Norma Legal Oficial del día 14 de Diciembre del año 2011 (14/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno se realiza de acuerdo a los siguientes lineamientos: a) La SUNARP publicara en su MORDAZA institucional, en un plazo no mayor a cinco (05) dias calendario contados desde la publicacion de la presente MORDAZA, la Directiva que establece las disposiciones internas para el adecuado registro de la informacion utilizada para los indicadores y el procedimiento realizado para su seguimiento, asi como el organo responsable de consolidar la informacion de los resultados de la evaluacion. Asimismo, comprendera los criterios utilizados para la seleccion de los beneficiarios en el caso establecido en el inciso e) del articulo 10º de la presente norma. Las disposiciones contenidas en la citada Directiva deben garantizar la veracidad del avance de cada seccion, asi como la eficacia y eficiencia del personal al interior de la misma. b) En un plazo no menor a cinco (5) dias calendario, previos a la remision del "Informe de Evaluacion de Desempeno" a que hace referencia el inciso c) del presente articulo, la SUNARP MORDAZA a conocer, mediante publicacion en su MORDAZA institucional, el resultado de la evaluacion mostrando el valor de cada uno de los indicadores por seccion, el valor del indicador final y el ranking de secciones por grupo, senalando las secciones ganadoras. c) En un plazo de doce (12) dias calendario posterior a la publicacion del presente Reglamento, el Titular de la SUNARP remite a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas el "Informe de Evaluacion de Desempeno". En este informe se debera establecer lo siguiente: (i) La conformidad al cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente reglamento. (ii) El resultado de la evaluacion y la seleccion de las secciones ganadoras al interior de cada grupo, de acuerdo a los lineamientos senalados en el Anexo Nº 02 "Guia Metodologica para el otorgamiento de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno". (iii) La justificacion respecto a que las secciones premiadas MORDAZA las que alcanzaron el mejor desempeno al interior de su agrupacion. (iv) La justificacion respecto a que el porcentaje de personas premiadas al interior de cada grupo no supere el diez por ciento (10%) del personal que integra el respectivo grupo. (v) La justificacion respecto a que el personal premiado en cada seccion ha cumplido con los requisitos senalados en el articulo 11º del presente reglamento. El "Informe de Evaluacion de Desempeno" debera contar con la opinion favorable de la Oficina Central de Planificacion y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica, o quien haga sus veces, en la entidad. Asimismo, se debera remitir una MORDAZA del mencionado Informe al Organo de Control Institucional de la SUNARP, y publicarlo en el MORDAZA institucional de esta entidad. Articulo 9º.- Periodo de evaluacion La evaluacion para la seleccion de las secciones cuyo personal sera beneficiario de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno se efectua en el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de octubre del ano 2011. CAPITULO III DE LA ASIGNACION EXTRAORDINARIA POR DESEMPENO Articulo 10º.- De la determinacion del personal beneficiario El personal beneficiario de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno se determina de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Las secciones que conforman cada grupo, senalados en el articulo 5° del presente reglamento, seran evaluadas al interior de cada grupo segun el Indicador de Gestion de Servicios Registrales referido en el articulo 6º del presente reglamento. b) En el MORDAZA de evaluacion de cada seccion se

toma en cuenta el numero de trabajadores que laboran en MORDAZA, considerandose ademas al personal sujeto al Decreto Legislativo N°1057, que regula el Regimen Especial de CAS. c) El numero de personal beneficiado con la Asignacion Extraordinaria por Desempeno al interior de cada grupo, no debera superar el diez por ciento (10%) del personal que conforma el grupo. d) Al interior de cada grupo se determina como beneficiarios de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno al personal de la seccion que obtuvo el primer lugar en el grupo, asi como al personal de las siguientes secciones, hasta premiar al numero de beneficiarios referido en el inciso c) precedente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento. e) Si como resultado de la aplicacion del procedimiento senalado en los incisos precedentes, no hubiera posibilidad de beneficiar a todo el personal de la MORDAZA seccion ganadora del grupo, sino solo a un numero limitado de personas, el responsable de dicha seccion debera seleccionar a los beneficiarios de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno en el grupo, de acuerdo a los criterios dispuestos en la Directiva a que se refiere el inciso a) del articulo 8º de la presente norma. Articulo 11°.- Requisitos para la percepcion de la Asignacion Extraordinaria por Desempeno El personal senalado en el articulo 4° del presente Reglamento tendra derecho a percibir la Asignacion Extraordinaria por Desempeno siempre que reuna de manera conjunta los siguientes requisitos: a) Haber laborado, en forma efectiva, durante el 2011, al menos la mitad mas uno de los dias que comprende el periodo de evaluacion, en las secciones que resulten ganadoras de la competencia por desempeno, de conformidad con el procedimiento establecido en el articulo 10º del presente Reglamento. b) No haber sido objeto de sancion disciplinaria por el organo competente de la SUNARP, durante el periodo de evaluacion. c) No haber sido separado, suspendido o destituido del ejercicio de sus funciones por el organo competente de la SUNARP, durante el periodo de evaluacion. d) No haber sido sentenciado por delitos dolosos durante el periodo de evaluacion. Articulo 12°.- Del Financiamiento La Asignacion Extraordinaria por Desempeno se financia con cargo al Presupuesto Institucional de la SUNARP. Para el otorgamiento de la presente Asignacion se debera verificar previamente el cumplimiento de lo senalado en el articulo 8º del presente Reglamento y contar con la opinion favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. 728515-3

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 a favor del Pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 229-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29266 "Ley que autoriza la emision de Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Publico para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por contrataciones del Pliego Ministerio de Defensa", se autoriza al Ministerio de Economia y Finanzas para que, a traves de la Direccion Nacional del Tesoro Publico (hoy Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico), emita Documentos

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