Norma Legal Oficial del día 13 de Diciembre del año 2007 (13/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de diciembre de 2007

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban beneficio tributario Navidad paga como puedas"
ORDENANZA Nº 287-MDB
Barranco, 11 de diciembre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO en Sesion Ordinaria de la fecha. VISTO: El Dictamen Nº 010-2007-CRAF-CDB de la Comision de Rentas, Administracion Y Finanzas, el Informe Nº 091 -2007-GAT/MDB emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, y el Informe Nº 400-07OAJ-MDB de la Oficina de Asesoria Juridica, respecto al proyecto de ordenanza que aprueba el Beneficio Tributario "En Navidad, paga como puedas"; CONSIDERANDO: Que, el objetivo de la mencionada Ordenanza es establecer, en la jurisdiccion del Distrito de Barranco, con caracter general, un Regimen de Beneficios Tributarios y No Tributarios a favor de los contribuyentes, con el objeto de incentivar la regularizacion de sus obligaciones que se encuentren pendientes de pago en la via ordinaria o coactiva; Estando a lo informado y ejerciendo las facultades, conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; y con el MORDAZA mayoritario de sus miembros, ha emitido la siguiente:

4. Multas Tributarias hasta el 2007 5. Espectaculos Publicos No Deportivos 6. Tasa de Comercio Ambulatorio

TITULO II DEL BENEFICIO
Articulo Quinto.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza se otorga el Beneficio de la CONDONACION del 100% de los reajustes e intereses moratorios acumulados en las cuentas en via ordinaria y/o Convenio de fraccionamiento de los siguientes tributos; siempre y cuando se cancele la deuda tributaria: 1. Impuesto Predial, periodos 1996 al 2007. 2. Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, y Serenazgo hasta el 2007. 3. Espectaculos Publicos No Deportivos generados hasta el 30 de septiembre de 2007 4. Tasa de Comercio Ambulatorio. Articulo Sexto.- Del Insoluto.- Mediante la vigencia de la presente Ordenanza los contribuyentes que se pongan al dia cancelando su deuda de Impuesto Predial de los anos 1995 al 2006 y sus arbitrios de los anos 2004,2005 y,2006, gozaran del100% de la condonacion del monto insoluto e intereses de las deudas por arbitrios de los anos 2003 y 2004. Articulo Setimo.-Paga Como Puedas.- Si cancelas la deuda por medio del fraccionamiento "Paga como Puedas", podras cancelar el total de la deuda con un descuento del 90% de interes, para tal efecto se debera otorgar una cuota inicial del 30% y el saldo total de la deuda fraccionada lo cancelara como pueda hasta el 28 de febrero del 2008; Si vencido el plazo no lo cancelase perdera todos los descuentos. Articulo Octavo.- Fraccionamiento Preferencial.Si las obligaciones pendientes de pago mencionadas en el articulo anterior fueran objeto de fraccionamiento, gozaran de una condonacion del 80% de los intereses y MORDAZA, .las mismas que durante la vigencia de la presente Ordenanza podran acogerse en los siguientes plazos :
TRAMOS CUOTA INICIAL Del 10% hasta 20% UIT 10% Mas de 20% hasta 40% UIT 15% Mas de 40% hasta 60% UIT 20% Mas de 60% hasta 80% UIT 20% Mas de 80% hasta 1 UIT 25% Mas de 1 UIT 30% Nº DE CUOTAS 10 cuotas como MORDAZA 14 cuotas como MORDAZA 18 cuotas como MORDAZA 20 cuotas como MORDAZA 22 cuotas como MORDAZA 24 cuotas como MORDAZA

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ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO TRIBUTARIO "EN NAVIDAD PAGA COMO PUEDAS" TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Articulo Primero.- Objetivo Establezcase en la jurisdiccion del Distrito de Barranco, con caracter general, un Regimen de Beneficios Tributarios y No Tributarios a favor de los contribuyentes, con el objeto de incentivar la regularizacion de sus obligaciones que se encuentren pendientes de pago en la via ordinaria o coactiva. Articulo Segundo.- De los Beneficios.-La presente Ordenanza comprende a los siguientes beneficios: a).- Actualizacion predial b).- Amnistia Tributaria Articulo Tercero.-Base Legal : El MORDAZA legal para la presente Ordenanza es el siguiente: · Constitucion Politica del Peru. · Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 · T.U.O. de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF · T.U.O. del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF · D.S. Nº 981 que modifica el Codigo Tributario Articulo Cuarto.- Alcances El presente Beneficio comprende a los siguientes tributos: 1. Impuesto Predial Periodo 1996 al 2007 2. Arbitrios Municipales Periodo 2002 al 2007 3. Multas Administrativas hasta la fecha de vigencia de la presente Ordenanza

TITULO III DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS
Articulo Noveno.- MULTAS ADMINISTRATIVAS.Durante la vigencia de la presente Ordenanza Las personas naturales o juridicas que tengan deudas pendientes de pago por concepto de multas administrativas emitidas inclusive durante la vigencia de la presente MORDAZA, podran cancelar las mismas con la rebaja del 80% sobre el importe de la multa siempre que el pago se realice al contado. Articulo Decimo.- MULTAS TRIBUTARIAS.- Las multas tributarias que se hayan aplicado MORDAZA de la vigencia de la presente MORDAZA, gozaran de la condonacion en un 90%, de la multa siempre que se cancele la deuda. Dicha condonacion alcanza a los intereses generados a la fecha.

TITULO IV DE LA ACTUALIZACION PREDIAL
Articulo Decimoprimero.- Mediante la presente Ordenanza se establece el procedimiento para la realizacion de la Actualizacion Predial, para aquellos predios que hayan efectuado algun MORDAZA de ampliacion, construccion y/o modificacion de su area declarada, asi como MORDAZA sido modificado su condicion del predio dentro de la jurisdiccion del distrito de Barranco.

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