Norma Legal Oficial del día 17 de Abril del año 2007 (17/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2007

MORDAZA Tasayco MORDAZA, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial
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Autorizan a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a conciliar con ex Juez de Paz Letrado del distrito de MORDAZA - Tumbes, en MORDAZA sobre obligacion de dar suma de dinero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 100-2007-P-PJ

la conciliacion como una alternativa de solucionar el conflicto litigioso MORDAZA de emitirse sentencia y luego de sanearse el MORDAZA, constituyendo de esta forma la conciliacion un acto procesal obligatorio y bajo la direccion del juez (salvo en procesos en que la cuestion litigiosa sea de puro derecho), por medio del cual las partes o sus representantes proponen una formula conciliatoria o en su caso el Juez, con el objeto de dar fin al MORDAZA, cuyos acuerdos tienen los efectos de la cosa juzgada y sancionando a quien se resista al cumplimiento de lo pactado; Que, considerando que el articulo 15º del mencionado Decreto Ley Nº 17537 permite transigir a los procuradores previa emision de la Resolucion Autoritativa, resulta necesario emitir el correspondiente acto administrativo a fin de autorizar a la Procuraduria Publica del Poder Judicial a efectos de conciliar con el demandado y poner fin al MORDAZA judicial MORDAZA referido; Por estas razones, de conformidad con el Informe Nº 408-2006-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General y en uso de las facultades conferidas por el articulo 76º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley Nº 27465 y Ley Nº 27536, y con la visacion de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a efectos de conciliar con el demandado senor MORDAZA MORDAZA Sobero - ex Juez de Paz Letrado del distrito de MORDAZA - Tumbes, en el MORDAZA seguido ante MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Tumbes, signado con el Nº 1193-2005, sobre obligacion de dar suma de dinero. Articulo 2º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Procuraduria Publica, para los fines a que se contrae el presente resolutivo. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial
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MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 1077-2006-PJ-CE/PP de la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales del Poder Judicial, el Informe Nº 408-2006-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo preve el articulo 47º de la Carta Magna, la defensa de los intereses del Estado se encuentra a cargo de los Procuradores Publicos; Que, asimismo, el articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion de Defensa del Estado en Juicio, establece que la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Generales de la Republica, quienes, de acuerdo al articulo 2º del citado dispositivo, tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, de los antecedentes, se aprecia que a la fecha se viene tramitando ante el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Tumbes, un MORDAZA de Obligacion de Dar Suma de Dinero contra el senor MORDAZA MORDAZA Sobero - ex Juez de Paz Letrado del distrito de MORDAZA, Tumbes, por la suma de S/. 3 690,69 (Tres Mil Seiscientos Noventa y 69/100 Nuevos Soles); Que, en la audiencia unica del mencionado MORDAZA, en la etapa de conciliacion, el citado demandado propuso cancelar el monto adeudado en cuotas mensuales de S/. 140,00, hasta completar la totalidad de la suma adeudada; Que, conforme lo estipula el Decreto Ley Nº 17537, en su articulo 15º, los Procuradores podran convenir en la demanda, desistirse de MORDAZA o transigir los juicios, sin otro tramite que la expedicion de la Resolucion Suprema autoritativa; Que, en tal sentido, la Procuraduria Publica a efectos de aceptar la formula conciliatoria, a traves del Oficio Nº 1077-2006-PJ-CE/PP, solicita se emita dicha resolucion a fin de concluir el mencionado MORDAZA civil; Que, al respecto cabe senalar que conforme lo estipula el articulo 322º del Codigo Procesal Civil, una de las formas de conclusion del MORDAZA con declaracion sobre el fondo, viene a ser la conciliacion. Como puede apreciarse, el sistema procesal peruano contempla

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunto responsable de la falsificacion de documentos
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 103-2007-P-PJ

MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2007 VISTO: El Memorandum Nº 416-2006-RNC-GSJR-GG/PJ, del Jefe del Registro Nacional de Condenas; y CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 416-2006-RNCGSJR-GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, comunica que el dia 10 de octubre del 2006, se acerco a la ventanilla del Registro Nacional de Condenas el Sr. MORDAZA MORDAZA Briceno MORDAZA portando un Poder fuera de Registro ante el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario Publico, con la cual pretendia realizar el tramite para obtener el Certificado Judicial de Antecedentes Penales a nombre de la Sra. MORDAZA MORDAZA Briceno Berru; Que, mediante Carta s/n de fecha 31 de octubre del 2006, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Notario

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