Norma Legal Oficial del día 26 de Noviembre del año 2004 (26/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de noviembre de 2004

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES D.A. Nº 12.- Aprueban el Manual de Procedimientos de la Subgerencia de Recaudacion 281104 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Ordenanza Nº 043-2004-MDPP.- Modifican la Ordenanza Nº 0009-2000-MDPP 281104 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Ordenanza Nº 093-MSI.- Modifican articulos de la Constitucion y Reglamento de Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito 281105 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Ordenanza Nº 045.- Aprueban Beneficio Tributario referente a deudas de anos anteriores 281105 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA Ordenanza Nº 206-MSS.- Modifican la Ordenanza Nº 158MSS, que crea tasa por servicio de paseo en el tren del MORDAZA de la Amistad "Maria Grana Ottone" 281107

Ordenanza Nº 207-MSS.- Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la municipalidad 281108 Acuerdo Nº 170-2004-ACSS.- Aprueban cambio de nomenclatura del MORDAZA MORDAZA al de MORDAZA Hermanos Quinteros, urbanizacion La Castellana 281108

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUACCANA Acuerdo Nº 011-A-MDH-2004.- Declaran en situacion de urgencia la contratacion de servicios de alquiler de tractor oruga para proyecto de mejoramiento de carretera 281109 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS ORGANOS Acuerdo Nº 071-2004-MDLO/CM.- Autorizan contratar empresa especializada en saneamiento tecnico fisico-legal mediante adjudicacion directa de menor cuantia 281109 R.A. Nº 404-2004-MDLO/A.- Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el ejercicio 2004 281110

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28397
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: b.

cion jurada que precise el origen licito de su adquisicion; ademas, cumplir con los requisitos exigidos por Ley para obtener la licencia respectiva. Articulo 2º.- Garantias Las personas a que se refiere el articulo anterior gozan de las siguientes garantias: a. Derecho a solicitar la presencia de un Notario Publico, Fiscal, Juez de Paz, un representante de la Defensoria del Pueblo, autoridad comunal o eclesiastica, que dejen MORDAZA de la entrega ante la autoridad correspondiente. MORDAZA de internamiento, otorgada por la autoridad correspondiente, que permita al titular solicitar la posterior devolucion del arma, en caso de que esta sea de uso particular. No puede ejercerse contra ellas, segun el caso, accion penal, civil o administrativa por la tenencia ilegal de MORDAZA de uso civil y/o de MORDAZA, municion, granadas de MORDAZA o explosivos.

c.

LEY DE AMNISTIA Y REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE MORDAZA DE USO CIVIL, MORDAZA DE USO DE MORDAZA, MUNICIONES, GRANADAS O EXPLOSIVOS
Articulo 1º.- Amnistia y regularizacion 1.1 Declarase la amnistia para todas las personas naturales o juridicas que posean ilegal o irregularmente MORDAZA de uso civil y/o de MORDAZA, municion, granadas de MORDAZA o explosivos, a fin de que se proceda a su entrega, para ser regularizadas ante la autoridad policial, militar o Ministerio Publico, en el plazo de ciento ochenta (180) dias calendario, contados a partir de la vigencia del Reglamento de la presente Ley. 1.2 Las personas que no cuenten con documentacion que acredite la adquisicion licita del arma de uso civil que posean, para lograr su inscripcion, deben presentar, por unica vez, declara-

Articulo 3º.- Destino final La autoridad policial, militar y el Ministerio Publico que reciban MORDAZA de uso civil y/o de MORDAZA, municion, granadas de MORDAZA o explosivos, deben remitirlas oportunamente a la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil ­ DICSCAMEC, para el procesamiento correspondiente, a fin de establecer su destino final, conforme a lo regulado en el Reglamento correspondiente. Articulo 4º.- MORDAZA penal y sancion Vencido el plazo establecido en el articulo 1º, las personas naturales o juridicas que posean en forma ilegal o irregular, MORDAZA de uso civil y/o de MORDAZA, municion, granadas de MORDAZA o explosivos, seran sancionadas administrativamente y procesadas penalmente conforme a lo establecido en el articulo 279º del Codigo Penal. Articulo 5º.- MORDAZA reglamentaria La presente Ley sera reglamentada mediante decreto supremo refrendado por los Ministros del Interior, de Defen-

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