Norma Legal Oficial del día 25 de Mayo del año 2008 (25/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA

Institucionalizan la conmemoracion del Dia Mundial de la Mujer Rural el 15 de octubre de cada ano en la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2008-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO:

El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 9 de MORDAZA del 2008, en uso de sus atribuciones aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en su articulo 45º inciso a), se confiere a los Gobiernos Regionales atribuciones de definir, normar, dirigir y gestionar sus politicas regionales y ejercer sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales, y en el inciso b) se le atribuyen las funciones de elaborar y aprobar normas de alcance regional; de disenar politicas, prioridades, estrategias y programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa conforme a Ley de Bases de la Descentralizacion. Que, en el Peru, segun el ultimo censo del ano 2005, el 35% del total de la poblacion femenina vive en el area rural, 74% de las cuales se dedica a la agricultura, en condiciones de MORDAZA precarias, con una tasa de 17,6% de analfabetismo femenino, 30% sin ningun acceso a los medios masivos de comunicacion, 3.7 hijos por mujer, incrementandose en el caso de aquellas que no tienen educacion, 55% de partos atendidos en sus domicilios, el 27,2% no tienen informacion sobre el VIH ­ Sida y el 78% carecen de informacion sobre las enfermedades de transmision sexual. Cabe senalar que la participacion de las mujeres rurales en los espacios de toma de decision es bastante incipiente. Que, en el departamento de MORDAZA, las mujeres rurales son quienes soportan al interior de sus hogares los impactos de violencia estructural, caracterizada por la desocupacion y el subempleo, la falta de produccion, el analfabetismo, la falta de documentos de identidad: asi como, imposiciones y sometimientos sociales que limitan su bienestar y el de sus familias. Que, el Dia Mundial de la Mujer Rural tiene su origen en la IV Conferencia Mundial de las Naciones Unidas ­ Beijing, organizada en septiembre del ano 1995, de cuyo acuerdo es suscriptor el Estado Peruano. Que, en la mencionada conferencia se proclamo el 15 de octubre "Dia Mundial de la Mujer Rural", con la finalidad de promover el reconocimiento del Estado y la Sociedad en su conjunto, al aporte de la Mujer Rural en el desarrollo, desde su rol de MORDAZA de familia, miembro de su comunidad u organizacion campesina, como productora y emprendedora de iniciativas economicas. Que, la "Convencion sobre Eliminacion de todas las formas de Discriminacion Contra la Mujer ­ CEDAM", es un instrumento internacional firmado y aprobado por nuestro Estado Peruano, en el cual se dispone "Los Estados Partes adoptaran todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminacion contra la mujer en las zonas rurales, a fin de asegurar entre hombre y mujeres su participacion en el desarrollo rural y en sus beneficios...". Que, de conformidad con lo dispuesto por los literales c), f) y g) del Art. 60ª de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, son funciones de los Gobiernos Regionales, en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, "Formular Politicas,

regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevencion de la Violencia Politica, Familiar y Sexual"; "promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades", "Formular y ejecutar politicas y acciones concretas, orientadas a la inclusion, priorizacion y promocion de las Comunidades Campesinas y Nativas en el ambito de su jurisdiccion", entre otras; Que, de conformidad con la Vision Regional y los Objetivos Estrategicos del Plan Concertado 2003 ­ 2011 del Gobierno Regional, este inspira a una sociedad con equidad de genero, en la cual se MORDAZA eliminado la exclusion, en los diferentes sectores y ambitos; por lo tanto, es deber del Gobierno Regional de MORDAZA, revertir esta situacion de discriminacion de las Mujeres Rurales de MORDAZA, estableciendo de manera permanente en la Agenda Institucional, acciones que promuevan el adelantes de las mismas, asignando recursos humanos y economicos, previo un MORDAZA de planificacion a implementarse. Que, acorde con lo previsto por el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia: y, Estando a lo dispuesto, por el articulo 37° Inc. a) de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA emite la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.INSTITUCIONALIZAR la conmemoracion del Dia Mundial de la Mujer Rural el 15 de octubre de todos los anos en la Region Loreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional para que a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, despliegue las acciones pertinentes, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- RECOMENDAR a los Gobiernos Provinciales y Distritales para que de acuerdo a sus funciones y competencias exclusivas, compartidas y delegadas segun la ley vigente, implementen la presente Ordenanza Regional, en sus respectivas jurisdicciones territoriales. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Loreto. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los articulos 16º, 21º inciso o), 37° Inc. a) y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inciso o) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente 203316-4

Aprueban Reglamento de Identificacion y Acreditacion de los Agentes Participantes en el MORDAZA de Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de MORDAZA - Ano Fiscal 2009
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2008-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA

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