Norma Legal Oficial del día 10 de Febrero del año 2011 (10/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2011

a. Inspectoria General. b. Direcciones, Frentes y Regiones Policiales. c. El Comisario. Es responsabilidad de los organos de supervision y control la verificacion de la informacion proporcionada por el personal policial que preste El Servicio, dentro del ambito de su competencia. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- VIGENCIA. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento surten efectos a partir del dia siguiente de su publicacion hasta el 31 de diciembre del 2011. SEGUNDA.APLICACION DEL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA PNP El personal policial, que preste El Servicio, esta sujeto a lo dispuesto en la Ley Nº 29356, Ley del Regimen Disciplinario de la Policia Nacional del Peru. TERCERA.- LINEAMIENTOS PARA LA APLICACION DEL REGLAMENTO La Policia Nacional del Peru formulara los lineamientos para la mejor aplicacion de lo dispuesto en el presente Reglamento, para lo cual aprobara la Directiva pertinente. 601540-2

Autorizan viaje de personal policial para ejecutar extradicion activa de ciudadano MORDAZA solicitado por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCION SUPREMA Nº 005-2011-IN MORDAZA, 9 de febrero de 2011 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinion Nº 0012010-DGPNP/INTERPOL-EM del 1 de enero de 2011, formulada por el jefe del Estado Mayor de la Oficina Central Nacional - INTERPOL - MORDAZA, mediante la cual recomendo la autorizacion de viaje al extranjero en comision del servicio del Suboficial Superior de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PARRENO GALVAN y del Suboficial Tecnico de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, del 12 de febrero de 2011 al 16 de febrero de 2011. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 029-2010JUS del 3 de febrero de 2010, se resolvio acceder al pedido de extradicion activa del ciudadano MORDAZA MORDAZA CENDRA MORDAZA, formulado por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, y declarado procedente por la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision de los Delitos Contra la MORDAZA Sexual - Violacion Sexual de la menor de edad de iniciales K.R.C.S. y de Actos Contra el Pudor en agravio de la menor de iniciales C.J.C.S. y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno de la Republica de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Oficio Nº 8072-2010-MP-FNUCJIE del 6 de diciembre de 2010, la doctora Secilia MORDAZA MORDAZA Fiscal Adjunta Suprema Titular de la Unidad de Cooperacion Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalia de la Nacion, hace de conocimiento del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru Director Ejecutivo de la Oficina Central Nacional INTERPOL - MORDAZA, que el Gobierno de la Republica de MORDAZA ha concedido la extradicion del ciudadano

MORDAZA CENDRA MORDAZA, en tal sentido solicito ejecutar el traslado del extraditable a nuestro MORDAZA en el plazo que senala la autoridad requerida; Que, con Memorandum Multiple Nº 12-2011-DIRGENPNP/EMP-OCNI del 13 de enero de 2011, el General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru, dispone la formulacion del proyecto de Resolucion Suprema de viaje al extranjero en comision del servicio del Suboficial Superior de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PARRENO GALVAN y del Suboficial Tecnico de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, del 12 de febrero de 2011 al 16 de febrero de 2011, a fin de que ejecute la extradicion activa del ciudadano MORDAZA MORDAZA CENDRA MORDAZA, solicitado por la autoridad judicial MORDAZA mencionada, por la presunta comision de los Delitos Contra la MORDAZA Sexual - Violacion Sexual y de Actos Contra el Pudor en agravio de menores; Que, los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007; Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes y tarifa CORPAC seran sufragados por el Estado Peruano, a traves de la Subgerencia de Contabilidad, de la Gerencia de Administracion del Poder Judicial, conforme a la Directiva Nº 001-2007-GG/PJ "Procedimientos para la adecuada administracion del Fondo para pago efectivo del Poder Judicial" y Directiva Nº 009-2003-GG-PJ "Normas y Procedimientos para el traslado de personas requisitoriadas por orden judicial" correspondientes al ano fiscal - 2011"; Que, mediante Oficio Nº 112-2011-DIRECFINPNP/DIVPRE del 18 de enero de 2011, la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, remitio a la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru, la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 65-2011-DIRECFIN-PNP/DIVPRE del 18 de enero de 2011, estableciendo que efectuado los calculos, se atendera lo solicitado con la Especifica del Gasto 2.3.21.12 Viaticos y Asignaciones por Comision del Servicio, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil 00/100 Dolares Americanos), por comision del servicio a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA - Republica de MORDAZA, del Suboficial Superior de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA PARRENO GALVAN y el Suboficial Tecnico de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial MORDAZA mencionada; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la resolucion de autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion, y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN.

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