Norma Legal Oficial del día 15 de Abril del año 2007 (15/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2007

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Amplian vigencia de la Ordenanza N° 113-2006-MDC, que establece amnistia administrativa para locales que no cuenten con licencia de apertura de funcionamiento
DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2007-A/MDC Carabayllo, 21 de marzo de 2007 VISTO: La Ordenanza N° 113-2006-MDC de fecha 23 de octubre del 2006, que Aprueba una Amnistia Administrativa para los Locales que no Cuenten con Licencia de Apertura de Funcionamiento de Establecimiento Comercial, Industrial, de Servicios u otros, vigente hasta el 31 de diciembre de 2006, asi como el Decreto de Alcaldia N° 003-2007-A/MDC, de fecha 31 de enero de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194° de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 1132006-MDC de fecha 23 de octubre de 2006, se otorgo hasta el 31 de de diciembre de 2006 la AMNISTIA ADMINISTRATIVA PARA LOCALES QUE NO CUENTEN CON LICENCIA DE APERTURA DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, INDUSTRIAL, DE SERVICIOS U OTROS, FIJANDO TASAS REDUCIDAS EN FORMA EXCEPCIONAL EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO, siendo que es objetivo de esta administracion municipal brindar facilidades a los contribuyentes para que puedan regularizar el funcionamiento y formalizacion de los establecimientos comerciales, industriales, de servicios u otros, que no cuenten con la debida autorizacion municipal, MORDAZA por medio del Decreto de Alcaldia N° 003-2007-A/MDC, de fecha 31 de enero de 2007 hasta el 15 de marzo de 2007; por lo que es necesario otorgar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, para que puedan cumplir con sus obligaciones; Estando a lo dispuesto por el articulo 5° de la Ordenanza Municipal N° 113-2006-MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR hasta el 30 de MORDAZA de 2007, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 1132006-MDC que establece AMNISTIA ADMINISTRATIVA PARA LOCALES QUE NO CUENTEN CON LICENCIA DE APERTURA DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, INDUSTRIAL, DE SERVICIOS U OTROS, FIJANDO TASAS REDUCIDAS EN FORMA EXCEPCIONAL EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion del presente Decreto en el diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA Rural y demas instancias administrativas.

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 48690-1

Prorrogan plazo para el pago del primer trimestre del Impuesto Predial y diversas cuotas de los Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2007-A/MDC Carabayllo, 22 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como para crear, modificar y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 1562004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal senala que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o en su defecto podra ser fraccionado en cuatro cuotas trimestrales; Que, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 005-A/MDC de fecha 5 de marzo de 2007, se prorrogo el vencimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al Ejercicio Fiscal 2007 en lo que respecta al Impuesto Predial, Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo; Que, es necesario dar facilidades a los contribuyentes del distrito a fin de que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias ante la Administracion Tributaria Municipal; y, Estando a las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el vencimiento del pago del primer trimestre del Impuesto Predial hasta el 30 de MORDAZA de 2007. Articulo Segundo.- PRORROGAR el pago del vencimiento del pago de la primera, MORDAZA y tercera cuota de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo hasta el 30 de MORDAZA de 2007. Articulo Tercero.- PRORROGAR el beneficio del pronto pago del 10% de descuento de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo hasta el 30 de MORDAZA de 2007. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Informatica y a la Subgerencia de Imagen Institucional la difusion correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 48689-1

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