Norma Legal Oficial del día 25 de Enero del año 2009 (25/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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referida adquisicion o contratacion debe ser realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones o contrataciones de la entidad o el organo designado para tal efecto; Que, el monto total de la presente contratacion asciende a S/. 105,000.00 (Ciento cinco mil y 00/100 Nuevos soles) incluidos los tributos, lo cual determina la exoneracion de un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la prestacion del presente servicio; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 007-2009-GG/OSIPTEL se aprobo la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2009 del OSIPTEL, disponiendose la inclusion en este del MORDAZA de seleccion denominado "Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de seguridad y de vigilancia"; Que, habiendose cumplido con las exigencias y formas establecidas en el articulo 146° del Reglamento MORDAZA citado, corresponde aprobar la presente exoneracion; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19° y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM- y los articulos 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de vigilancia y seguridad en la sede central (Calle de la Prosa 136 - San Borja), la Oficina de Atencion al Usuario (Javier MORDAZA Este Nº 1712 - San Isidro) y la Oficina de Atencion al Usuario (Av. Las Palmeras Nº 3901 - Los Olivos) ubicadas en la MORDAZA de MORDAZA, por un periodo MORDAZA de cuatro (4) meses, sin perjuicio de tomar las acciones administrativas que fueran necesarias para establecer si ha existido responsabilidad de servidores y funcionarios publicos, que ha dado origen a la presente exoneracion. Articulo 2º .- Aprobar la exoneracion al Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL- de la Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad para la sede central (Calle de la Prosa 136 - San Borja), la Oficina de Atencion al Usuario (Javier MORDAZA Este Nº 1712 - San Isidro) y la Oficina de Atencion al Usuario (Av. Las Palmeras Nº 3901 - Los Olivos) ubicadas en la MORDAZA de MORDAZA, por la configuracion del supuesto de desabastecimiento inminente en la prestacion del citado servicio, previsto en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, de conformidad con las consideraciones expuestas. Articulo 3º.- Autorizar que la contratacion del servicio mencionado en el articulo precedente se realice hasta por un monto de S/. 105,000.00 (Ciento cinco mil y 00/100 Nuevos Soles) incluidos los impuestos de ley, por el plazo MORDAZA de cuatro (04) meses o hasta que se suscriba el contrato con el postor ganador del item 1 del Concurso Publico Nº 00004-2008/OSIPTEL, lo que ocurra primero. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la realizacion de las acciones referidas a la contratacion exonerada, asi como su publicacion en el SEACE, entendiendose que mediante la presente resolucion se aprueba el expediente respectivo. Articulo 5º.- El egreso que demande la contratacion del referido servicio sera a cargo de la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto del OSIPTEL para el presente ejercicio fiscal. Articulo 6º.- Disponer que la Gerencia de Comunicacion Corporativa remita MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que sustentan la presente exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision, conforme a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como su correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban documento denominado "Revision de los Lineamientos Resolutivos del TRASS, version 2008"
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCION DE RECLAMOS RESOLUCION Nº 001-2008-SUNASS-TRASS/ LINEAMIENTOS
MORDAZA, 18 de diciembre de 2008 VISTO: El proyecto final del documento denominado "Revision de Lineamientos Resolutivos del TRASS, version 2008" presentado por la Sala del Tribunal. CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos se crea mediante Decreto Supremo Nº 009-2000-EF, como organo contencioso administrativo al interior de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, SUNASS, con la finalidad de resolver los reclamos de los usuarios de los servicios de saneamiento; Que, de manera complementaria, el articulo 73º del Reglamento General de la SUNASS aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 023-2002-PCM, senala que el TRASS podra aprobar pautas o lineamientos, que sin tener caracter vinculante, orienten a los agentes economicos sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas cuya aplicacion tiene encomendada; Que, para tales efectos, con fechas 23.01.2006, 16.12.2006 y 23.12.2007 se publicaron en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolucion Nº 001-2005-SUNASS-TRASS/ LINEAMIENTOS, la Resolucion Nº 001-2006-SUNASSTRASS/LINEAMIENTOS y la Resolucion Nº 001-2007SUNASS-TRASS/LINEAMIENTOS, respectivamente, emitidas por el Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos, aprobando los documentos denominados "Lineamientos Resolutivos del TRASS" correspondientes a los anos 2005, 2006 y 2007, respectivamente; Que, los documentos publicados comprenden tanto criterios de interpretacion referidos al procedimiento de reclamo como disposiciones relativas a aspectos sustantivos o de fondo, como son el consumo y la tarifa, asi como otros conceptos facturables, como el servicio de alcantarillado y los servicios colaterales; Que, desde la publicacion de dichos documentos, han entrado en vigencia la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0112007-SUNASS-CD y la Resolucion de Consejo Directivo Nº 066-2006-SUNASS-CD aprobando el Reglamento de Calidad y el Reglamento General de Reclamos, respectivamente, y su modificatoria Resolucion de Consejo Directivo Nº 088-2007SUNASS-CD, a la vez que el TRASS ha venido desarrollando nuevos criterios de interpretacion, a la luz de resoluciones y casos distintos, siguiendo la clasificacion utilizada en los citados documentos de trabajo, lo que ameritaba su revision asi como la inclusion de los nuevos criterios aprobados en el ano 2008; De conformidad con la Ley Nº 27332, el Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 023-2002-PCM, y el Acuerdo adoptado en la Sesion del TRASS de fecha 18 de diciembre de 2008; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el documento denominado "Revision de los Lineamientos Resolutivos del TRASS, version 2008" MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA C. ZEVILLANOS G. Vocal MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal

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