Norma Legal Oficial del día 19 de Mayo del año 2011 (19/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES
1 Recursos Ordinarios 46 671 050,00 ============ 46 671 050,00 ============ En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas Gobiernos Locales Recursos Ordinarios 46 671 050,00 ============ 46 671 050,00 ============

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FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1

Articulo 4°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia los articulos 1° y 3° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5°.- Informacion Los Pliegos habilitados y las Empresas Publicas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Addendas correspondientes, para efectos de las acciones de monitoreo a que se refiere el articulo 15° de la Ley N° 29626. Articulo 6°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo I "Transferencia de Partidas del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de Gobiernos Locales para la Ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 2°.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Autoriza Transferencia Financiera Autorizase las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL TRESCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 54 190 317,00), a favor de las Empresas Publicas Prestadoras de Servicios de Saneamiento senaladas en el Anexo II "Transferencias Financieras del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de las Empresas Publicas para la Ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente MORDAZA, para ser destinados exclusivamente al financiamiento de los proyectos de inversion publica de saneamiento cuya relacion y montos se detallan en el citado Anexo II. Las transferencias financieras autorizadas por el presente Decreto Supremo se realizaran con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Actividad 1.046721: Transferencias para el Mejoramiento y Ampliacion de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.

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Amplian plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 115-2010-EF
DECRETO SUPREMO Nº 079-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 115-2010-EF, se establecieron medidas para acelerar la ejecucion de veinticuatro (24) Proyectos de Inversion Publica en saneamiento priorizados por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, detallados en el anexo de dicha MORDAZA, disponiendose que la declaratoria de viabilidad de dichos proyectos se otorga con la aprobacion del estudio de preinversion a nivel de perfil, hasta el 31 de MORDAZA de 2011, siempre que MORDAZA elaborados segun las exigencias minimas establecidas en la Resolucion Ministerial Nº 559-2006-EF/15 y sus modificatorias; Que, el numeral 6.3 del articulo 6 de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, senala que la elaboracion del perfil es obligatoria y que las evaluaciones de prefactibilidad y factibilidad pueden no ser requeridas dependiendo de las caracteristicas del Proyecto de Inversion Publica; Que, a traves de los estudios de preinversion, a nivel de perfil se miden los riesgos de las inversiones que se realizan y se verifica si la proyeccion efectuada es la mas conveniente, teniendo en cuenta el aspecto social, tecnico y economico, asi como si es sustentable ambientalmente y sostenible en el tiempo, a fin que el impacto que se busca en la poblacion con la implementacion sea la mas beneficiosa; para lo cual se exige, entre otros, la elaboracion y aprobacion de los terminos de referencia del estudio a nivel de perfil, la convocatoria del MORDAZA de seleccion para contratar a la consultora que tendra a su cargo la elaboracion del referido estudio, asi como revisar, evaluar y declarar la viabilidad del proyecto; Que, realizar las actividades MORDAZA senaladas ha generado que, diecinueve (19) de los proyectos de inversion de agua potable y alcantarillado priorizados aun se encuentren en revision y evaluacion de estudios o en elaboracion de estudios, cuya viabilidad se encuentra en MORDAZA de aprobacion, por lo que resulta necesario ampliar el plazo establecido en el Decreto Supremo Nº 115-2010-EF, a fin que la declaratoria de viabilidad de dichos proyectos se otorgue con la aprobacion del estudio

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