Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2008 (09/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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ejercicio del control gubernamental, a fin de prevenir y verificar la correcta, eficiente y transparente utilizacion y gestion de los recursos y bienes del Estado, asi como el desarrollo MORDAZA y MORDAZA de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores publicos en beneficio de la Nacion; Que, la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicacion de la Declaracion Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores publicos del Estado, asi como su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, regulan la obligacion de presentar la Declaracion Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores publicos del Estado, conforme lo establecen los articulos 40º y 41º de la Constitucion Politica y los mecanismos de su publicidad, independientemente del regimen bajo el cual laboren, contraten o se relacionen con el Estado; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso p) del articulo 22° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es una atribucion de la Contraloria General de la Republica, recibir, registrar, examinar y fiscalizar las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas que deben presentar los funcionarios y servidores publicos obligados de acuerdo a ley; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 1742002-CG se aprobo la Directiva Nº 002-2002-CG/AC, "Procesamiento y Evaluacion de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas de las Autoridades, Funcionarios y Servidores Publicos asi como Informacion sobre Contratos o Nombramientos, remitidas a la Contraloria General de la Republica", la cual senala en su numeral 16) que la Gerencia de Fiscalizacion de Declaraciones Juradas examinara selectivamente, la veracidad y/o razonabilidad de la informacion contenida en citadas declaraciones, pudiendo para tal fin, acceder a todo MORDAZA de informacion de cualquier entidad sujeta al Sistema, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; Que, mediante el documento de visto la Gerencia de Fiscalizacion de Declaraciones Juradas ha puesto en consideracion el Proyecto de Directiva "Disposiciones para la Fiscalizacion de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas", el cual establece disposiciones de naturaleza complementaria a la Directiva Nº 002-2002-CG/AC para la ejecucion del MORDAZA de fiscalizacion de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas, con la finalidad de contar con un instrumento legal que optimice la funcion de fiscalizacion que la Contraloria General de la Republica desarrolla, en el MORDAZA de la atribucion establecida en su Ley Organica; En uso de las facultades conferidas en el literal c) del Articulo 32º de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva N° 08-2008CG "Disposiciones para la Fiscalizacion de Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas", la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologia y Sistemas de Informacion, la publicacion de la presente Resolucion y la Directiva aprobada, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 236110-1

Aprueban Directiva "Proceso Elaboracion de Informes Macro"
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 317-2008-CG MORDAZA, 8 de agosto de 2008

de

VISTO: la Hoja de Recomendacion N° 011-2008-CG/ ECG de la Gerencia de Estudios y Control de Gestion, mediante la cual se propone la aprobacion del proyecto de Directiva "Proceso de Elaboracion de Informes Macro"; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, senala que el control gubernamental consiste en la supervision, vigilancia y verificacion de los actos y resultados de la gestion publica, en atencion al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economia en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, asi como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de politica y planes de accion, evaluando los sistemas de administracion, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a traves de la adopcion de acciones preventivas y correctivas pertinentes; Que, segun lo indicado en el liberal b) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, es atribucion del Sistema Nacional de Control, formular oportunamente recomendaciones para mejorar la capacidad y eficiencia de las entidades en la toma de sus decisiones y en el manejo de sus recursos, asi como los procedimientos y operaciones que emplean en su accionar, a fin de optimizar sus sistemas administrativos, de gestion y de control interno; siendo que la Contraloria General de la Republica, en su calidad de ente tecnico rector, tiene la facultad para emitir disposiciones que permitan articular los procesos de control con los Planes y Programas Nacionales, a efecto de visualizar de forma integral su cumplimiento, generando la informacion pertinente para emitir recomendaciones generales a los Poderes Ejecutivo y Legislativo sobre la administracion de los recursos del Estado, en funcion a las metas previstas y las alcanzadas; Que, conforme a lo establecido en los Lineamientos Estrategicos Institucionales de este Organismo Superior de Control, la modernizacion del control gubernamental comprende, entre otros objetivos, la mejora de la calidad de las acciones y actividades de control, asi como el diseno e implementacion de nuevos enfoques, metodos y tecnicas de control gubernamental; a cuyo efecto se han venido desarrollando e implementando nuevos procesos de control, como la elaboracion de Informes Macro, destinados al analisis y evaluacion del cumplimiento de politicas y programas estatales, a efecto de contribuir a mejorar la gestion de los poderes y organismos del Estado; Que, mediante Resolucion de Contraloria N° 1432008-CG, se aprobo la Directiva Nº 06-2008-CG/PL "Uso de la Hoja de Costos Directos en los Procesos de la Contraloria General de la Republica", en cuyos numerales 9.2 y 9.3 se establece que la Gerencia de Estudios y Control de Gestion elaborara y propondra las normas, reglamentos o directivas necesarias para regular las actividades correspondientes al MORDAZA de Elaboracion de Informes Macro; Que, en ese sentido, mediante el documento de visto, la Gerencia de Estudios y Control de Gestion ha propuesto el proyecto de Directiva "Proceso de Elaboracion de Informes Macro", a fin que se constituya en un documento normativo para uniformar el MORDAZA de Elaboracion de Informes Macro, el mismo que se enmarca dentro de los lineamientos de control y politicas de calidad propugnados por la Contraloria General de la Republica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 32° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica;

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