Norma Legal Oficial del día 10 de Febrero del año 2011 (10/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2011

Nombres ­ Apellidos: ______________________________ DNI: ______________

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion temporal a favor de Salka Peru S.A.C. para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 042-2011-MEM/DM MORDAZA, 27 de enero de 2011 VISTO: El Expediente N° 27267210, sobre otorgamiento de concesion temporal de central de generacion para desarrollar estudios en la Central Eolica Estherfilia, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por SALKA PERU S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 12372478 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, SALKA PERU S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2043560, de fecha 16 de noviembre de 2010, presento la solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Estherfilia, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Lagunas, Pueblo MORDAZA y Pacasmayo, provincias de Chepen, Chiclayo y Pacasmayo, departamentos de La MORDAZA y MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de solicitud de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion, fue publicado en el Diario Oficial El Peruano los dias 31 de diciembre de 2010 y 01 de enero de 2011, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º de la Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 017-2011-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE:

--------------------------------------------------------------------------------Firma director general del IEST

Nombres ­ Apellidos: _______________________________ DNI: ________________
De comprobarse falsedad en lo declarado por el administrado, se considera no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendose conforme a lo establecido en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley No. 27444; sin perjuicio de promover las acciones penales por los delitos contra la Fe Publica del Codigo Penal. Y la informacion presentada no podra tener enmendadura o correccion alguna

DECLARACION JURADA (Solo para Institutos de Tecnologicos Publicos)

Educacion

Superior

Por medio del presente, declaro bajo juramento lo siguiente: Que, la informacion consignada en los formatos y la documentacion que se anexa se ajustan a la verdad y que actuo de buena fe. Que, conozco la Ley Nº 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educacion Superior, Decreto Supremo Nº 004-2010-ED, Reglamento de la Ley de Institutos y Escuelas de Educacion Superior y normas especificas vigentes que regulan el procedimiento de autorizacion de programas de post titulo (segunda especializacion) de Institutos de Educacion Superior Tecnologico. Que, me someto a las verificaciones que disponga la autoridad administrativa de Educacion para corroborar la veracidad del contenido del expediente, en el transcurso del tramite de autorizacion de programa. Que, estoy informado que si los actos que realizo para obtener la autorizacion fueran ilicitos o la informacion que proporciono fuera ilicita o falsa sere pasible de ser denunciado por el delito cometido, sin perjuicio de las sanciones administrativas a las que diera lugar, segun Articulo 32.3 de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Suscribo la presente Declaracion Jurada, en virtud del MORDAZA de veracidad establecido por el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, sujetandome a las responsabilidades civiles, penales y administrativas en caso que, mediante cualquier accion de verificacion posterior se compruebe la falsedad de lo declarado. Fecha: ______________________________

--------------------------------------------------------------------------------Firma director general del IEST

Nombres ­ Apellidos: _______________________________ DNI: ________________

De comprobarse falsedad en lo declarado por el administrado, se considera no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendose conforme a lo establecido en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley No. 27444; sin perjuicio de promover las acciones penales por los delitos contra la Fe Publica del Codigo Penal. Y la informacion presentada no podra tener enmendadura o correccion alguna.

600624-1

Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de SALKA PERU S.A.C., que se identificara con el codigo N° 27267210, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Estherfilia, para una capacidad instalada estimada de 750 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Lagunas, Pueblo MORDAZA y Pacasmayo, provincias de Chepen, Chiclayo y Pacasmayo, departamentos de La MORDAZA y MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56).

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