Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2008 (14/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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la Elaboracion y aprobacion del Cuadro para la Asignacion de Personal ­CAP- en las entidades de la administracion publica; Que, de acuerdo al articulo 13º de la MORDAZA MORDAZA referida, el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), que no incidan en un incremento del Presupuesto Analitico de Personal (PAP) de la entidad, no requiere de un MORDAZA MORDAZA de aprobacion del CAP, siendo necesario para tal fin la aprobacion mediante Resolucion de Alcaldia, previo informe tecnico de la Sub Gerencia de Racionalizacion; Que, visto el Memorando Nº 126-2008 del 12 de MORDAZA del 2008, de la Gerencia de Rentas, que precisa que es la Gerencia de Rentas la encargada de la funcion de la cobranza coactiva de la deuda tributaria y no tributaria pecuniaria para lo cual es necesario que cuenta con la plaza de Auxiliar Coactivo; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones, establece nuevas funciones en la Gerencia de Rentas y en MORDAZA se crea cuatro (04) equipos funcionales (Equipo Funcional de Servicios al Administrado, Equipo Funcional de Cobranza Coactiva, Equipo Funcional de Fiscalizacion Tributaria y Equipo Funcional de Reclamaciones) de los cuales tres (03) equipos funcionales estan a cargo de un jefe de equipo cada uno en calidad de empleado de confianza, designado por el MORDAZA a propuesta del Gerente Municipal y/o Gerente de Rentas, siendo necesaria la creacion de la plaza de auxiliar coactivo que permita la implementacion del Equipo Funcional de Cobranza Coactiva; Que, de conformidad al numeral 4º de la Directiva Nº 001-82-INAP/DNP, aprobada con Resolucion Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP, senala las Normas para la formulacion del Presupuesto Analitico de Personal (PAP) en las entidades publicas; Que, de acuerdo con el Memorando Nº 454-2008GAF/MM, de la Gerencia de Administracion, que senala que la Sub Gerencia de Recursos Humanos ha procedido al reordenamiento del presupuesto de las plazas que forman parte del Presupuesto Analitico de Personal (PAP), sin que ello implique la modificacion del mencionado presupuesto; Que, de acuerdo con el informe Nº 114-2008-SGRE, de la Sub Gerencia de Racionalizacion y Estadistica, en el que senala la necesidad de realizar una modificacion en el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), siempre y cuando no se modifique el Presupuesto de Personal aprobado para el presente ano; Que, estando a la opinion favorable de la Gerencia de Planificacion, Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica; y la Gerencia de Administracion y Finanzas; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y 43º de la Ley Organica de Municipales, Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el reordenamiento de los cargos del Cuadro Analitico de Personal (CAP) y del Presupuesto Analitico de Personal (PAP) de acuerdo a los anexos que forman parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.ENCARGAR a Secretaria General, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo a que se refiere el articulo 1º, en la pagina Web de la Municipalidad de Miraflores. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolucion a la Gerencia de Planificacion, Sub Gerencia de Racionalizacion y Estadistica, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y la Sub Gerencia de Recursos Humanos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 213069-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Conforman Equipo Tecnico para el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009
ORDENANZA Nº 236-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, el Informe Nº 0951-2008-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 101-20080500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, sobre el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano Fiscal 2009, asi como los acuerdos de la Sesion Extraordinaria del Consejo de Coordinacion Local Distrital de fecha 3 de junio de 2008 y la Sesion Ordinaria del Consejo de Coordinacion Local Distrital de fecha 11 de junio de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680 que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico, en concordancia con el articulo 5º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 054-2005-PCM, establecen la responsabilidad de los Gobiernos Locales de conducir sus procesos de planeamiento estrategico, el que se desarrolla en planes de corto, mediano y largo plazo que orientan indicativamente al sector privado y proyectan el quehacer del sector publico nacional en el ambito de su competencia; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, dispone en su articulo 17º numeral 17.1 que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestion Publica; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. Asimismo, la referida Ley establece en su articulo 97° que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados deben responder fundamentalmente a los principios de participacion, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia de las politicas locales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion; Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, establece que el MORDAZA de Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos. Que, el literal h) del articulo 1º de la Ley Nº 28056, Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, establece que el Equipo Tecnico lo integran los profesionales y tecnicos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional, los funcionarios de la Oficina de Planeamiento

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