Norma Legal Oficial del día 25 de Mayo del año 2008 (25/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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RESUELVE:

372823

UNIVERSIDADES

Autorizan emision de duplicado de titulo profesional de licenciada en enfermeria de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA RESOLUCION Nº R- 876-2008-UNSAAC/ MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2008 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL CUSCO:

VISTO, los expedientes signados con los Nºs. 004820 y 144346, presentado por la Lic. MORDAZA MORDAZA BELLOTA, solicitando emision de duplicado de diploma de Titulo Profesional, por motivo de perdida, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28626, se faculta a las universidades publicas y privadas, a expedir duplicado de diplomas de MORDAZA y Titulos Profesionales, por motivo de perdida, deterioro y mutilacion; Que, la Institucion regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de MORDAZA y Titulos mediante Directiva, aprobada por Resolucion Nº CU-224-2006-UNSAAC de 9 de noviembre de 2006; Que, la administrada por expediente del Visto, solicita la emision de duplicado de diploma de Titulo Profesional de Licenciada en Enfermeria, por motivo de perdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su peticion los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de MORDAZA y Titulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de MORDAZA por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) MORDAZA fedatada de la MORDAZA de denuncia policial; 3) MORDAZA expedida por el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) MORDAZA Certificada por el Secretario General de la UNSAAC, de la Resolucion del Consejo Universitario por la que se le confiere el Titulo Profesional de Licenciado en Enfermeria; 5) Publicacion en el Diario del MORDAZA, del aviso de la perdida de su diploma de Titulo Profesional; 6) Dos Fotografias; 7) Recibo de MORDAZA por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, obra en autos el Oficio Nº 167-D-2008-FEN, de 07 de MORDAZA de 2008, emitido por la Senora Decana de la Facultad de Enfermeria, del que se desprende que mediante Resolucion R-1108-91-GT, se otorgo el Titulo Profesional de Licenciado en Enfermeria a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bellota; Que, del Informe Nº 002-2008-GYT expedido por el Equipo de MORDAZA y Titulos de la Oficina de Secretaria General de la Institucion, se colige que la recurrente opto el Titulo Profesional de Licenciado en Enfermeria, conforme se verifica en la Resolucion Nº R-1108-91, de fecha 17 de octubre de 1991, encontrandose inscrito en el Libro 07, Folio 124 del Registro de MORDAZA y Titulos de la Universidad; Que, obra en el expediente el Visto MORDAZA de la Comision Revisora de MORDAZA y Titulos de la Universidad; Que, el Consejo Universitario en Sesion Extraordinaria efectuada el dia 20 de septiembre de 2007, ha otorgado facultades al Senor Rector, a efecto de emitir la resoluciones de duplicado de diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales, con cargo de dar cuenta a dicho Organo de Gobierno; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolucion Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de MORDAZA y Titulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario y con cargo de dar cuenta al Consejo Universitario;

PRIMERO.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaria General de la Institucion, proceda a la emision de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELLOTA, confiriendole el TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN ENFERMERIA, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolucion. SEGUNDO.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, debera consignar al margen MORDAZA el sello de DUPLICADO. TERCERO.- DISPONER que la Oficina de Secretaria General a traves del Equipo de MORDAZA y Titulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores, un ejemplar de la presente resolucion para su registro respectivo. CUARTO.- DISPONER que el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaria General y el Area de Abastecimientos Auxiliares, debera adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector (e) 203724-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion y modifican R.D. Nº 0492008/APCI-DE
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 054-2008/APCI-DE Miraflores, 23 de MORDAZA de 2008 Vistos, el Informe Nº 32-2008-APCI/OGA que acompana el Memorando Nº 365-2008-APCI/OGA y sus anexos, procedentes de la Oficina General de Administracion asi como el Informe Legal Nº 139-APCI-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27692 se creo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI con personeria de derecho publico y autonomia tecnica y administrativa y, por Decreto Supremo N° 028-2007RE se dicto su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante el Decreto Supremo N° 083-2003PCM se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y con Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, su Reglamento, a los que en lo sucesivo en la presente Resolucion, se les aludira simplemente como la Ley y el Reglamento; Que, de conformidad con el literal d) del articulo 10º de la Ley Nº 27692 y con el literal e) del articulo 13º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, el Director Ejecutivo de la APCI ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, asimismo el referido Reglamento senala en su articulo 29º que la Oficina General de Administracion es el organo de apoyo de la Alta Direccion de la APCI; responsable de la gestion administrativa y financiera de la entidad y de conducir el sistema de adquisiciones,

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