Norma Legal Oficial del día 17 de Abril del año 2007 (17/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2007

La Mesa Directiva esta facultada para actuar en representacion de la Asamblea General, debiendo constar en Actas las decisiones o acuerdos que adopten, para lo cual se requiere la participacion de todos sus miembros. Asimismo, deben informar permanentemente a todos los delegados de dichas decisiones y acuerdos. Cualquiera de los miembros de la Mesa Directiva podra ser reemplazado por causa debidamente sustentada y con el MORDAZA aprobatorio de los dos tercios (2/3) de los miembros de la Asamblea; salvo el caso de renuncia o licencia que requerira de mayoria simple para su reemplazo. La Asamblea General saliente por intermedio de su Mesa Directiva, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles contados a partir del termino de su gestion; debera realizar la entrega formal del cargo entregando un informe escrito y sustentado de su gestion conjuntamente con el Libro de Actas original". "Articulo 21º B.- La Junta Preparatoria se desarrolla culminado el MORDAZA eleccionario y esta integrada por todos los delegados proclamados por el Comite Electoral Nacional para efecto de organizar y planificar con la debida anticipacion el inicio de la gestion para la cual fueron elegidos. Dicha Junta se reunira por una sola vez. La Junta Preparatoria sera convocada por el Comite de Administracion en el mes de Junio de cada dos anos; contando con la participacion de todos los delegados proclamados, quienes se avocaran unicamente a tratar los siguientes temas: a) La entrega de credenciales por parte del Comite Electoral Nacional. b) La eleccion por MORDAZA directo, secreto y universal de cada uno de los miembros de la Mesa Directiva entrante, quienes seran elegidos cargo por cargo y por mayoria simple. c) La eleccion por MORDAZA directo, secreto y universal de los dos representantes ante el Comite de Administracion y sus respectivos suplentes, quienes tambien seran elegidos por mayoria simple. Cada uno de los candidatos debera postular con su suplente respectivo. Los acuerdos que adopte la Junta deberan plasmarse en un acta que sera remitida tanto al Comite de Administracion como a la Asamblea General cuando inicien sus actividades. La Junta Preparatoria es conducida por los dos representantes de los trabajadores elegidos en las elecciones generales para integrar el Comite de Administracion; su encargo dura hasta la culminacion de la misma y deberan velar porque participen del acto eleccionario solo los delegados titulares. Salvo en caso de ausencia debidamente justificada, se permitira la participacion de los suplentes". "Articulo 23º.- La designacion de los treinta (30) delegados de los trabajadores ante la Asamblea General, se MORDAZA por votacion secreta, directa y universal, previa convocatoria a elecciones y su mandato tendra una duracion de dos (2) anos que se computara desde el 1 de MORDAZA del ano en que se realizo la eleccion de los citados Delegados hasta el 30 de Junio del MORDAZA ano posterior a su eleccion. Esta regla sera aplicable a los treinta (30) delegados de los trabajadores ante la Asamblea General aun cuando hayan sido elegidos en fecha posterior via elecciones complementarias". "Articulo 24.- La Asamblea General se reunira en sesion ordinaria al menos dos (2) veces al ano, y en sesion extraordinaria en los siguientes casos: a) Cuando sea necesaria la eleccion de los representantes de los trabajadores ante el Comite de Administracion o cualquiera de los miembros de la Mesa Directiva. b) Cuando sea convocada por el Presidente del Comite de Administracion o por acuerdo de dicho Comite; c) Cuando sea convocada por los dos tercios (2/3) de los delegados de la Asamblea. Para tal fin, la

convocatoria la efectuara obligatoriamente el Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea, quien podra utilizar para la votacion los medios escritos o informaticos que certifiquen la voluntad de los delegados. No es necesario que la convocatoria se efectue en sesion de asamblea. En ningun caso los delegados suplentes podran participar en las sesiones cuando sus titulares estuvieran presentes". "Articulo 25º.- Para la validez de las sesiones de la Asamblea General se requiere en primera convocatoria de la concurrencia de al menos noventa por ciento (90%) de los delegados y en MORDAZA convocatoria de la presencia de al menos setenta por ciento (70%) de los delegados. MORDAZA convocatorias podran efectuarse el mismo dia. Los acuerdos de la Asamblea se adoptan con el MORDAZA de mas de la mitad de los miembros presentes, salvo se requiera una mayoria calificada para los casos previstos en el Estatuto y/o el Reglamento. La votacion de cada uno de los delegados presentes en las reuniones se efectuara en forma nominal, debiendo constar en actas el detalle de las votaciones. En cualquier caso, si se produjera la renuncia de delegados titulares y suplentes tal que la Asamblea quedare solo con dieciseis (16) delegados, esta a traves de la Mesa Directiva obligatoriamente convocara a elecciones complementarias para elegir a los miembros faltantes, tanto para delegados titulares como suplentes. En el supuesto que al momento de la eleccion no se hayan elegidos los treinta (30) Delegados de los trabajadores ante la Asamblea General y habiendose iniciado el mandato de los Delegados elegidos, para la validez de las sesiones se requerira en primera convocatoria de la concurrencia de al menos noventa por ciento (90%) de los delegados elegidos y en MORDAZA convocatoria de la presencia de al menos setenta por ciento (70%) de los delegados elegidos. MORDAZA convocatorias podran efectuarse el mismo dia". "Sexta Disposicion Transitoria.- Precisase que los veintidos (22) representantes elegidos como delegados ante la Asamblea General para el periodo 2007-2009, participaran en las sesiones convocadas por el Comite de Administracion para los dias 17 y 18 de MORDAZA del 2007. Asimismo, participaran en dichas sesiones los ocho (8) representantes de la Region MORDAZA Central de la asamblea saliente, sin embargo ninguno de ellos podra postular para ser elegido miembro de la nueva Mesa Directiva o Representante ante el Comite de Administracion del FESUNAT. La primera sesion sera conducida por los dos representantes de los trabajadores elegidos en las elecciones generales para integrar el Comite de Administracion; y desarrollaran unicamente los siguientes temas: a) La eleccion por MORDAZA directo, secreto y universal de cada uno de los miembros de la Mesa Directiva entrante, quienes seran elegidos cargo por cargo y por mayoria simple; b) La eleccion por MORDAZA directo, secreto y universal de los dos representantes y sus suplentes ante el Comite de Administracion, quienes seran elegidos por mayoria simple. Luego de instalada la Mesa Directiva la Asamblea General procedera a convocar a elecciones complementarias para elegir a los delegados de la Region MORDAZA Central y requerir la entrega de cargo a la Mesa Directiva de la Asamblea General saliente, otorgandole el plazo de diez dias habiles". "Septima Disposicion Transitoria.- Precisase que el periodo del mandato de los veintidos (22) Delegados de los trabajadores ante la Asamblea General elegidos para el periodo 2007-2009, asi como los ocho (8) Delegados de la region MORDAZA Central que seran elegidos en las proximas elecciones complementarias, culminara el 30 de Junio del ano 2009".

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