Norma Legal Oficial del día 14 de Octubre del año 2009 (14/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404345

ICI

(ValorObtenido ValorAnoBase) (ValorMetaGestion ValorAnoBase) x100

Para el caso de la evaluacion de las metas Incremento Anual de Conexiones de Agua Potable, Incremento Anual de Conexiones de Alcantarillado e Incremento Anual de Nuevos Medidores, se dividira el valor acumulado de las nuevas conexiones obtenido por la empresa en los anos previos al establecido para el incremento tarifario o al ano de evaluacion del cumplimiento de las metas de gestion, entre el valor acumulado previsto de esta Meta de Gestion en la presente resolucion para el mismo periodo.
ICI = ( Valor Obtenido / Valor Meta) x 100

Para el caso de la evaluacion de las metas Variacion en Agua No Facturada, Actualizacion de Catastro Tecnico de Agua Potable, se procedera a dividir el valor obtenido por la empresa entre el valor de la meta.1

El calculo del ICG a nivel EPS se obtendra de los Indices de Cumplimiento Individual (ICI) de las metas de gestion a nivel EPS: Incremento Anual de Conexiones de Agua Potable, Incremento Anual de Conexiones de Alcantarillado, Incremento Anual de Nuevos Medidores, Variacion en Agua No Facturada, Relacion de Trabajo, Conexiones Activas de Agua Potable, Actualizacion de Catastro Tecnico de Agua Potable; y los ICI a nivel localidad trasformadas a nivel EPS de las metas de gestion: Continuidad y Presion Minima, definida en el Anexo 1 de la presente resolucion. Para hallar el ICI a nivel EPS, de las metas de gestion por localidad, se procedera a calcular un promedio del ICI por localidad de cada meta, ponderado por el numero de conexiones activas correspondiente, de acuerdo a la siguiente formula:
n

ICI a nivel EPS

[
i 1

ICI a nivel Localidad (i ) # Conexiones Activas de Localidad (i )]

ICI

ValorObtenido ValorMetaGestion x100

# Conexiones Activas a nivel EPS

Para el caso de la evaluacion de la meta Presion Minima Promedio, se aplicara el siguiente criterio: a) Si la Presion Promedio2 de la localidad es menor a 10 m.c.a.: - En caso el Valor Obtenido sea menor al Valor Ano Base, se considerara un ICI igual a 0%. - En caso el Valor Obtenido sea mayor o igual al Valor Ano Base, se aplicara la siguiente formula:
ICI = ( 0,80 + 0,20 x (Valor Obtenido ­ Valor Ano Base) ) x 100 (Valor Meta-Valor Ano Base)

EMSAPA YAULI ­ LA OROYA SRL. estara autorizada a realizar un incremento tarifario siempre que cumpla simultaneamente con las siguientes condiciones: 1. Obtener un Indice de Cumplimiento Global, para las Metas de Gestion a nivel empresa mayor o igual a 85%. 2. Obtener un ICI a nivel EPS mayor o igual a 80% en las metas de gestion: (i) Incremento Anual de Conexiones de Agua Potable, (ii) Incremento Anual de Conexiones de Alcantarillado y (iii) Incremento Anual de Nuevos Medidores. 3. Obtener un ICI a nivel localidad mayor a 80%, en lo que respecta a (i) Incremento Anual de Conexiones de Agua Potable, (ii) Incremento Anual de Conexiones de Alcantarillado y (iii) Continuidad. La EPS estara autorizada a un incremento tarifario equivalente al porcentaje del Indice de Cumplimiento Global obtenido, siempre y cuando cumpla las tres condiciones mencionadas. Asimismo, cabe mencionar que el Consejo Directivo podra elegir de manera discrecional una (01) meta de gestion, cuyo cumplimiento no sera considerado en la elaboracion del Indice de Cumplimiento Global (ICG). EXPOSICION DE MOTIVOS DE LA RESOLUCION QUE APRUEBA LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURAS TARIFARIAS Y METAS DE GESTION PARA LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YAULI ­ LA OROYA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, EMSAPA YAULI ­ LA OROYA SRL. I. ANTECEDENTES El articulo 28º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que estan sujetos a regulacion de tarifas, los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario proporcionados por las entidades prestadoras de servicios de saneamiento. El articulo 96º del Decreto Supremo Nº 023-2005VIVIENDA, Texto Unico Ordenado de la Ley General de Servicios de Saneamiento, senala que la SUNASS definira y aprobara la formula tarifaria que corresponde a cada EPS, para cada quinquenio, en funcion al Plan Maestro Optimizado que presenten las EPS. Mediante Resolucion Nº 009-2008-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicio el procedimiento de aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion para los proximos cinco anos, conforme a lo establecido en el articulo 32º de la Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento; Mediante Memorandum Nº 244-2009-SUNASS-110, la Gerencia de Regulacion Tarifaria presento el Estudio Tarifario con la propuesta de Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias

