Norma Legal Oficial del día 24 de Enero del año 2005 (24/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 24 de enero de 2005

ba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 1542001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", modificado por Decreto Supremo Nº 107-2003-EF; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0004-2005/SBN-GO-JAR, de fecha 12 de enero de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo denominado Parcela A de 5'513,440.39 m², ubicado a la altura del Km. 182 de la Carretera Panamericana Norte, distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, segun la documentacion tecnica que sustenta la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA Barranca- de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 01361

S/. 40.00 por concepto de servicios y/o documentos que demanda el Matrimonio Civil el cual debe ser abonado en Tesoreria, y S/. 10.00, por costo de laboratorio, que debera ser abonado en el propio Centro Medico Municipal, totalizando S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General, por medio de la Unidad de Registro Civil, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 01446

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA
Aprueban proyectos de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
REF. EXP. REG. Nº 068-2003 CIA. INMOBILIARIA CONSTRUCTORA Y DE TRANSPORTES "ESTRELLA ANDINA" S.A. CICONTESA RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 1567/04-MDL Chosica, 10 de diciembre de 2004 Visto el expediente Nº 068-2003, de fecha 9 de enero del 2003, organizado por la empresa Compania Inmobiliaria Constructora y de Transportes "Estrella Andina" S.A. (CICONTESA), solicita aprobacion de regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, construccion simultanea de viviendas, ejecucion de obras restantes en forma progresiva, celebracion de contratos de venta garantizada y la libre disponibilidad de lotes sin el requerimiento de la recepcion de obras, sobre el terreno de 5,285.00 m², constituido por el sublote 7-A, de la manzana C, frente a la MORDAZA Archipielago, parcelacion MORDAZA y semirustica La Capitana, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por acuerdo de la Comision Tecnica de Revision de Proyectos de Habilitaciones Urbanas del distrito de Lurigancho Nº 007-04-CTHU-SGTT-GODU-MDLCH, tomado en Sesion de fecha 26 de marzo del 2004, se aprueba el proyecto de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para uso de Vivienda - Taller de Densidad Media (I1-R4), del terreno de 5,285.00 m², constituido por el sublote 7A, de la manzana C, frente a la MORDAZA Archipielago, parcelacion MORDAZA y semirustica La Capitana, ubicado dentro de la jurisdiccion del distrito de Lurigancho - Chosica; Que, de conformidad con el articulo 3º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, su modificatoria aprobada por Ley Nº 27135 y el T.U.O de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 011-98-MTC, publicado el 5 de junio de 1998, corresponde a las Municipalidades Distritales en el ambito de su respectiva jurisdiccion, conocer y aprobar la solicitud de Habilitacion MORDAZA a partir de la vigencia de la Ley; Que, la recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentacion: a. Formulario 3 (Solicitud de Habilitacion MORDAZA Ejecutada), suscrita por su representante y profesional responsable. b. MORDAZA del testimonio de la escritura de compra venta otorgada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA a favor de la empresa recurrente. c. MORDAZA literal de la partida Nº 11361126, emitida por el Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA donde consta la inscripcion del predio, a nombre de la empresa solicitante. d. MORDAZA literal de la partida Nº 00075671, del Registro Mercantil donde consta la inscripcion de la empresa solicitante y el registro de sus mandatarios.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen celebracion de matrimonio civil comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2005-MDB Barranco, 17 de enero del 2005 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Plan de Accion de la Unidad de Registro Civil para el ano 2005, respecto a la Celebracion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Barranco; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Barranco, desea promover la union familiar, y en vista que el matrimonio y la familia son el nucleo prioritario de la sociedad, es procedente autorizar, impulsar y difundir la realizacion de una Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario; De conformidad con lo dispuesto por el Codigo Civil vigente, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; y con la opinion favorable de la Unidad de Registros Civiles, Oficina de Asesoria Juridica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, en el distrito de Barranco, el dia lunes 14 de febrero del 2005. Articulo Segundo.- Dispensar a los contrayentes del tramite de publicacion de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto en el articulo 252º del Codigo Civil vigente. Articulo Tercero.- Disponer la obligacion de los contrayentes de presentar los requisitos que dispone el articulo 248º del Codigo Civil y de efectuar el pago de

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