Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2008 (09/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

Autorizan delegacion de funciones registrales a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas Remanzo y Providencia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 497-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008

procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4º.- La Sub Gerencia senalada, proveera los Libros de Matrimonio, a la Oficina de Registros del Estado Civil acotada, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se conforme el Comite Especial, a que hace referencia el articulo 262º del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 235386-5 RESOLUCION JEFATURAL Nº 498-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008

VISTOS: El Informe Nº 000593-2008/SGGTRC/ GRC/RENIEC, de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe Nº 000204-2008-GRC/ RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, segun el cual, el Sistema Registral esta conformado por los organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos de inscripcion, encontrandose encargadas, las Oficinas Registrales, del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA a que se refieren los Informes del Visto, ha formalizado el expediente para delegacion de funciones registrales, el cual ha sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegacion en mencion, a fin de establecer la vinculacion funcional respectiva; Que, el articulo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada Comunidad MORDAZA debe existir una Oficina de Registro de Estado Civil, disponiendo el Art. 262º del Codigo Civil que el matrimonio en las Comunidades Nativas, se tramita y celebra ante un Comite Especial, respecto a lo cual, la Comunidad MORDAZA senalada, no ha presentado el Acta de Conformacion de dicho Comite, por lo que la remision de libros para ese efecto, se efectuara una vez que se acredite la conformacion acotada; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley Nº 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Remanzo, distrito de Putumayo, provincia de Maynas y departamento de Loreto. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA referida, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento y Defuncion, a la Oficina Registral acotada; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el

VISTOS: El Informe Nº 000613-2008/SGGTRC/ GRC/RENIEC, de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe Nº 000203-2008-GRC/ RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, segun el cual, el Sistema Registral esta conformado por los organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos de inscripcion, encontrandose encargadas, las Oficinas Registrales, del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA a que se refieren los Informes del Visto, ha formalizado el expediente para delegacion de funciones registrales, el cual ha sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegacion en mencion, a fin de establecer la vinculacion funcional respectiva; Que, el articulo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada Comunidad MORDAZA debe existir una Oficina de Registro de Estado Civil, disponiendo el Art. 262º del Codigo Civil que el matrimonio en las Comunidades Nativas, se tramita y celebra ante un Comite Especial, respecto a lo cual, la Comunidad MORDAZA senalada, no ha presentado el Acta de Conformacion de dicho Comite, por lo que la remision de libros para ese efecto, se efectuara una vez que se acredite la conformacion acotada; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley Nº 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Providencia, distrito de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA referida, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento y Defuncion, a la Oficina

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