b) Si la Presion Promedio de la localidad es mayor o igual a 10 m.c.a.: - En caso el Valor Obtenido sea menor al 95% del Valor Ano Base, se considerara un ICI igual a 0%. - En caso el Valor Obtenido sea mayor o igual al 95% del Valor Ano Base, se aplicara la siguiente formula:
ICI = ( 0,80 + 0,20 x (Valor Obtenido ­ Valor Ano Meta) ) x 100 (Valor Meta ­ Valor Ano Base)

Nota: El Valor Ano Base es dinamico, y resulta ser el mayor valor que resulte de comparar el Valor Obtenido en el ano "i" y el Valor Ano Base del ano "i-1", considerando que "i" es mayor o igual a 1.

Para el caso de la evaluacion de la meta Continuidad, se aplicara el siguiente criterio: a) Si la Continuidad de la localidad es menor a 10 horas/dia: - En caso el Valor Obtenido sea menor al Valor Ano Base, se considerara un ICI igual a 0%. - En caso el Valor Obtenido sea mayor o igual al Valor Ano Base, se aplicara la siguiente formula:
ICI = ( 0,80 + 0,20 x (Valor Obtenido ­ Valor Ano Base) ) x 100 (Valor Meta - Valor Ano Base)

b) Si la Continuidad de la localidad es mayor o igual a 10 horas/dia: - En caso el Valor Obtenido sea menor al 95% del Valor Ano Base, se considerara un ICI igual a 0%. - En caso el Valor Obtenido sea mayor o igual al 95% del Valor Ano Base, se aplicara la siguiente formula:
ICI = ( 0,80 + 0,20 x (Valor Obtenido ­ Valor Ano Meta) ) x 100 (Valor Meta ­ Valor Ano Base)

Nota: El Valor Ano Base es dinamico, y resulta ser el mayor valor que resulte de comparar el Valor Obtenido en el ano "i" y el Valor Ano Base del ano "i-1", considerando que "i" es mayor o igual a 1.

Si el ICI resulta mayor al 100%, se considerara un cumplimiento individual de 100%. En caso contrario, si el ICI resulta negativo, se considerara un cumplimiento de 0%, en caso no se contraponga a lo anteriormente mencionado. II.- Incrementos Tarifarios La verificacion por el Organismo Regulador del cumplimiento de las Metas de Gestion previstas en el ano previo al ano de aplicacion del incremento tarifario autoriza a EMSAPA YAULI ­ LA OROYA SRL. a aplicar dicho incremento de la Formula Tarifaria aprobada. El cumplimiento de las Metas de Gestion se evaluara con el Indice de Cumplimiento Global a nivel EPS (ICG).

1

2

Para el caso de las Metas de Gestion "Actualizacion de Catastro Tecnico de Agua Potable", el Valor Obtenido sera considerado como la sumatoria de los Valores Obtenidos parciales durante cada uno de los anos regulatorios transcurridos. La Presion Promedio sera calculada por la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion de acuerdo a la normatividad vigente.

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