Norma Legal Oficial del día 25 de Marzo del año 2009 (25/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo al Reglamento Nacional de Edificaciones en su articulo 39º senala que el Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos y sus modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA debera de tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes, y en su articulo 40º indica que una vez aprobado el Planeamiento Integral tendra caracter obligatorio debiendo inscribirse en los Registros Publicos. Que, en la jurisdiccion del distrito de Ate, como una de sus funciones especificas es el ordenar el espacio MORDAZA como el medio principal que debera reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de sus pobladores. Es por eso, que el suelo en el que se desarrollan dichas actividades urbanas debera ser habilitado de manera tal que garantice el optimo funcionamiento de sus edificaciones y los espacios urbanos, considerando que el fin de la Ampliacion del Planeamiento Integral de la MORDAZA I-J, es el ordenamiento de las zonas que se han determinado espontaneamente y que cuentan con el saneamiento fisico legal de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y COFOPRI; por lo que se considera la necesidad de acondicionar la MORDAZA en mencion con la propuesta del Plan Integral segun las necesidades, habiendo preparado la propuesta con la coordinacion de los representantes involucrados. Que, mediante la aprobacion de la Ampliacion del Planeamiento Integral y el diseno de los modulos viales en planta y cortes se podran ejecutar las obras de pavimentacion de pistas, veredas y estacionamientos segun las normas del diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas ­ R.M. Nº 705-79-VC-5500 del 3 de diciembre de 1979 y el Reglamento de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector, y a pedido de las diferentes UCV que conforman el Consejo Ejecutivo Zonal "I - J", quienes han manifestado la necesidad de contar con un Planeamiento Integral con la finalidad que el mismo sirva para las gestiones que correspondan a la implementacion y/o ejecucion de proyectos de infraestructura MORDAZA (Pavimentacion de pistas y veredas, electrificacion, MORDAZA de contencion u otros), asi como para el ordenamiento de las actividades urbanas con fines de Recreacion Publica, Parques y Jardines en la MORDAZA I - J ­ Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan 1ra. Etapa; por lo que el Area de Planificacion MORDAZA ha realizado la Inspeccion Ocular al area de terreno de 80,927.09 m2. conformada por 09 organizaciones, comprendidas en la presente ampliacion del planeamiento integral de la MORDAZA I - J, asi como la revision de los antecedentes y documentacion presentada por los interesados, que conforman los Sectores Catastrales asignados con el Nº 48 y 49 del distrito de Ate. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DE LA AMPLIACION DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MODULOS VIALES Y EL DISENO MORDAZA QUE ORDENA LAS AREAS DE RECREACION PUBLICA DEL SECTOR CATASTRAL 48 Y 49 ­ MORDAZA "I - J" DEL PUEBLO JOVEN PROYECTO ESPECIAL HUAYCAN, 1ra. ETAPA. Articulo 1º.- APROBAR la Ampliacion del Planeamiento Integral de la MORDAZA I ­ J del Sector Catastral 48 y 49, denominada MORDAZA "I - J" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, 1ra. Etapa; que comprende el diseno de las redes y sus componentes viales, ademas del ordenamiento de las areas urbanas con fines de Recreacion Publica - Parques y Jardines, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme al Plano Signado Nº 001-2009-PI-SGPUC-GDU/

MDA, y Nº 001A-2009-PI-SGPUC-GDU/MDA; el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Servicios Sociales y la Secretaria de Imagen Institucional se difunda la presente Ordenanza y los planos que forman parte de ella. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Seguridad y Fiscalizacion, para su conocimiento y fines. Articulo 5º.- ESTABLECER que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA de las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en la MORDAZA "I -J" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, 1ra. Etapa, tendra una vigencia de 10 anos, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes una vez aprobados tendra caracter obligatorio, debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA

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Aprueban dictamen para desaprobar la desafectacion en uso de suelo para fines de vivienda de terreno correspondiente al Proyecto Especial Huaycan
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014
Ate, 17 de marzo de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de marzo del 2009, el Dictamen Nº 006-2009-MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, que recomienda desaprobar la Desafectacion en Uso de Suelo para fines de vivienda del terreno de 283.55 m2, que corresponde a un bien de uso publico (Parque) Lote 21A ubicado en la UCV 192, MORDAZA "P" del Proyecto Especial Huaycan del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, segun el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional.

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