Norma Legal Oficial del día 23 de Octubre del año 2005 (23/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 23 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES
ARBITRIO ANUAL DE : PARQUES Y JARDINES Basura Comercio S/. 2.5153 S/. 2.3777 S/. 1.8478 S/. 2.2351 MORDAZA A S/. 10.55 S/. 10.40 S/. 8.51 S/. 7.20 MORDAZA B S/. 130.87 S/. 130.17 S/. 108.93 S/. 92.58

Pag. 302875
SERENAZGO MORDAZA - Hab. S/. 53.29 S/. 52.81 S/. 45.94 S/. 74.69 Comercio S/. 101.25 S/. 100.34 S/. 87.29 S/. 141.90

EJERCICIO 2001 2002 2003 2004

Barrido de Calles S/. 12.80 S/. 12.80 S/. 11.29 S/. 9.79

LIMPIEZA PUBLICA Recoleccion de MORDAZA - Hab. S/. 1.7111 S/. 1.6176 S/. 1.2571 S/. 1.5205

EJERCICIO 2001 2002 2003 2004

Barrido de Calles S/. 1.0667 S/. 1.0667 S/. 0.9408 S/. 0.8158

LIMPIEZA PUBLICA Recoleccion de MORDAZA - Hab. S/. 0.1426 S/. 0.1348 S/. 0.1048 S/. 0.1267

ARBITRIO MENSUAL DE : PARQUES Y JARDINES Basura MORDAZA A MORDAZA B Comercio S/. 0.2096 S/. 0.8792 S/. 10.9058 S/. 0.1981 S/. 0.8667 S/. 10.8475 S/. 0.1540 S/. 0.7092 S/. 9.0775 S/. 0.1863 S/. 0.6000 S/. 7.7150

SERENAZGO MORDAZA - Hab. S/. 4.4408 S/. 4.4008 S/. 3.8283 S/. 6.2242 Comercio S/. 8.4375 S/. 8.3617 S/. 7.2742 S/. 11.8250

Articulo 12º.- ACTUALIZACION DE LA DEUDA La deuda se actualizara en funcion al Indice de Precios al Consumidor (IPC), desde la fecha de vencimiento original de los arbitrios correspondiente a los ejercicios 2001, 2002, 2003 y 2004, hasta la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de Concejo Ratificatorio de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Estos importes actualizados con el IPC se mantendran hasta el 31 de Diciembre del 2005, luego de lo cual, aquellos no pagados, se capitalizaran y se aplicara la Tasa de Interes Moratorio (TIM), establecido por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT), de conformidad con el Articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado con Decreto Supremo Nº 135-99-EF. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Facultese al MORDAZA Distrital, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segunda.- Encargar a las Direcciones de Rentas y de Informatica la implementacion de la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a las Direcciones de Bienestar Social y de Imagen Institucional la implementacion de un Programa de Sensibilizacion dirigido a los contribuyentes del distrito, de manera que se le haga conocer los antecedentes, motivos e implicancias que motivaron la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar al Secretario General la prepublicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con lo establecido en la normatividad tributaria vigente. Segunda.- Encargar al Secretario General la remision de la presente Ordenanza, asi como de los Anexos que la sustentan, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su ratificacion. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo Ratificatorio, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- Deroguese las Ordenanzas Nºs. 058 y 059/ MDLV del ano 2000, Nº 075/MDLV del 2001; asi como, las Ordenanzas Nºs. 002-03/MDLV, 021-04/MDLV y 04104/MDLV; y toda aquella disposicion que se oponga a la presente norma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ANEXO Nº 01 INFORME TECNICO LEGAL SUSTENTATORIO DE LA ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MORDAZA MORDAZA LEGAL DEL REGIMEN TRIBUTARIO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS FISCALES 2001, 2002, 2003 Y 2004 I. ANTECEDENTES Con fecha 17 de agosto del 2005, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Sentencia del Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional de fecha 16 de MORDAZA del 2005, emitida como consecuencia de la Demanda de Inconstitucionalidad interpuesta por la Defensoria del Pueblo contra las Ordenanzas que regularon el regimen de arbitrios de la Municipalidad de Miraflores en el periodo 1997 a 2004, esta Sentencia establece claramente la posicion del Tribunal Constitucional y las reglas de observancia obligatoria respecto al parametro de control de la produccion normativa municipal, a la capacidad contributiva, y a los criterios de distribucion establecidos para determinar el importe de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Esta Sentencia se constituye como un precedente vinculante para el resto de Municipalidades, por lo que la Municipalidad de La MORDAZA no puede ser ajena a sus alcances. II. ANALISIS DE CONSTITUCIONALIDAD DE LAS ORDENANZAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA Teniendo en consideracion las reglas de observancia obligatoria y los criterios vinculantes establecidos por el Tribunal, es menester efectuar el analisis de las Ordenanza que establecen el MORDAZA Legal del Regimen Tributario y el importe de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del Distrito de La MORDAZA, a efectos de determinar si las mismas incurren en los supuestos de inconstitucionalidad, de fondo o de forma. 1. ANO 1994: Edicto Nº 003-94 Aprobado por el Concejo Municipal el 18 FEB 1994, ratificado por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 090 del 20 MAY 1994, establece los arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines, los mismos que se calculaban en funcion del autoavaluo determinado en la Declaracion Jurada de Predios. Si bien la normatividad vigente a esa fecha senalaba que las Tasas se establecian con Edicto, este presenta un vicio de inconstitucionalidad de forma al haber sido ratificado con posterioridad a la fecha establecida por el Tribunal Constitucional. 2. ANO 1996: Decreto de Alcaldia Nº 015-96 De la busqueda en la Base de Datos de el Diario Oficial El Peruano no se encontro Edicto alguno que estableciesen las Tasas de arbitrios para dicho ejercicio; sin

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