Norma Legal Oficial del día 31 de Enero del año 2012 (31/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 31 de enero de 2012

cumplimiento y efectiva difusion del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del texto del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, la publicacion en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina.gob. pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA

Articulo Tercero.- Encargar al Gerente Municipal, Gerencia de Servicio a la Comunidad y demas organos el cumplimiento y ejecucion de la presente Ordenanza. Por tanto mando: Registrese, comuniquese, cumplase. MORDAZA L. BARTHELMESS MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen beneficios de liquidacion menor en las tasas por arbitrios municipales 2012 y otros incentivos para cumplimiento de obligaciones tributarias
ORDENANZA Nº 415-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 27 de enero de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto N° 05-2012-CGM-CAJMSS, en mayoria de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 190-2012-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 061-2012GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 0542011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 021-2012-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Tecnico Nº 001-2012SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion Tributaria, entre otros documentos, relacionados con el proyecto de Ordenanza que establece Beneficio de Liquidacion Menor en las Tasas por Arbitrios Municipales 2012 y otros Incentivos para cumplimiento de obligaciones tributarias; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico"; Que, el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que "Los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley". Asimismo, el Articulo 41º de la misma MORDAZA, modificado por Decreto Legislativo Nº 981, senala que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley y que, "Excepcionalmente, los Gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento para el MORDAZA de Modernizacion y Seguridad del Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores
ORDENANZA Nº 130-2012-MDSB
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA, POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San MORDAZA, Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de Enero del 2012, en el cual se debatio el Reglamento de la Comision Mixta de Transporte con el visto MORDAZA del Asesor Legal, y; CONSIDERANDO: Que, segun la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomia Politica, economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los Servicios Publicos Locales, promueven el desarrollo economico local y la prestacion de los servicios publicos y planes nacionales, regionales de desarrollo, y son competencias para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulacion y transito; Que, en el articulo 81º numeral 3.2 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se establece que las Municipalidades en materia de MORDAZA, viabilidad y transporte publico ejercen las siguientes funciones: "Otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial"; Que, el articulo 18 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre establece que: "Las Municipalidades Distritales tienen la competencia en materia de transporte en general, las que los reglamentos nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad provincial respectiva les senale y en particular, la regulacion del transporte menor (moto taxis y similares); En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA Unanime tal y como consta en Acta ha dado la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para el MORDAZA de Modernizacion y Seguridad del Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, del Distrito de San MORDAZA, cuyo texto esta conformado por sesenta y dos articulos, seis Disposiciones Complementarias y ocho Disposiciones Finales y Transitorias, ademas de siete Anexos, incluido el Cuadro de Infracciones y Sanciones, los cuales forman parte de la presente MORDAZA, El Reglamento sera publicada en la Web de la Municipalidad el mismo dia de la publicacion en el diario oficial.

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