Norma Legal Oficial del día 09 de Febrero del año 2006 (09/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2006

Articulo Segundo.- DENEGAR al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social la difusion de sus competencias mediante el uso de chalecos con las caracteristicas tecnicas senaladas en la parte considerativa. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 02370

promover la MORDAZA educativa "Cruzada por la Educacion de Ninos con Discapacidad" en el plazo y en los terminos que se senalan en los documentos anexos que forman parte de la solicitud presentada. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la seccion normas legales del Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS MORDAZA MORDAZA 02371

Autorizan a la Comision Especial de Estudio Sobre Discapacidad del Congreso de la Republica la contratacion de publicidad para la MORDAZA educativa "Cruzada por la Educacion de Ninos con Discapacidad"
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL MORDAZA CENTRO RESOLUCION Nº 058-2006-JEE/LC MORDAZA, 7 de febrero del 2006 VISTO: El Oficio Nº 036-2006-JDC-CEED/CR de la Comision Especial de Estudio Sobre Discapacidad del Congreso de la Republica, del 3 de febrero de 2006, sobre autorizacion de difusion de publicidad estatal mediante MORDAZA masiva en medios de comunicacion; en estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Organica de Elecciones y de la Resolucion Nº 387-2005JNE; y, CONSIDERANDO: Que, segun el "Reglamento sobre el uso de publicidad estatal para las elecciones generales" aprobado mediante Resolucion Nº 387-2005-JNE, las entidades que requieran contratar avisos publicitarios deben solicitar autorizacion al MORDAZA Nacional de Elecciones; estableciendose en el numeral 6.4 que en ningun caso podra contener o hacer alusion a MORDAZA, nombres, signos distintivos o similares de alguna organizacion politica de forma tal que la ciudadania lo relacione, directa o indirectamente, con esta o con el gobierno de turno; Que, la entidad solicitante informa que la MORDAZA "Cruzada por la Educacion de Ninos con Discapacidad" tiene como objeto cerrar la brecha de exclusion que deja fuera del sistema educativo a cerca de 900,000 ninos y jovenes con discapacidad y esta conformada por un spot de radio, un spot de television, afiches a ser distribuidos en plazas, MORDAZA, hospitales, postas medicas, entre otros, iniciandose el 15 de febrero del presente de acuerdo a las condiciones tecnicas que se presentan; Que, analizados los requisitos de admisibilidad y el contenido de los diversos medios de difusion de la MORDAZA a que se refiere el considerando anterior, se tiene que esta es de utilidad publica y no colisiona con las normas limitativas sobre publicidad estatal; Por los fundamentos expuestos, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 178º de la Constitucion, y en uso de las facultades de que esta investido el MORDAZA Electoral Especial MORDAZA - Centro; RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Comision Especial de Estudio Sobre Discapacidad del Congreso de la Republica, la contratacion de publicidad a fin de

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones judiciales contra presuntos responsables de la comision de delitos contra la Fe Publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1103-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 3 de noviembre de 2005 VISTOS: Los Oficios Nºs. 206-2005/GO/RENIEC y 1477-2005GP/RENIEC, y el Informe Nº 1233-2005-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 11 de octubre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, conforme los documentos del visto, se tiene que con fecha 6 de febrero de 2001, ante la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA - MORDAZA, se inscribio la Partida de Defuncion Nº 00371229 correspondiente a MORDAZA ESTILITA MORDAZA LINARES; Que, posteriormente, con fecha 16 de octubre de 2003, se inscribe el mismo hecho MORDAZA ante la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Chepen La MORDAZA, generandose el Acta de Defuncion Nº 00678866, a nombre de MORDAZA ESTILITA MORDAZA LINARES; declaracion que fue efectuada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA CRUZ; Que, mediante el Informe Dactiloscopico y Grafotecnico Nº 048/2005/GP/BG/RENIEC, se determina que la impresion dactilar y la firma del declarante registrada en el Acta de Defuncion Nº 00678866, corresponde al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA CRUZ; Que, luego del analisis y revision del expediente, se desprende que se ha generado una doble inscripcion de defuncion de la misma persona, resultando que de la realizacion de la MORDAZA inscripcion, no solo se ha efectuado una inscripcion multiple, sino que se ha incorporado en documento publico, con el que ha de probarse el hecho, MORDAZA contrario a la verdad; resultando que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA ha insertado datos falsos ante el Registro de Estado Civil que funciona en la de la Municipalidad Provincial de Chepen - departamento de La MORDAZA, al declarar irregularmente el fallecimiento de la ciudadana MORDAZA ESTILITA MORDAZA MORDAZA, conducta tipificada en el Articulo 428º del Codigo Penal que regula el delito de falsedad ideologica, toda vez que se ha insertado en un instrumento publico, como es el Registro de Estado Civil, declaraciones falsas concernientes a hechos que deban probarse con el documento, perjudicando de esta forma

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