Norma Legal Oficial del día 26 de Noviembre del año 2004 (26/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, viernes 26 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES
DECRETA:

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Que el articulo 198º de la Constitucion Politica del Peru confiere Regimen Especial a la capital de la Republica otorgandole competencias y funciones de caracter metropolitano; Que en dicho MORDAZA constitucional y especificamente en materia de transporte MORDAZA, el numeral 7 del articulo 161º de la Ley Organica de Municipalidades otorga facultades exclusivas a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para que dentro de su jurisdiccion otorgue concesiones, autorizaciones y permisos de operacion para la prestacion de las distintas modalidades de servicio publico de transporte de pasajeros y carga, de ambito MORDAZA e interurbano; De conformidad con inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- Disponer que dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solo podran circular las empresas de transporte publico MORDAZA e interurbano de pasajeros que cuenten con autorizaciones o permisos provisionales autorizados por esta comuna; debiendo, en consecuencia, ejecutarse todos los operativos que fueren necesarios para impedir que se viole la competencia y atribuciones de esta municipalidad. Articulo Segundo.- Oficiar a la Setima Region de la Policia Nacional del Peru a efectos que brinde el apoyo necesario para el desarrollo de los operativos dispuestos en el articulo precedente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA Metropolitano de MORDAZA 21418

Articulo Primero.- Precisar que el Factor Promedio por Costo de Servicios y MORDAZA de Comercio (FPCC) para el calculo de los arbitrios 2004 para inmuebles destinados a comercio, detallado en el punto 3) del rubro "Parametros de Distribucion" del Anexo 3 de la Ordenanza Nº 206-MDB, esta expresado en Nuevos Soles por Metro Cuadrado. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 21308

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion convocado para la adquisicion de vigas y planchas de MORDAZA para la construccion de MORDAZA vehicular
RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 1495/04-MDL
Chosica, 19 de noviembre de 2004 Visto el Memorandum Nº 827-2004/GAF-MDLCH e Informe Nº 052-2004/GAJ-MDLCH de la Gerencia de Administracion y Finanzas, el Informe Nº 253-2004-VAVA-GODU/ MDLCH de la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA y el Informe Nº 686-04/GAJ-MDLCH de la Gerencia de Asesoria Juridica, respecto a la nulidad parcial, de oficio, del MORDAZA de Seleccion denominado Adjudicacion Directa Selectiva Nº 004-2004/GODU/MDLCH; CONSIDERANDO: Que, mediante los informes de vistos se expresa la identificacion de causales de nulidad de oficio del MORDAZA de Seleccion denominado Adjudicacion Directa Selectiva Nº 004-2004/GODU/MDLCH para la adquisicion de vigas y planchas de MORDAZA A-36 estructural a ser utilizados en la obra de "Construccion del MORDAZA Vehicular Martires de la Policia Nacional del Peru de Lurigancho - Chosica", llevada a cabo por la Administracion Municipal, por lo que se ha sugerido se declare de oficio la nulidad parcial de dicho MORDAZA, hasta la etapa de convocatoria, a efectos de iniciar un MORDAZA MORDAZA de Seleccion, en vista de haberse cambiado la modalidad de ejecucion de la obra; agregandose que no se comunico oportunamente el MORDAZA de adquisicion de bienes necesarios para la obra al CONSUCODE; Que, estando a lo dispuesto por el Art. 57º del D.S. Nº 019-2001-PCM, el Art. 26º D.S. Nº 013-2001-PCM, el D.S. Nº 021-2001-PCM y lo dispuesto por el Art. 7º de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; y a la conformidad de las Gerencias de Obras y Desarrollo MORDAZA, Administracion y Finanzas y Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones delegadas mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1026-03/MDL, en virtud a lo expuesto por el Art. 20º, inciso 20), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Primero.- Declarar de oficio la NULIDAD parcial del MORDAZA de Seleccion denominado Adjudicacion Directa Selectiva Nº 004-2004-GODU/MDLCH para la Adquisicion de Vigas y Planchas de MORDAZA A-36 Estructural para la Construccion del MORDAZA Vehicular denominado Martires de la Policia Nacional del Peru del distrito de Lurigancho - Chosica. Segundo.- Revertir el MORDAZA de seleccion descrito hasta la etapa de convocatoria y disponer se inicie un MORDAZA MORDAZA de seleccion, en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente.

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Precisan que el Factor Promedio por Costo de Servicios y MORDAZA de Comercio (FPCC) para el calculo de arbitrios 2004 de inmuebles destinados a comercio, esta expresado en nuevos soles por metro MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2004-MDB
MORDAZA, 22 de noviembre del 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO VISTA, la Ordenanza Nº 206-MDB de fecha 17 de agosto del 2004, cuyos anexos fueran modificados por el Decreto de Alcaldia Nº 013-2004-MDB, cuyo contenido fuera ratificado por Ordenanza Nº 219A-MDB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 206-MDB se modifico la estructura de costos aprobada por Ordenanza Nº 173MDB y la distribucion de los arbitrios aprobada por Ordenanza Nº 174-MDB; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 013-2004-MDB, ratificado por Ordenanza Nº 219A-MDB se modifico parte de los anexos de la Ordenanza Nº 206-MDB; Que, se ha advertido que en el cuadro correspondiente al Factor Promedio por Costo de Servicios y MORDAZA de Comercio (FPCC) contenido en el Anexo 3 de la Ordenanza Nº 206-MDB, no se ha precisado que los factores estan expresados en Nuevos Soles por Metro Cuadrado; Que, la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 174-MDB faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la referida ordenanza; Que, es necesario precisar como esta expresado el Factor Promedio por Costo de Servicios y MORDAZA de Comercio (FPCC) para el calculo de los arbitrios para inmuebles destinados a comercio; En uso de las facultades conferidas por la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 174-MDB y articulo 20º inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972;

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