Norma Legal Oficial del día 10 de Febrero del año 2011 (10/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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a. Permanecer siempre alerta durante El Servicio, debiendo prevenir y combatir la comision de delitos y/ o faltas en la MORDAZA asignada, empleando para ello las tecnicas de patrullaje y procedimientos de intervencion. b. Permanecer en su MORDAZA de patrullaje dentro del horario establecido. c. Realizar El Servicio correctamente uniformado y equipado. d. Coadyuvar al acercamiento de la ciudadania con la Policia Nacional del Peru, manteniendo una actitud proactiva en todos sus actos. 2. Para el Comisario:

con El Servicio, formulando las observaciones y recomendaciones del caso. 5. Para la Direccion de Recursos Humanos DIRREHUM PNP Verificar la situacion policial del personal comprometido en El Servicio. 6. Para la Direccion de Economia y Finanzas ­ DIRECFIN PNP Ejecutar el pago de la asignacion excepcional para el personal policial que presto El Servicio. Articulo 16º.- PROHIBICIONES

a. Actualizar permanentemente el mapa del delito de su respectiva jurisdiccion, estableciendo las zonas criticas donde se cumplira El Servicio. b. Designar al personal policial en una MORDAZA de patrullaje, cuyos puntos criticos hayan sido previamente consignados en su mapa del delito. c. Supervisar y verificar el buen desempeno del Servicio. d. Verificar y registrar la presencia fisica del personal policial en el Libro de Control de Asistencia, al inicio y al final del Servicio. e. Verificar el equipamiento y los accesorios del personal policial, autorizados para El Servicio. f. Elaborar un informe en el que se indique la relacion del personal policial que presto El Servicio, asi como las incidencias detectadas durante su desarrollo, el cual debera ser remitido a las Direcciones Territoriales ­DIRTEPOLES, Frentes y Regiones Policiales, segun corresponda. g. Instruir al personal policial, MORDAZA de salir al Servicio, sobre la problematica de los puntos criticos de su jurisdiccion, al cual sera asignado, a fin de optimizar El Servicio. h. Formular las recomendaciones pertinentes para mejorar los niveles de efectividad del Servicio. 3. Para las Direcciones Territoriales ­ DIRTEPOLES, Frentes y Regiones Policiales a. Difundir y conducir el MORDAZA de adjudicacion del Servicio en las dependencias policiales de su jurisdiccion. b. Determinar la modalidad bajo la cual se adjudicaran las vacantes. c. Designar al personal policial seleccionado para El Servicio, y ponerlos a disposicion de las Comisarias, con la debida anticipacion. d. Supervisar y verificar que los Comisarios controlen El Servicio que ejecuta el personal policial, en sus respectivas jurisdicciones. e. Elaborar un Informe Mensual indicando la relacion del personal policial que presto El Servicio, asi como las incidencias detectadas durante su desarrollo. Dicho Informe debera ser remitido, de manera fisica y virtual, a la Direccion Ejecutiva de Operaciones Policiales ­ DIREOP PNP, a la Direccion de Recursos Humanos - DIRREHUM PNP y a la Direccion de Economia y Finanzas ­ DIRECFIN PNP. f. Presentar recomendaciones para elevar el nivel de efectividad del Servicio. g. Adoptar las medidas correctivas para optimizar El Servicio, en el ambito de su competencia. 4. Para la Direccion Ejecutiva de Operaciones Policiales ­ DIREOP PNP a. Formular el proyecto de presupuesto para El Servicio. b. Formular el cuadro de distribucion de las plazas presupuestadas a nivel nacional, de conformidad a los requerimientos efectuados por las Comisarias, a traves de las Direcciones Territoriales ­ DIRTEPOLES, Frentes y Regionales Policiales. c. Realizar el seguimiento del gasto mensual del presupuesto asignado al Servicio. d. Supervisar, periodicamente, las actividades desarrolladas por las Direcciones Territoriales ­ DIRTEPOLES, Frentes y Regiones Policiales, relacionadas

1. Para el personal policial que presta El Servicio: a. Prestar El Servicio con el uniforme, distintivos, accesorios y armamento no autorizado. b. Realizar operaciones policiales y actividades ajenas al Servicio. c. Ingresar a locales, publicos o privados, para desarrollar actividades ajenas al Servicio. d. Realizar labores al interior de locales policiales. e. Abandonar su MORDAZA de patrullaje. f. Realizar El Servicio utilizando vehiculos. g. Recibir o solicitar dadivas por el servicio prestado. 2.Para el Comisario: a. Otorgar permisos al personal policial que cubre El Servicio. b. Designar a un solo efectivo policial en un punto critico, asi como mas de dos para el mismo fin, salvo que el punto critico o MORDAZA de patrullaje MORDAZA sido considerado de extrema peligrosidad. 3. Para las Direcciones Territoriales ­ DIRTEPOLES, Frentes y Regiones Policiales a. Designar al personal policial que no cumpla con alguno de los requisitos establecidos en el presente Reglamento. b. Designar al personal policial, que presta El Servicio, para Integrar comisiones y/o delegaciones policiales que participen en ceremonias, celebraciones, efemerides, eventos deportivos, talleres, charlas, conferencias, simposios, MORDAZA costumbristas, pasacalles, desfiles y otros que no MORDAZA acordes con la funcion policial que realizan. c. Designar al personal policial que presta El Servicio para cubrir servicios de seguridad y vigilancia en forma exclusiva en custodias personales, custodia y traslado de caudales, explosivos, de detenidos, de seguridad de entidades publicas o privadas, casinos, discotecas, obras de construccion, supermercados, hiper-mercados, centros de recreacion, prostibulos, universidades, institutos, centros educativos, centros deportivos, hospitales, clinicas, empresas publicas y privadas, municipalidades, ministerios y otros. d. Permitir la participacion en el MORDAZA de adjudicacion de vacantes para El Servicio, al personal policial que se encuentre prestando servicios extraordinarios, en virtud a los Convenios celebrados con el Sector Interior en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0042009-IN, y otros beneficios que afecten o perturben El Servicio. e. Designar al personal policial procedente de las Comisarias, para prestar El Servicio, en la jurisdiccion de la misma dependencia policial donde labora, con la finalidad de evitar que se favorezca en la asistencia, control y designacion de los puestos por cubrir. CAPITULO IV DE LA SUPERVISION Y CONTROL DEL SERVICIO Articulo 17º.- ORGANOS DE SUPERVISION Y CONTROL La funcion de supervision y control de los servicios, regulados en el presente reglamento, sera ejercida, de acuerdo a sus funciones, por:

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