Norma Legal Oficial del día 13 de Agosto del año 2009 (13/08/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

400726

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de agosto de 2009

Que, con Memorandum Nº 092-2009-AGN/OTA-OA se solicita las Especificaciones Tecnicas del Servicio de Vigilancia al Encargado de Mantenimiento y Seguridad y mediante Informe Nº 059-2009-AGN/OTA-OA-MANT de fecha 17 de MORDAZA, el Encargado de Mantenimiento y Seguridad remite las Especificaciones Tecnicas de Seguridad y Vigilancia; Que, conforme el articulo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017 se considera desabastecimiento a aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividad u operaciones que la Entidad tiene a cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, sobre el particular, es importante senalar que actualmente las Oficinas del Archivo General de la Nacion se encuentran distribuidas en diversas sedes institucionales, y por sus funciones y caracteristicas particulares, albergan diariamente un numero significativo de usuarios, trabajadores y funcionarios, los que requieren un adecuado MORDAZA de seguridad orientado a preservar la integridad de estas personas y preservar la intangibilidad del patrimonio documental de la nacion, asi como el patrimonio mobiliario de la institucion; en consecuencia, la ausencia de este servicio afectaria la operatividad y gestion administrativa de esta institucion publica, asi como la continuidad de las actividades y funciones que realiza, poniendo en riesgo los bienes y la integridad de los usuarios y trabajadores; Que, en ese orden, resulta necesario la continuidad de los servicios de vigilancia vinculados a la conservacion, proteccion y custodia de los bienes muebles e inmuebles asignados a esta entidad a efecto que el Archivo General de la Nacion continue prestando los servicios esenciales inherentes a las funciones que le otorga el ordenamiento juridico nacional; Que, con Memorandum Nº 246-2009-AGN/OTA el Director de la Oficina Tecnica Administrativa solicita al Director de la Oficina de Planificacion y Presupuesto la disponibilidad para el Servicio de Vigilancia. Que segun lo informado por la Oficina de Planificacion y Planificacion mediante su Informe Nº 116-2009-AGN/OPP se acredita que se cuenta con los recursos suficientes para poder cubrir el servicio de vigilancia requerido por la Oficina de Abastecimiento; Que, de acuerdo con los hechos expuestos por la Oficina de Abastecimiento, existen elementos suficientes para declarar en situacion de desabastecimiento inminente el Servicio de Vigilancia en el Archivo General de la Nacion por el plazo MORDAZA de tres meses; De conformidad con lo indicado en los articulos 21º, 22º y 46º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 y los articulos 106º, 129º, 136º y 141º de su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 184-2008EF; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Archivo General de la Nacion, Resolucion Ministerial Nº 197-93-JUS; Con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina Tecnica Administrativa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Contrataciones del Archivo General de la Nacion del Ano Fiscal 2009, incluyendo el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion del Servicio de Vigilancia. Articulo 2º.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente el Servicio de Vigilancia en los locales del Archivo General de la Nacion, por el plazo MORDAZA de tres meses. Articulo 3º.- Exonerar al Archivo General de la Nacion de la Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del Servicio de Vigilancia, por el monto MORDAZA ascendente a S/. 54,000.00 Nuevos Soles (Cincuenta y Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluidos los tributos de Ley, con cargo a la Fuente de Financiamiento 2:09 Recursos Directamente Recaudados, Meta 00183 Apoyo Logistico, Cadena de Gasto 03.23.23.12 Servicio de Seguridad y Vigilancia, a traves de acciones inmediatas destinadas a la contratacion de este servicio, la que estara a cargo de la Oficina de Abastecimiento. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina Tecnica Administrativa delArchivo General de la Nacion realice las acciones pertinentes destinadas a determinar la existencia de responsabilidades administrativas, y de ser el caso, proceder con el inicio de los respectivos procesos administrativos sancionatorios. Articulo 5º.- Consignar los alcances de esta resolucion en el SEACE y en el MORDAZA de esta entidad, dentro de los diez (10) dias siguientes a su publicacion.

Articulo 6º.- Encargar a la Oficina Tecnica Administrativa, el tramite para la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como la remision de esta, dentro del mismo plazo, a la Contraloria General de la Republica y al OSCE, adjuntando el informe tecnico y el informe legal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PASQUEL COBOS Jefe Institucional 382175-1

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de Pasco, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1092/INC MORDAZA, 4 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 635-2009-SDIC-DA/INC, de fecha 26 de marzo de 2009, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion de los monumentos arqueologicos prehispanicos registrados en el MORDAZA del Programa Qhapaq Nan Temporada 2006, para los cuales se han elaborado las respectivas fichas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion, ficha oficial de inventario del patrimonio arqueologico inmueble; Que, mediante Acuerdo Nº 0225, de fecha 27 de marzo de 2009, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare patrimonio cultural de la Nacion los monumentos arqueologicos prehispanicos siguientes: Cunsha, Ranyac, Corralones de Cunsha, Quebrada Honda I, Quebrada Honda II, La MORDAZA, Mayan, Bajo Peru, MORDAZA Pata, Abrigo Rocoso de La MORDAZA, MORDAZA Aislado y MORDAZA de MORDAZA Rumi, Reparo de MORDAZA Rumi, MORDAZA Rumi, Pumapanga, Sacramento Bajo, Ayancocha, Botadero, Puclutupi, Corralones de MORDAZA, Corralon y MORDAZA al lado sur de MORDAZA, MORDAZA Pata, Yanu Loma, Corralones de Auquiwillka, Auquiwillka, Mollemarka, Auquimarka, Sondor Marka, MORDAZA de Sondor Marka, MORDAZA MORDAZA, Maraychacra, Monolito Ocho Batanes, Petroglifo de Tinshgo, Pintura Rupestre Diablo Machay, MORDAZA MORDAZA Huay, Pintura Rupestre Gato Machay, Pintura Rupestre Pumapanga I, Pintura Rupestre Pumapanga II y Pintura Rupestre de Lliulla, ubicados en la provincia y departamento de Pasco; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos cuya ubicacion se detalla en los siguientes cuadros:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.