Norma Legal Oficial del día 22 de Julio del año 2009 (22/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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dietas de los Consejeros que: Los Consejeros Regionales reciben unicamente dietas, segun el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales, de conformidad con lo que dispone la Ley Organica de Gobiernos Regionales. En ningun caso, dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%), de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional. Que, mediante el articulo 2 del Decreto de Urgencia Nº 038-2006, se establecen los topes de ingresos, senalando que: Ningun funcionario o servidor publico que presta servicios al Estado, bajo cualquier forma o modalidad contractual y regimen laboral, con excepcion del Presidente de la Republica, percibira ingresos mensuales mayores a 6 (SEIS), Unidades de Ingreso del Sector Publico, salvo en los meses en que corresponda las gratificaciones o aguinaldos de MORDAZA y diciembre. Que, mediante Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, se establece que la prohibicion de incremento de remuneraciones y dietas se aplica con excepcion de los Presidentes y Consejeros Regionales. Que, mediante Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, cumple funciones de Presidente Regional, por encargatura y en su reemplazo con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Dentro de la estructura institucional, esta considerado como alto funcionario con los topes remunerativos referidos en el articulo 2 del Decreto de Urgencia Nº 038-2006, el mismo que se encuentra sujeto a la decision del Consejo Regional, implicitamente incluido dentro de la excepcion referida en el considerando precedente. Que, el Consejo Regional en Sesion, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por mayoria, ha determinado fijar las remuneraciones del Presidente y Vicepresidente, asi como fijar las dietas de los Consejeros Regionales para el periodo 2009; por lo que, se hace necesario la emision del correspondiente acuerdo. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR, la Remuneracion mensual del Presidente Regional en la suma de S/. 14,300.oo (CATORCE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) y la Remuneracion mensual del Vicepresidente Regional en la suma de S/. 13,500.oo (TRECE MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), para el periodo 2009. Articulo Segundo.- FIJAR las Dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente, que equivalen a S/. 4,290.oo (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), para el periodo 2009. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, a los veinte dias del mes de enero del ano dos mil nueve. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 374914-1

Autorizan viajes del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional para asistir a eventos de fortalecimiento fronterizo en la Jurisdiccion del MAP
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 021-2009-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria, llevada a cabo el 23 de MORDAZA del 2009, aprobo el siguiente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y MORDAZA la estructura, organizacion, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Define la organizacion democratica, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitucion y a la Ley de Bases de la Descentralizacion. Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo 15, inciso a) y articulo 39 de la precitada ley. Que, mediante Oficio N° 266-2009-GOREMAD/PR, el CPC MORDAZA Kaway Komori, Presidente del Gobierno Regional, solicita autorizacion de viaje a Brasil y Bolivia, durante el ano 2009, en atencion a las constantes invitaciones, a fin de participar en las distintas actividades de intercambio e integracion fronteriza en busca de lograr el desarrollo, a traves de la colaboracion y la ejecucion de acciones compartidas. Que, mediante Oficio Nº 26-2009-GOREMAD/VPR, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente del Gobierno Regional, solicita autorizacion de viaje para salir fuera del MORDAZA, dentro de la region MAP, durante el ano 2009, teniendo en cuenta ademas su condicion de Presidente de la Comision Organizadora del MAP VIII, conformada ademas por ciudadanos peruanos, brasileros y bolivianos. Que, los documentos referidos precedentemente, constituyen una muestra de las buenas relaciones existentes entre los paises de Brasil, Bolivia y Peru, en busca de lograr la integracion fronteriza y su desarrollo, a traves del intercambio de experiencias, la colaboracion y la ejecucion de acciones compartidas. Que, teniendo en cuenta que la permanente realizacion de actividades de intercambio de integracion fronteriza, desarrolladas dentro de la jurisdiccion y ambito del MAP; es decir, en el Departamento de MORDAZA de MORDAZA (Peru); Estado de Acre (Brasil) y Departamento de MORDAZA (Bolivia), requieren la presencia de las maximas autoridades regionales. Por lo que, es necesario autorizar en forma permanente, a partir de la fecha y durante el ano 2009, al CPC MORDAZA Kaway Komori, Presidente; asi como al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente, ambos del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para que puedan viajar y asistir a los eventos de fortalecimiento fronterizo en los paises de Brasil y Bolivia (Jurisdiccion del MAP). Que, los documentos referidos en los considerandos precedentes han sido materia de sesion del Consejo Regional, teniendo en cuenta la importancia de los mismos. Que, estando a los pedidos en mencion, el Consejo Regional en pleno en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales, ha considerado aprobar los referidos pedidos. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.

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