Norma Legal Oficial del día 14 de Octubre del año 2009 (14/10/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404359

Quinta.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Oficina de Informatica su publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.psce.gob. pe), publicaciones que deberan efectuarse en la misma fecha. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

ORDENANZA QUE APRUEBA LA AGENDA AMBIENTAL 2009 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Articulo Primero.- APROBAR la Agenda Ambiental 2009 de la Municipalidad de Pueblo Libre, la misma que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DISPONER que la presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, cuyo Anexo sera publicado en la misma fecha en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob. pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.psce.gob.pe). Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Distrital a traves de la Sub Gerencia de Gestion Ambiental. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Informatica su inclusion en los Portales Electronicos mencionados en el Articulo Segundo. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

408310-1

Aprueban la Agenda Ambiental 2009 de la Municipalidad de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 329-MPL
Pueblo Libre, 6 de octubre de 2009 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 21 de la fecha; de conformidad con el Dictamen Nº 006-2009-MPL/CPL-CPDDMA; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia segun lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el numeral 22) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; asimismo, el articulo 67º senala que el Estado determina la Politica Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el articulo 2º de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental Nº 28245 dispone que el mismo se constituye sobre la base de las instituciones publicas en el nivel local, que ejerzan competencias ambientales; contando con la participacion del sector privado y la sociedad civil; de otro lado, su articulo 24º senala que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes, en concordancia con las Politicas Nacionales, Sectoriales y Regionales, en el MORDAZA de los principios de la Gestion Ambiental; Que, el Reglamento de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, dispone que las municipalidades, en el MORDAZA de la autonomia reconocida por ley, promueven la identificacion o creacion de instancias de coordinacion y concertacion ambiental dentro del Sistema Nacional de Gestion Ambiental; Que, el numeral 7) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 dispone que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestion Ambiental Local y sus instrumentos en concordancia con el Sistema de Gestion Ambiental Nacional y Regional; Que, la Comision Ambiental Municipal ­ CAM, de la Municipalidad de Pueblo Libre, ha remitido al Concejo Municipal, el proyecto de la Agenda Ambiental 2009 de la Municipalidad de Pueblo Libre, proyecto elaborado conforme los lineamientos tecnicos y legales existentes y como parte de las funciones que le han sido asignadas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, adopto la siguiente:

408311-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Suspenden para la playa El Silencio la aplicacion de la Ordenanza Nº 032MDPH, mediante la cual se MORDAZA el otorgamiento de cesion de uso temporal de kioscos y normas de conduccion en las playas del distrito
ORDENANZA N° 173-MDPH
Punta MORDAZA, 05 de Octubre del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA MORDAZA Visto, en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 202-2009-JR-MDPH de la Jefatura de Rentas conteniendo el proyecto de Ordenanza Municipal que suspende la aplicacion de la Ordenanza Nº 032-MDPH para la playa El Silencio; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 80º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala que las funciones de las municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud; Que, con fecha 28 de noviembre de 2003, se aprobo la Ordenanza Nº 032 -2003 MDPH, que regula el otorgamiento de Cesion de Uso Temporal de Kioscos y Normas de conduccion en las playas del distrito de Punta Hermosa. Que, luego del retiro de los kioscos realizados en la Playa El Silencio se ha constatado la existencia de varios

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.