Norma Legal Oficial del día 18 de Mayo del año 2005 (18/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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que debera retornar a su cargo de origen, previo conocimiento de la Oficina de Personal. Articulo Tercero.- Las disposiciones emanadas de la presente Resolucion se haran efectivas a partir del dia 18 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Cuarto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 09245

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban el Informe Defensorial Nº 92, relativo a la proteccion del patrimonio arqueologico y del medio ambiente
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 011-2005/DP MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2005 VISTO: El Informe Defensorial Nº 92 que da cuenta de los resultados de la investigacion realizada por la Oficina Defensorial de MORDAZA, respecto al cumplimiento del deber de proteccion del patrimonio arqueologico y del medio ambiente, por parte de las entidades de la Administracion Publica involucradas en los procedimientos de naturaleza urbanistica seguidos por las empresas Inmobiliaria Kainos S.A y Malls Peru S.A., en relacion con el predio ubicado con frente a la avenida La MORDAZA Nº 2355, en el distrito de San MORDAZA, cerca de la denominada MORDAZA Huantinamarca. ANTECEDENTES: Primero.- Queja presentada y problemas planteados. El 13 de setiembre de 2004, el Comite para el Planeamiento MORDAZA Sostenible de San MORDAZA (en adelante COPLAN) presento queja ante la Defensoria del Pueblo contra la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (MML), la Municipalidad Distrital de San MORDAZA (MDSM) y el Instituto Nacional de Cultura (INC), cuestionando el cumplimiento de sus deberes de proteccion del patrimonio arqueologico y del medio ambiente, en los procedimientos de planeamiento integral, habilitacion MORDAZA y autorizacion para obra, seguidos por Kainos S.A y Malls Peru S.A. En materia de proteccion del patrimonio arqueologico, los principales problemas estuvieron relacionados con la falta de oportunidad en la intervencion del INC para el tramite de los referidos procedimientos urbanisticos y, en particular, el procedimiento para la emision de los Certificados de Inexistencia de Restos Arqueologicos Nº 2004-131 y Nº 2004-0245 (CIRA), los cuales determinaron que no existian restos arqueologicos en la superficie del inmueble cercano a la MORDAZA Huantinamarca. En materia de proteccion ambiental, el principal cuestionamiento estuvo dirigido a la legalidad del procedimiento seguido para la aprobacion del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por KAINOS, especificamente en lo referido a la autoridad competente para aprobarlo, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental, MORDAZA que somete a previa evaluacion ambiental a los proyectos de inversion publica o privada que impliquen actividades, construcciones u obras que puedan causar impactos ambientales negativos. Segundo.- Posicion de las entidades involucradas. La documentacion recogida por la Defensoria del Pueblo ha permitido establecer que KAINOS impulso los citados procedimientos urbanisticos sobre el inmueble de su propiedad, de un area de 71,916.52 m², adquirido a la Feria Internacional del MORDAZA S.A. (FIP) en el mes de marzo de 2003. De acuerdo a la informacion proporcionada por el Director Nacional del INC, el area ocupada por el inmueble de propiedad de KAINOS no involucraba a la MORDAZA Huantinamarca, aunque estuviera ubicada dentro del terrenos de la FIP. Respecto al area edificada, el citado organo senalo que la distancia existente entre la MORDAZA y el limite del terreno era 290 m., aproximadamente, "comprobandose (...) que la MORDAZA Huantinamarca, la MORDAZA Rosada y el Complejo Maranga se encuentran fuera de la actual MORDAZA de construccion" (sic). Por su parte, el Secretario General del Concejo de la MML informo que el MORDAZA no era exigible para el procedimiento de habilitacion MORDAZA, por cuanto la MORDAZA

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de profesional para participar en MORDAZA que se llevara a cabo en Holanda
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 033-2005 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2005 CONSIDERADO: Que, el Banco Central de Reserva del Peru tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre sus funciones esta la de administrar las reservas internacionales; Que, para el cumplimiento de la referida funcion, la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos propender a la optima administracion de las reservas internacionales del MORDAZA, velar por la oportuna y correcta ejecucion de las inversiones en el contexto del MORDAZA internacional y fortalecer los vinculos con organismos e instituciones del exterior; Que, en tal sentido, se considera conveniente la participacion de la entidad en el MORDAZA "Global Central Bank Seminar 2005", organizado por el ABN AMRO que se llevara a cabo del 30 de MORDAZA al 4 de junio del ano en curso en la MORDAZA de Amsterdam, Holanda, para lo cual han cursado invitacion a este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de 10 de marzo de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje por estudios del senor MORDAZA MORDAZA Zanabria Gainza, Analista Profesional del Departamento de Operaciones con el Exterior, del 29 de MORDAZA al 4 de junio, a la MORDAZA de Amsterdam, Holanda, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes US$ 1 181,86 Viaticos US$ 260,00 Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 28,24 TOTAL US$ 1 470,10 Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA DANCOURT MORDAZA Vicepresidente Encargado de la Presidencia 09068

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