Norma Legal Oficial del día 20 de Diciembre del año 2008 (20/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 20 de diciembre de 2008

e. Sobre la defensa legal de los efectivos militares y policiales y las victimas comprendidas en las investigaciones y procesos penales por violaciones de derechos humanos.- Los efectivos militares y policiales procesados por violaciones de derechos humanos cuentan con distintos mecanismos de defensa legal. Pueden acceder, en MORDAZA, al servicio de defensa de oficio del Ministerio de Justicia. De igual modo pueden recibir apoyo de las oficinas de asesoria legal de sus respectivos Ministerios, y se ha disenado un sistema especial para tales fines (D.S. Nº 061-2006-PCM, derogado por D.S. Nº 022-2008-DE/SG). Hasta octubre del 2008, el Ministerio de Defensa informo que solo 12 efectivos militares -de un numero total de de 625- solicitaron acogerse a este sistema, y de ellos accedieron cinco. La gran mayoria de los efectivos militares (613) recibe el servicio de defensa de las oficinas de asesoria legal del Ejercito. En el caso de las victimas, pese a su pedido reiterado, hasta la fecha carecen de una unidad de defensa legal por parte del Estado. Las investigaciones preliminares y los procesos penales relacionados con casos de la CVR y la Defensoria del Pueblo comprenden a 1,099 victimas. De estas, 636 no cuentan con defensa legal. Una situacion similar se advierte en los casos que fueron parte del comunicado de prensa conjunto suscrito por el Estado peruano y la CIDH. En 50 de los 101 casos que se encuentran en investigacion preliminar, los agraviados no tienen MORDAZA legal. f. Sobre las intervenciones antropologicoforenses.- Durante los ultimos anos se advierten algunos avances en el tema, como la conformacion del Equipo Forense Especializado en el Instituto de Medicina Legal (IML), que pertenece al Ministerio Publico, la incorporacion de un numero importante de profesionales en este, y la construccion de un laboratorio especializado en Ayacucho. Es necesario precisar que subsisten problemas relacionados con la demora en la elaboracion de informes periciales y entrega de cuerpos a los familiares, la falta de adopcion de directrices y recursos para una adecuada intervencion, y el diseno de un Plan Nacional de Investigaciones Antropologico-Forenses que incluya exhumaciones humanitarias. g. Sobre la judicializacion de los casos de presunta violacion sexual contra mujeres ocurridos en la epoca de la violencia. El numero de casos de violacion sexual que se encuentran en investigacion fiscal o judicial no corresponde a la magnitud en la que, segun el Informe Final de la CVR, se presento este fenomeno en el periodo de violencia. La Defensoria del Pueblo ha tomado conocimiento de ocho casos que se encuentran en investigacion preliminar o MORDAZA penal, tres de los cuales son supervisados por nuestra institucion. Las investigaciones por casos de violacion sexual, ademas de las dificultades que afectan a la mayoria de casos de violaciones de derechos humanos, encaran problemas derivados de su propia naturaleza, tales como problemas en la tipificacion penal, deficiencias en la realizacion de pericias psicologicas y diligencias que vulneran innecesariamente la dignidad de las victimas. En esta medida, seria conveniente que la capacitacion de los operadores de justicia, en temas de derechos humanos, incluya el enfoque de genero, lo cual permitira abordar de manera adecuada estas investigaciones. Cuarto.- Casos de presuntas torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes. Entre enero del 2003 y octubre del 2008 se han recibido 530 quejas contra efectivos policiales y militares por estos actos. Se han advertido, al respecto, algunas dificultades para la investigacion de las denuncias, a saber: la indebida intervencion de las inspectorias, la falta de aplicacion del "Protocolo de reconocimiento medico legal para la deteccion de lesiones o muerte resultante de tortura" y la inadecuada tipificacion de los hechos por parte del Ministerio Publico y el Poder Judicial. Desde el ano 1998 hasta la actualidad se ha tomado conocimiento de 12 sentencias condenatorias por el delito de tortura. Estas destacan el valor probatorio que reviste la declaracion de la victima o testigos. No obstante, se han advertido dificultades en la determinacion de la pena, toda vez que en seis casos se establecieron penas por debajo del minimo legal sin una justificacion suficiente. Del mismo modo se ha observado que las reparaciones

