Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2009 (14/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de junio de 2009

en el Articulo 1°, no modifica los LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en la citada Resolucion Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 359590-9 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 402-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 29 de MORDAZA del 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00041604-2009-2 de fecha 29 de MORDAZA del 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al Consumo Humano Indirecto, con la finalidad de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, a traves del Decreto Supremo N° 021-2008PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobandose a traves de su articulo 2°, la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo N° 1084. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del PRODUCE; Que, el articulo 12° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE, establece que el calculo del LMCE se realizara para cada Temporada de Pesca, en funcion al PMCE asignado a cada Embarcacion; asimismo el LMCE, expresado en toneladas metricas, resulta de multiplicar el PMCE por el LMTCP para cada Temporada de Pesca, tal como se detalla en el Anexo "A" del referido cuerpo normativo; Que, mediante el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 137-2009-PRODUCE de fecha 1 de MORDAZA de 2009, se establecio que el Limite MORDAZA de Captura Permisible ­ LMTCP del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, correspondiente para la Primera Temporada de Pesca del 2009, es de 3.5 millones de toneladas, para la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16° 00' Latitud Sur; Que, mediante Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante la Resolucion Directoral N° 2392009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 2 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE del recurso anchoveta, correspondiente a la primera temporada de pesca del 2009, cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que a traves de la Resolucion Directoral N° 3952009-PRODUCE/DGEPP de fecha 29 de MORDAZA del 2009, se incorporo al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PL29632-PM; Que, mediante el Oficio N° 544-2009-PRODUCE/ OGTIE-Oe, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, remite el calculo de los LMCE, de la embarcacion pesquera referida en el considerando precedente;

Que, a traves del escrito de visto, los senores MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA y MORDAZA D. MORDAZA DE MORDAZA manifiesta su conformidad al PMCE asignado a la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PL29632-PM y solicitan se proceda a otorgar el LMCE; Que, habiendo sido determinados tecnicamente el LMCE de la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PL-29632-PM, en funcion a su respectivo PMCE asignado mediante la Resolucion Directoral N° 395-2009-PRODUCE/DGEPP, corresponde proceder a su incorporacion respectiva en el Listado de Asignacion de LMCE, aprobado mediante la Resolucion Directoral N° 239-2009-PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 649-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y sus normas modificatorias y ampliatorias; Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE y demas normas complementarias, y la Resolucion Ministerial N° 137-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 239-2009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 2 de MORDAZA del 2009, a la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PL-29632-PM, cuyo detalle en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral, el mismo que sera publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe). Articulo 2°.- La incorporacion de las embarcacion pesquera al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 239-2009-PRODUCE/DGEPP, referida en el Articulo 1°, no modifica los LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en la citada Resolucion Articulo 3°.- Excluir del Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 239-2009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PL-5488-CM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 359590-10

Aprueban cambios de titulares de permisos de pesca a favor de Pesquera Marmar S.A.C., Corporacion Pesquera MORDAZA S.A.C. y Pesquera Exalmar S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 403-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 2 de junio del 2009 Visto los escritos de Registro Nº 00079734-2008, de fecha 31 de octubre 2008, 17 de MORDAZA y 15 de MORDAZA del 2009, presentado por la empresa PESQUERA MARMAR S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable

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