidas en dicho beneficio. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se aplicara supletoriamente las normas legales descritas en los considerandos. Segunda.- FACULTAR al senor MORDAZA a aprobar mediante Decreto de Alcaldia las acciones ampliatorias y complementarias de la presente Ordenanza, dando cuenta al Concejo. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21081

Que, el articulo 73º numeral 2.1 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, concordante con el articulo 80º numeral 3.2 de la misma Ley, prescribe que son funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales EL DE REGULAR Y CONTROLAR EL ASEO, HIGIENE Y SALUBRIDAD EN LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, VIVIENDAS, ESCUELAS, PISCINAS, PLAYAS Y OTROS LUGARES PUBLICOS LOCALES; Que, debido a la considerable incidencia de proliferacion de insectos rastreros y voladores, asi como roedores, principalmente en los establecimientos publicos del distrito de Independencia, resulta necesario implementar un mecanismo de proteccion a la poblacion usuaria, expidiendo en el presente caso, una MORDAZA municipal que disponga el MORDAZA de fumigacion de dichos locales, con la finalidad de evitar que los insumos o productos que elaboren y/o comercialicen, o el servicio que presten puedan estar contaminados, poniendo en grave riesgo la salud de la poblacion; Que, la Constitucion Politica del Estado y la misma Ley Organica de Municipalidades reconocen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, a favor de las Municipalidades del pais; Estando a lo expuesto, de conformidad con el articulo 20º inciso 5) y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal en su Sesion Extraordinaria Nº 017-2004, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- DISPONER que los Propietarios y/o Conductores de Establecimientos Publicos Locales de la jurisdiccion del distrito de Independencia procedan a cumplir acciones de fumigacion de los mismos que garantice la eliminacion o eviten la proliferacion de insectos rastreros y voladores, y roedores, con el objeto de garantizar la seguridad e integridad de la poblacion usuaria. Articulo 2º.- El MORDAZA de fumigacion sera de responsabilidad de la Municipalidad Distrital de Independencia a traves de su Gerencia de Servicios Publicos, para lo cual podra efectuar coordinaciones con los sectores de salud, agricultura, y otras que MORDAZA necesarias. Articulo 3º.- Cumplido el MORDAZA de Fumigacion y verificacion respectiva, la Municipalidad Distrital de Independencia extendera al propietario y/o conductor del Establecimiento Publico un Certificado de Salubridad y Saneamiento Ambiental. Articulo 4º.- El MORDAZA de fumigacion dispuesto sera de periodicidad semestral, a cuyo vencimiento debera verificarse la misma accion. Articulo 5º.- Autorizar a la Gerencia de Servicios Publicos el cumplimiento de la presente Ordenanza, proponiendo de ser el caso, las medidas reglamentarias al Despacho de Alcaldia que MORDAZA necesarias para su mejor aplicacion, de acuerdo a las circunstancias y situaciones reales que se presenten. POR TANTO: De conformidad con el articulo 20º inciso 5) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, promulgo la presente Ordenanza, disponiendo su publicacion con arreglo al articulo 44º de la misma Ley. Dado en la MORDAZA Municipal del distrito de Independencia, a los cuatro dias del mes de octubre del ano dos mil cuatro. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21085

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA
Disponen medidas de fumigacion en establecimientos publicos del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2004-MDI

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA-HUARAZ; Por Cuanto, el Concejo Municipal en su Sesion Ordinaria Nº 017-2004 de fecha 2.SEPT.2004;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.