Norma Legal Oficial del día 09 de Febrero del año 2006 (09/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2006

como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 12 de diciembre del 2006 12 de diciembre del 2007 12 de diciembre del 2008 12 de diciembre del 2009 12 de diciembre del 2010

Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC y 017-2005-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que estas se realicen con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por EL TALLER C.M.V. S.R.L., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autor izacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6,2 de la Directiva Nº 0012005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: - Solicitud firmada por el representante legal de EL TALLER C.M.V. S.R.L.; - Fotocopia del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de Sociedad denominada "El Taller de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada" de fecha 7 de junio del 2001 otorgada ante Notario Publico MORDAZA Landi Grillo, y del Testimonio de Adopcion de Acuerdos de fecha 21 de junio de 2005 otorgado por "EL TALLER C.M.V. S.R.L." ante el Notario Publico MORDAZA Bazan". - Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA y Callao, correspondiente a la partida Nº 11292305, que acredita las facultades de representacion de la persona natural que actua en representacion del solicitante y la vigencia del mismo, debidamente inscrito en los Registros Publicos; expedido con fecha 24 de enero de 2006. - Certificado de Inspeccion de Taller Nº PER-300/05327-001 de fecha 10 de enero del 2006, emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones BUREAU VERITAS S.A., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. - Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la Directiva Nº 0012005-MTC/15, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes. - Nomina del personal tecnico del Taller que incluye nombres completos y numeros de sus documentos de identidad, y MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion y experiencia en conversiones vehiculares al sistema de combustion a GNV. - MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion Nº 1074PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de GN ABAGAS PERU S.A.C. en el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC.

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 29 de agosto del 2006 29 de agosto del 2007 29 de agosto del 2008 29 de agosto del 2009 29 de agosto del 2010

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 02339

Autorizan a empresa operar Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV) en el distrito de Surquillo, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 450-2006-MTC/15 MORDAZA, 26 de enero de 2006 VISTOS: El Expediente Nº 2006-002702 presentado por EL TALLER CMV S.R.L., mediante el cual solicita autorizacion como Taller de Conversion a GNV al taller denominado "EL TALLER" para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de

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