Norma Legal Oficial del día 02 de Diciembre del año 2006 (02/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES
Cod. Exp. 21188306 Inicio y llegada de la linea electrica SE Socabaya ­ SE Cerro MORDAZA

333817
Nivel de N° de Longitud Ancho de (km.) la Faja Tension Ternas (m) ( kV ) 220 02 9,70 25

Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 6414-8

b) Subestaciones:
Expediente Descripcion de la servidumbre Area de Servidumbre Suelo: 12 019,43 m² y sus aires. MORDAZA de Propiedad Publica y privada MORDAZA de terreno Eriazo

Imponen servidumbre de electroducto para linea de transmision a favor de concesion definitiva de transmision ubicada en la provincia de MORDAZA y de la que es titular Sociedad Minera Cerro MORDAZA S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 554-2006-MEM/DM MORDAZA, 20 de noviembre de 2006 VISTO: El Expediente Nº 21188306, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de electroducto para la Linea de Transmision de 220 kV SE Socabaya ­ SE Cerro MORDAZA y Subestaciones, organizado por Sociedad Minera Cerro MORDAZA S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11386053 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, Sociedad Minera Cerro MORDAZA S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 220 kV SE Socabaya ­ SE Cerro MORDAZA, en merito de la Resolucion Suprema N° 013-2006-EM, publicada el 23 de febrero de 2006, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de electroducto para dicha Linea de Transmision y Subestaciones, ubicada en los distritos de Socabaya, Sabandia, Mollebaya y Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el articulo 112° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, dispone que el derecho de imponer una servidumbre al MORDAZA de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que MORDAZA cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, Sociedad Minera Cerro MORDAZA S.A.A. ha cumplido con efectuar a los propietarios el pago por concepto de compensacion e indemnizacion por danos y perjuicios en razon de la servidumbre; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109° de la Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, siendo de aplicacion esta MORDAZA al predio de propiedad del Estado sobre el que tambien pasa un tramo de la referida Linea de Transmision; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe N° 291-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de transmision de la que es titular Sociedad Minera Cerro MORDAZA S.A.A., la servidumbre de electroducto para la Linea de Transmision de 220 kV SE Socabaya ­ SE Cerro MORDAZA y Subestaciones, ubicada en los distritos de Socabaya, Sabandia, Mollebaya y Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme a los siguientes cuadros: a) LT 220 kV SE Socabaya ­ SE Cerro Verde:

21188306

Subestacion Socabaya Coordenadas UTM: Vertice Norte 14 8 177 042,2200 15 8 177 067,4406 16 8 177 075,5655 17 8 177 180,4880 18 8 177 188,1890 19 8 177 143,0055 20 8 177 032,1247 21 8 177 049,5515 22 8 177 024,3309 Este 231 381,9303 231 367,4048 231 381,0697 231 319,1100 231 318,0730 231 242,0810 231 308,0087 231 337,3179 231 351,8435

Expediente

Descripcion de la servidumbre

Area de Servidumbre Suelo: 8 280,27 m² y sus aires.

MORDAZA de Propiedad Publica

MORDAZA de terreno

21188306

Subestacion Cerro MORDAZA Coordenadas UTM: Vertice Norte 1 8 172 460,2226 2 8 172 355,3827 3 8 172 343,1366 32 8 172 397,1222 33 8 172 398,5874 34 8 172 449,4520 Este 223 617,5878 223 601,9482 223 684,0399 223 691,9668 223 682,2011 223 689,7889

Eriazo

Articulo 2°.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3°.- Sociedad Minera Cerro MORDAZA S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4°.- Sociedad Minera Cerro MORDAZA S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5°.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolucion no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Articulo 6°.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 6122-1

Reconocen servidumbres convencionales de ocupacion de bienes a favor de concesiones definitivas de distribucion de las que es titular Luz del Sur S.A.A., para la instalacion de subestaciones de distribucion electrica ubicadas en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 557-2006-MEM/DM MORDAZA, 21 de noviembre de 2006

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