Norma Legal Oficial del día 23 de Mayo del año 2009 (23/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

396355

CONSIDERANDO: Que, conforme con el literal b) del numeral 3.2 del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, dicha entidad tiene como uno de sus objetivos especificos asegurar la prevencion de la degradacion del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos que los afectan; Que, el literal n) del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, establece entre las funciones especificas de este Ministerio, el de promover la investigacion cientifica y la informacion en materia ambiental, asi como el desarrollo y uso de tecnologias, practicas y procesos de produccion, comercializacion y consumo limpios; Que, es necesario establecer el procedimiento de evaluacion para la autorizacion de Proyectos de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero y Captura de Carbono, de modo tal que se asegure la conservacion del ambiente, propiciando, asegurando y garantizando, el uso sostenible, responsable, racional y etico de los recursos naturales que permita contribuir al desarrollo, integral, social economico y cultural de la persona humana en permanente MORDAZA con la naturaleza; Que, a traves del Decreto Supremo N° 095-PCM-2002 se designo al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM como Autoridad Nacional encargada del cumplimiento de las actividades vinculadas al mecanismo de desarrollo Limpio en el MORDAZA de lo dispuesto por el Protocolo de Kyoto; Que, en tal sentido, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1 de la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente ha asumido la funcion indicada en el considerando precedente Con la visacion del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, de la Direccion de Cambio Climatico, Desertificacion y Recursos Hidricos, de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el numeral 6.2 del articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2009-MINAM "Procedimiento para la Evaluacion y Autorizacion de Proyectos de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y Captura de Carbono", cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Directiva aprobada de acuerdo con el articulo 1º de la presente Resolucion, sera publicada en la pagina web del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente

Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el Decreto Supremo Nº 031-2009PCM y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor Erick MORDAZA Soriano Bernardini, Director de la Oficina de Asesoramiento en Asuntos Socio - Ambientales, como representante titular del Ministerio del Ambiente ante la Comision Multisectorial creada por Resolucion Suprema Nº 031-2009-PCM. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Ipenza MORDAZA, Asesor Tecnico-Legal de la Secretaria General, como representante alterno del Ministerio del Ambiente ante la Comision Multisectorial creada por Resolucion Suprema Nº 031-2009-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente

351398-1

DEFENSA
Aprueban Modificaciones al Reglamento de la Ley Nº 29131 - Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas
DECRETO SUPREMO Nº 014-2009-DE/
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29131 - Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-DE de 28 de marzo de 2008, se regulan los principios, faltas, sanciones, competencias, procedimientos y derechos del personal militar comprendido en un procedimiento administrativo - disciplinario; Que, resulta necesario incluir en el Reglamento de la Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, los supuestos de flagrancia del personal militar que incurra en la comision de infracciones muy graves, de acuerdo al Anexo III de la Ley Nº 29131 - Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas; Que, en tal sentido, corresponde incluir el numeral 24.10 del articulo 24º y modificar el numeral 30.4 del articulo 30º del Reglamento MORDAZA mencionado, con el fin de garantizar los derechos fundamentales del personal militar que es sometido a un procedimiento sancionador por la comision de infracciones muy graves; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Adicion de numeral 24.10, al articulo 24º del Reglamento de la Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, aprobado con el Decreto Supremo Nº 004-2008-DE. Adicionar el numeral 24.10 al articulo 24º del Reglamento de la Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, aprobado con el Decreto Supremo Nº 004-2008-DE, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "24.10 En caso de flagrancia o cuando la infraccion revista connotacion publica o afecte la imagen de la institucion armada o, de cualquier otra institucion u organo del Estado; el Comando/Director/Jefe de Unidad/Dependencia, a fin de asegurar la eficacia de la investigacion, que se efectuara dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la comision de la infraccion, debera adoptar las acciones y medidas preventivas establecidas en el articulo 32º de la Ley Nº 29131 - Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas; asimismo, pondra al infractor o infractores a disposicion de la unidad de personal respectiva, por el periodo que dure la investigacion, con suspension del ejercicio de mando y cargo desempenado." Articulo 2º.- Modificacion del numeral 30.4 del articulo 30º del Reglamento de la Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, aprobado con el Decreto Supremo Nº 004-2008-DE, modificado por Decreto Supremo Nº 023-2008-DE/SG.

350973-1

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comision Multisectorial creada por R.S. Nº 0312009-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL N° 105-2009-MINAM
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2009-PCM, de fecha 19 de MORDAZA de 2009, se creo la Comision Multisectorial entre el Estado y los representantes de la Asociacion Interetnica de Desarrollo de la MORDAZA Peruana - AIDESEP; Que, el articulo 2º del mencionado Decreto Supremo establece que la citada Comision Multisectorial estara integrada, entre otros, por un representante del Ministerio del Ambiente; Que, el articulo 4º del referido Decreto Supremo senala que el representante titular y el representante alterno de las entidades del Poder Ejecutivo seran designados mediante Resolucion de su Titular del Pliego; Que, en ese sentido corresponde designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente ante la mencionada Comision Multisectorial;

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