Norma Legal Oficial del día 28 de Junio del año 2010 (28/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, lunes 28 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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113. La Comision Calificadora del CONAFU debe elaborar un Informe Preliminar y un Informe Final de evaluacion del PDI, emitiendo un pronunciamiento "detallado y preciso" sobre la base del analisis de los siguientes aspectos (articulos 23º y 28º del Reglamento): · La justificacion del proyecto institucional que demuestre la conveniencia regional y nacional, sustentada en un estudio de MORDAZA de las especialidades que propone ofrecer la universidad, proyectada a 10 anos de funcionamiento. · Las opiniones tecnicas emitidas por la ANR, el Gobierno Regional de la sede en la que se ubicara la futura universidad, y los Colegios Profesionales relacionados con las carreras profesionales consideradas en el proyecto. · La factibilidad de los MORDAZA academicos y titulos profesionales que otorgara. · Las previsiones para disponer de personal docente calificado en el periodo de implementacion inicial. · Las previsiones para disponer de infraestructura fisica y recursos educacionales adecuados para la ensenanza de nivel universitario (aulas, laboratorios, biblioteca, servicio de informatica, etc.) en el periodo inicial de implementacion. · Las previsiones para brindar servicios estudiantiles: psico-pedagogico, salud y de apoyo para el desarrollo individual, social, academico, cultural y deportivo de los estudiantes. · Las previsiones que MORDAZA posible el acceso a la permanencia de estudiantes que no cuentan con suficientes recursos para cubrir el costo de su educacion (becas, prestamos, bolsas de trabajo, etc.). · La prevision economica y financiera del Proyecto de universidad para los 10 anos iniciales de funcionamiento. · La capacidad economica propia y probada, principalmente a traves del capital que proyecta en su constitucion social o del capital con que cuente su promotora para financiar no menos del 30% de toda la infraestructura considerada en el PDI, mas el total de egresos en gasto corriente correspondiente a los dos primeros anos de funcionamiento que tendria la universidad. La infraestructura considerada se refiere a la adquisicion de terrenos e inmuebles, remodelacion y construccion de edificaciones inherentes a las funciones de la universidad. El pago de remuneraciones y la adquisicion de bienes y servicios constituyen el gasto corriente de la universidad. · La administracion financiera, que comprende la evaluacion de prevision economica financiera de la universidad para los diez (10) primeros anos iniciales de funcionamiento, que debe proporcionar un flujo neto de fondos anual equivalente al 12% o mas del ingreso total de cada ano, para garantizar los gastos operativos indispensables. 114. Posteriormente, el Pleno del CONAFU debe pronunciarse con respecto al PDI presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad (articulo 30º del Reglamento). Mas tarde, el Pleno del CONAFU debe designar la Comision de Verificacion de la implementacion inicial. Solo si la informacion proporcionada por la Promotora y la Comision de Verificacion resultan satisfactorias, de acuerdo a lo senalado en el PDI aprobado, el Pleno del CONAFU se pronuncia sobre su aprobacion, emitiendo la resolucion de autorizacion de funcionamiento provisional de la universidad (articulo 39º). 115. El procedimiento de evaluacion realizado por el CONAFU entre el momento de otorgar la autorizacion de funcionamiento provisional y el momento de decidir si se concede o no la autorizacion definitiva, se encuentra regulado por el "Reglamento de funcionamiento, evaluacion y certificacion institucional de universidades y escuelas de posgrado bajo competencia del CONAFU", aprobado mediante Resolucion Nº 100-2005-CONAFU, de fecha 31 de marzo de 2005. El articulo 1º de dicho Reglamento senala que la funcion evaluadora debe cumplir con los siguientes objetivos: a) Cautelar la fe publica depositada en las nuevas universidades o escuelas de postgrado del MORDAZA, para que garanticen que los servicios educativos que ofrecen MORDAZA de calidad; b) Asegurar niveles minimos de calidad en los servicios que prestan las universidades y escuelas de postgrado evaluadas;