civiles impuestas son insuficientes para una atencion integral de las victimas. Quinto.- Casos del Estado peruano ante el Sistema Interamericano y el cumplimiento de las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El Peru es uno de los paises de la region con el mayor numero de denuncias ante el Sistema Interamericano. Entre los anos 2003-2007 se presentaron ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos un total de 1,423 denuncias sobre presuntas violaciones de los derechos humanos. Hasta MORDAZA del 2008, el Estado peruano fue notificado con 556 denuncias, de las cuales 415 se encuentran en tramite, 26 pasaron a la jurisdiccion de la Corte Interamericana y 115 fueron archivadas. Sin embargo, cabe aclarar que no todas las denuncias notificadas al Estado tienen relacion con hechos ocurridos en el periodo de violencia. El 46.5% de estas esta vinculado con aspectos laborales (pensiones, despidos, destitucion de magistrados, ceses colectivos, entre otros). Respecto de los 26 casos que pasaron a la Corte Interamericana, 23 han recibido sentencias contra el Estado peruano, una demanda fue desestimada y dos casos han sido admitidos recientemente. De las sentencias emitidas, esta pendiente el cumplimiento de las medidas de indemnizacion en 11 casos, la investigacion, juzgamiento y sancion en 16 casos, las medidas de readaptacion en cuatro casos, las medidas simbolicas y actos de desagravio en seis casos, y las medidas de restitucion dispuestas en ocho casos. Sexto.- Labor de la Defensoria del Pueblo en el MORDAZA de la Ley Nº 28413. Se han recibido 2,888 solicitudes de constancias de ausencia por desaparicion forzada. De estas, se han otorgado 1,044 constancias y se han denegado 229 pedidos. En 127 casos no se cuenta con la informacion necesaria en tanto que, en 45, los interesados se desistieron de su solicitud. Por otro lado se ha tomado conocimiento de 191 procesos de declaracion judicial de ausencia por desaparicion forzada en el ambito nacional. De ellos, 80 tienen sentencia y 111 se encuentran en tramite. En la revision de los referidos procesos se advierte que subsisten problemas referidos a la notificacion de la persona desaparecida, la vulneracion del MORDAZA de gratuidad, la falta de asistencia legal para los solicitantes, entre otros. SE RESUELVE:

Articulo Primero.- APROBAR el Informe Defensorial Nº 139, titulado "A cinco anos de los procesos de reparacion y justicia en el Peru. Balance y desafios de una tarea pendiente", elaborado por la Adjuntia para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoria del Pueblo. Articulo Segundo.- A la Fiscal de la Nacion 1. REITERAR las recomendaciones contenidas en el Informe Defensorial Nº 128, con el fin de fortalecer la investigacion de casos de violaciones de derechos humanos. En tal sentido, se le RECOMIENDA: a. EVALUAR la creacion de fiscalias penales supraprovinciales, con dedicacion exclusiva, en los distritos judiciales de MORDAZA, San MORDAZA y Apurimac. b. ASEGURAR los recursos economicos que requiera la ejecucion de las medidas de proteccion a colaboradores, victimas, testigos y peritos, dispuestas por los fiscales a cargo de las investigaciones por violaciones de derechos humanos. c. GARANTIZAR que los fiscales a cargo de los casos sobre violaciones de derechos humanos reciban capacitacion permanente y los recursos necesarios para desarrollar investigaciones oportunas y eficaces. 2. FORTALECER a la Primera y MORDAZA Fiscalia Penal Supraprovincial de MORDAZA, en atencion al alto numero de denuncias que obran en las citadas fiscalias. 3. IMPLEMENTAR, en coordinacion con el Poder Judicial, una base de datos que permita registrar informacion detallada sobre los casos de violaciones de derechos humanos que se estan tramitando en el ambito nacional en las distintas instancias del Ministerio Publico

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