c) Proteger a los usuarios: alumnos, padres de familia y comunidad en general; y, d) Contribuir a la creacion de condiciones para el progreso e innovacion institucional en las universidades en evaluacion, y cuyo funcionamiento definitivo se autorice. 116. De acuerdo al articulo 83º del referido Reglamento, el CONAFU solo debera otorgar autorizacion definitiva de funcionamiento a las universidades con autorizacion provisional que despues del periodo minimo de evaluacion de 5 anos o del periodo de prorroga concedido, cuenten cuando menos con una promocion de egresados "y que hayan demostrado en sus procesos anuales de evaluacion que han alcanzado un nivel de desarrollo institucional satisfactorio de los parametros programados en su PDI". 117. Desde luego, a la luz de estas condiciones, los requisitos para la autorizacion provisional y definitiva de funcionamiento de universidades parecen ser exigentes, por lo que se hace necesario analizar algunos aspectos relacionados con la funcion que ha cumplido el CONAFU al momento de controlar su cumplimiento. 118. Desde la entrada en vigencia de la Ley Nº 23733 --Ley Universitaria-- (18 de diciembre de 1983), han sido creadas 46 nuevas universidades privadas:
Universidad U. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA U. Peruana Los Andes U. Peruana Union U. MORDAZA del MORDAZA U. Tecnologica de los Andes U. de Tacna U. Privada de Chiclayo U. Los MORDAZA de Chimbote U. Privada San MORDAZA U. Privada MORDAZA Orrego U. Privada MORDAZA U. MORDAZA MORDAZA Mariategui U. Privada MORDAZA Champagnat U. Privada de Iquitos U. Privada MORDAZA MORDAZA U. Privada del Norte U. Peruana de Ciencias Aplicadas U. San MORDAZA de MORDAZA U. Alas Peruanas U. Privada Norbert Wienner U. Privada San MORDAZA Asociacion Universitaria Privada "San MORDAZA Bautista" U. Tecnologica del Peru U. Cientifica del Sur U. Continental de Ciencia y Tecnologia U. Privada MORDAZA MORDAZA de Mogrovejo U. Privada MORDAZA MORDAZA Urrelo U. Privada Senor de Sipan U. Catolica Sedes Sapientiae U. Catolica de MORDAZA U. para el Desarrollo MORDAZA U. Peruana de Ciencias e Informatica U. MORDAZA MORDAZA S.A.C. Fuente de creacion Ley Nº 23738 Ley Nº 23757 Ley Nº 23758 Ley Nº 23837 Ley Nº 23852 Ley Nº 24060 Ley Nº 24086 Ley Nº 24163 Ley Nº 24871 Ley Nº 24879 Ley Nº 25049 Ley Nº 25153 Ley Nº 25180 Ley Nº 25213 Ley Nº 25350 Ley Nº 26275 Ley Nº 26276 Res. Nº 060-95CONAFU Res. Nº 102-96CONAFU Res. Nº 177-96CONAFU Res. Nº 190-97CONAFU Res. Nº 224-97CONAFU Res. Nº 278-97CONAFU Res. Nº 356-98CONAFU Res. Nº 429-98CONAFU Res. Nº 474-98CONAFU Res. Nº 490-98CONAFU Res. Nº 575-99CONAFU Res. Nº 688-99CONAFU Res. Nº 1472000-CONAFU Res. Nº 1482002-CONAFU Res. Nº 1672002-CONAFU Res. Nº 1712002-CONAFU Ano de creacion 1983 1983 1983 1984 1984 1985 1985 1985 1988 1988 1989 1989 1990 1990 1991 1994 1994 1995 1996 1996 1997 1997 1997 1998 1998 1998 1998 1999 1999 2000 2002 2002 2002 Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con Comision Organizadora Con Comision Organizadora Con Comision Organizadora Con Comision Organizadora Situacion institucional Con rector Con rector Con rector Con rector Con Comision Transitoria de Gobierno Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector Con rector

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